MEDELLÍN, COLOMBIA, SURAMERICA No. 323 AGOSTO DEL AÑO 2025 ISNN 0124-4388
El Gobierno nacional expidió el Decreto 0858 del 30 de julio de 2025, por medio del cual adopta el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo y sustituye la parte II del Decreto 780 de 2016. La medida reorganiza la estructura operativa del sistema de salud en Colombia con efecto inmediato, en paralelo a la reforma legal que sigue en trámite en el Congreso.
Firmado por el presidente Gustavo Petro y el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, el decreto establece su fundamento en el artículo 189 de la Constitución Política y en leyes como la 1751 de 2015 (Ley Estatutaria en Salud) y la 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026). Según su articulado, el nuevo modelo se implementará como política nacional y territorial de alcance general.
“El Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo se adopta como política en salud para la población habitante en el territorio colombiano” (art. 2.11.1.1, Decreto 0858 de 2025).
Una de las transformaciones centrales es la creación de las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), compuestas por prestadores públicos, privados y mixtos. Estas redes serán responsables de asegurar la atención continua e integral a los usuarios, organizadas en dos niveles:
“La atención integral de salud se fundamentará en el cuidado desde la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación y los cuidados paliativos” (art. 2.11.2.1).
Así, el principio de Cuidado Integral de la Salud se convierte en el eje de gestión territorial, articulando entidades del sector salud, otros sectores gubernamentales, actores sociales y comunitarios.
Aunque las Entidades Promotoras de Salud (EPS) continúan en el modelo, pierden la función de intermediación financiera. En su lugar, “las EPS organizarán y operarán el proceso de referencia y contrarreferencia para sus afiliado con base en las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud - RIITS” (art. 2.11.2.2.13).
El decreto también asigna nuevas funciones a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), enfocadas en acciones de promoción y prevención en el primer nivel de atención.
El modelo establece un esquema de gobernanza multinivel, donde el Ministerio de Salud y las entidades territoriales “establecerán mecanismos para adoptar, difundir, implementar y monitorear el Modelo Preventivo, Predictivo y Resolutivo en el ámbito de su jurisdicción” (art. 2.11.2.1.1).
Se fortalece la contribución social a través de los Comités de Participación Comunitaria en Salud (COPACOS), asociaciones de usuarios y demás organizaciones locales: “Participarán activamente en la adopción, implementación, evaluación y control social del Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo” (art. 2.11.2.1.4).
Además, el Ministerio definirá subregiones funcionales para articular la planeación regional del sistema, en coherencia con instrumentos como el Plan Nacional de Salud Rural y el Plan Decenal de Salud Pública.
El Gobierno presentó el decreto como un acto reglamentario sustentado en normas vigentes. No obstante, diversos sectores cuestionan si su contenido excede el marco de regulación administrativa, al introducir cambios estructurales previstos en la reforma aún no aprobada por el Congreso.
“Es imperativo implementar una política pública en salud que garantice de manera efectiva los componentes esenciales del derecho fundamental a la salud” (Consideraciones, Decreto 0858 de 2025).
Sobre este punto se pronunció la presidenta de Acemi, Ana María Vesga, quien explicó que el decreto no fue inesperado: “Ya se había anunciado en abril y transforma, de manera esencial, el modelo de atención e incluye, sí, muchos de los cambios que estaban previstos a través de la reforma por vía legal”.
Vesga recalcó que, desde el gremio, se habían advertido limitaciones legales a esta vía: “Muchos de esos cambios eran de rango de ley, que no podían modificarse por decreto. Se hicieron esos comentarios con oportunidad por diferentes voces. Comentarios que, como ya nos han acostumbrado, se han desatendido y que en esta ocasión salen vía decreto”.
Asimismo, el exministro Augusto Galán señaló que “la etapa consultiva sobre este decreto fue realmente muy corta, efímera; se cuestionaron aspectos de este proyecto hace dos meses y hoy el Gobierno nacional, a pesar de ello, lo expide”.
Galán afirma que “no ha habido una participación real, una incidencia de esa participación de la sociedad civil, de usuarios y pacientes sobre este proyecto” y que, a pesar de ello, el Ejecutivo “sigue adelante sin contar con los criterios y con las observaciones que se han hecho sobre el mismo y las dificultades que puede tener para un empeoramiento de la ya grave circunstancia que está atravesando el sistema de salud en la actualidad”.
Este decreto reorganiza el sistema en torno a las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), integradas por prestadores públicos, privados y mixtos, y establece los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) como puerta de entrada obligatoria al sistema.
Ante ello, Luis Hernán Sánchez Montoya, director ejecutivo de la Asociación de Hospitales Públicos de Antioquia, manifestó que este decreto es positivo: “Es muy importante porque en él se encuentran contenidos los pilares fundamentales de un nuevo sistema de salud más pensado en la gente, un sistema que ofrece atención a través de redes integradas e integrales de servicios de salud, con la integración de la red pública y la red privada, y también con un sistema de información de salud unificado”.
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