MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 3    NO 43   ABRIL DEL AÑO 2002    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co
Los recursos municipales del Sistema General de Participaciones y el Conpes 57

A mediados del pasado mes de marzo, se realizó en Santa Marta el Encuentro Gobernar Salud 2002 Ley 715/2001, encuentro de las autoridades de salud y hacienda tanto municipales como departamentales del país, organizado por la Corporación Colombiana de Secretarios Municipales y Distritales de Salud -COSESAM- y en el cual se hizo un acercamiento a la interpretación de los cambios planteados por la Ley 715 de 2001, que redefinió las funciones y financiamiento en municipios y departamentos para la prestación de los servicios de salud.
COSESAM presentó allí las siguientes consideraciones para el debate:
"Luego de aprobado el Acto Legislativo 01 de 2001, la consecuencia directa fue la reforma de la Ley 60 de 1993, la cual se hizo con la Ley 715 de 2001. Para estas dos situaciones se hizo una larga discusión en la que al final se obtuvieron unos acuerdos, acuerdos que hoy deberían estar reflejados en cifras reales; sin embargo, luego de examinar el Conpes 57, los resultados no son lo esperado, porque al contrario del anunciado crecimiento de recursos para el año 2002, se encuentra un decrecimiento real de los mismos.
Las cifras generales
Luego de revisar los diferentes documentos que respaldan el proceso de transferencias de 2001, se encuentran como punto de análisis las siguientes cifras:
Recursos transferidos a departamentos y municipios en el 2001 (cifras en millones de pesos)
1- Situado fiscal: $ 5.576.191
2- Participación de municipios en Ingresos Corrientes de la Nación: $ 4.046.288
3- Fondo de Compensación Educativa: $ 980.000
Total transferencias 2001: $10.602.479
Transferencias 2001 más inflación (7.65%): $11.413.504
Los recursos para el año 2002, esperados según Acto 01 de 2001, serían:
1- Valor básico de inicio: $10.962.000
2- Inflación causada 2001 (7.65%): $ 838.593
3- Crecimiento real para el año 2002 (2%): $ 219.653
Los recursos realmente asignados por el Conpes 57 son:
1- Once doceavas para el año 2002: $11.018.180
2- Una doceava que se certificará en el año 2003:
$ 1.001.653
Las conclusiones generales
Los recursos reales que se le certificarán a los departamentos y municipios en el año 2002, son once billones dieciocho mil ciento ochenta millones de pesos ($11.018.180 millones), ya que la última doceava por argucias y engaños presupuestales sólo será certificada en el año 2003, y como consecuencia, sólo podrá ser presupuestada cuando sea certificada. Significa lo anterior que los departamentos y municipios solo podrán ejecutar en el año 2002, las once doceavas certificadas.
Como resultado de lo anterior, las transferencias reales para el año 2002 son:
1- Valor certificado Conpes 57: $11.018.180 millones
2- Transferencias 2001 más inflación (7.65%): $11.413.504 millones
Crecimiento real de las transferencias 2002 Vs 2001: $ -394.874 millones
Como se puede apreciar, cuando se comparan los recursos recibidos en el año 2001 ajustados con la inflación, con los recursos certificados por el Conpes 57, se encuentra una disminución del 3,45% de los recursos municipales y departamentales en el año 2002.
Este resultado contradice las cifras que Planeación Nacional ha divulgado, convirtiéndose el Sistema General de Participaciones -SGP- del año 2002, en una verdadera burla a lo acordado en las diferentes instancias entre el gobierno nacional, los congresistas y los entes territoriales, además de violar lo ordenado por la Constitución Nacional de que el crecimiento para el año 2002 sería el valor inicial de $10.962 billones, más la inflación causada, más el 2%.
Comportamiento de recursos con la certificación del Conpes
Tomando la cifra certificada por el Conpes 57, la cifra para distribuir por el Sistema General de Participaciones SGP- 2002, son $11.018 billones, que de acuerdo con los porcentajes ordenados por la Ley 715 de 2001, implicarían un decrecimiento del 5% para educación, un aumento para salud del 4%, mientras para Otros Sectores (Alimentación escolar, Resguardos Indígenas y municipios del Río Grande de la Magdalena) disminuirá el 4,8%.
Esta situación de decrecimiento de recursos afectará negativamente las inversiones municipales y serán un obstáculo para la ejecución de las obras de inversión en educación y otros sectores, ya que el pago de nómina no es posible de reducir. Este panorama entra en abierta contradicción con la supuesta profundización de la descentralización que se buscaba con la Ley 715 de 2001.
En salud, el panorama pareciera indicar que existe un crecimiento real aún sin la última doceava, pero cuando se evalúa la distribución entre las tres bolsas de este sector, Salud Pública, Aseguramiento y Prestación de Servicios de Salud, y la distribución entre departamentos y municipios, la situación se ve enrarecida.
En salud se encuentra que los recursos para continuidad en el régimen subsidiado tiene un crecimiento real de $138.412 millones, que tiende a favorecer al FOSYGA, ya que al tener mayores recursos para continuidad por el Sistema General de Transferencias en el año 2002, estos serán disminuidos por el FOSYGA; sin embargo, al faltar una doceava por certificar que corresponde a $105.000 millones, y estos ser cubiertos por el FOSYGA, según propuesta del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, el ahorro neto sería de sólo $33.000 millones.
Sumado a lo anterior, en el presupuesto del FOSYGA para el año 2002 se encuentra un recorte injustificado de $300.000 millones, representando un menor valor del punto de solidaridad (ejecutado año 2001 de $500.000 millones, presupuestado año 2002 en $330.000 millones, además de que falta por presupuestar el pari passu más o menos alrededor de $120.000 millones).
Como resultado de esta forma de presupuestar el Sistema General de Participaciones con recorte de una doceava y del FOSYGA, se perdería la oportunidad de ampliación de más de 2'000.000 de cupos nuevos para ampliación de cobertura en el régimen subsidiado.
Cuando se observa la distribución de recursos para oferta entre I nivel y los otros niveles de atención para la población pobre en lo no cubierto con subsidio a la demanda, se encuentra que comparado con el año 2001, el primer nivel está desfinanciado en más de $217.000 millones, lo que desde ya anuncia una crisis hospitalaria en el segundo semestre de 2002. Esta situación no se compadece con el aumento de recursos para el II y III nivel de atención que depende de los departamentos, que adicional a los $31.000 millones de crecimiento real, contarán con más de $180.000 millones de rentas cedidas que fueron liberadas de financiar el régimen subsidiado. Esto es la consecuencia directa del porcentaje de distribución para atención de oferta entre departamentos y municipios del 59% para los primeros y 41% para los segundos, porcentaje que Planeación Nacional sostuvo caprichosamente en la discusión de la Ley 715 de 2001.
En la distribución de recursos para Salud Pública municipal ocurre una situación similar, con un déficit de $68.852 millones, lo que contradice el espíritu de la ley de fortalecer estas actividades; lo contrario ocurre con los recursos que administrarán los departamentos, en donde hay un crecimiento de $77.409 millones. Con esto se podría decir que la Ley 715 en el sector salud es un engaño a los municipios, con una distribución desequilibrada hacia los departamentos; esto se advirtió a los técnicos de Planeación Nacional y se propuso en Salud Pública 65% para municipios y 35% para departamentos, pero prestaron oídos sordos a esas propuestas.
¿Qué hacer?
1- Los municipios colombianos debe exigir que el gobierno nacional certifique el 100% de los recursos del Sistema General de Participaciones -SGP- para el 2002, evitando así perder un billón de pesos por simple mecánica presupuestal.
2- En salud, es necesario que se evalúen los indicadores para la distribución de recursos entre Continuidad del Régimen Subsidiado, Salud Pública y Prestación de Servicios a la población pobre en lo no cubierto por el subsidio a la demanda (oferta), y comprender como se hizo la distribución; por ejemplo, indicar como se distribuye en atención de oferta en lo referente al ajuste por dispersión poblacional, en Salud Pública quienes y en qué factor se beneficiaron por riesgo de Dengue y Malaria, buscando entender por qué Continuidad del régimen subsidiado se ve ampliamente favorecido y oferta desfavorecido. De la misma forma, se lograría total transparencia en la forma como se distribuyeron los recursos.
3- Que en la reglamentación de la ley se tenga presente que fueron liberados más de $180.000 millones de rentas cedidas y que éstas financian atención en II y III nivel de complejidad; por ello, estos recursos se deben sumar a los de Atención a la población pobre en lo no cubierto con subsidio a la demanda, y este resultado ser el denominador para distribuir el 41% para atención en primer nivel de complejidad. Esto aliviaría en $78.000 millones el déficit de este nivel.
4- Que el FOSYGA haga el ajuste presupuestal, con el objeto de disponer de los recursos para ampliación de 2'000.000 de cupos en el régimen subsidiado, con lo cual se lograría apoyar las finanzas de los hospitales de I nivel.
Lo anterior sería un buen comienzo para lograr relaciones financieras claras entre el gobierno nacional en ejecución de la Ley 715 de 2001 y los entes territoriales".

 











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