MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 115 ABRIL DEL AÑO 2008    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co


Plan de Salud Territorial:
otra oportunidad perdida
Iván Darío Arroyave Zuluaga - Docente y consultor universitario - elpulso@elhospital.org.co

Plan de Salud Territorial: ¿Más de lo mismo?
Una síntesis de la reacción más o menos generalizada acerca de la reglamentación del nuevo Plan de Salud Territorial podría darse en una sola palabra: Decepción. Talvez porque el Plan Nacional de Salud Pública (PNSP) formulado en el decreto 3039 de 2007, sí creó cierta expectativa por el aparente rompimiento con ciertos paradigmas que habían puesto la salud pública colombiana por mal camino. Pero no hubo nada de eso. La visión minimalista de la salud pública en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) en Colombia persiste en la resolución 425 de 2008: Allí queda claro que la salud pública es, de nuevo, una lista de actividades englobadas en ese gran todo que es el SGSSS, cuando el PNSP parecía sugerir lo contrario: una salud pública que abarca la seguridad social en salud, la salud ambiental, la acción social intersectorial en pro de la salud y un largo etcétera… Salud pública, como dice Milton Terris, entendida como la salud del público.
Bueno, pero ya no fue. Lo que queda pendiente es saber qué hubo de la Estrategia de Movilización del PNSP, alrededor de la cual hubo cierta resonancia: Qué tantos insumos tomó el Ministerio de las propuestas formuladas por los actores del sistema, qué grado de importancia real se le dio a las sugerencias de quienes, ora como académicos, ora conociendo el modelo en su aplicación, quisieron proponer. Porque resulta hasta curioso que nunca hubo borradores públicos de la propuesta de resolución reglamentaria, hasta que se vino el tiempo encima y se puso en firme el acto administrativo. Ese aparente secretismo no sugiere una participación muy activa y abierta en la recta final; aunque en honor a la verdad, demasiada democracia embotella, y tal vez en eso los tecnócratas tienen algo de razón cuando prefieren desarrollar las decisiones definitivas en espacios más cerrados. Pero siendo éste el resultado final, bien habría valido la pena abrirse un poco más.
Por lo demás, queda claro que el mapa de ruta está hecho, que a los secretarios de salud les tocó digerirlo a los trancazos para dejar lista a tiempo la propuesta para el Plan de Desarrollo Municipal (abril 1º fue la presentación ante los Consejos municipales), y que definitivamente hubo avances, casi que más atribuibles al espíritu del PNSP que a la determinación del ejecutivo al promulgar el Plan de Salud Territorial (PST).
Resolución 425 de 2008
La resolución 425 de 2008, “por la cual se define la metodología para la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Salud Territorial [PST], y las acciones que integran el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas a cargo de las entidades territoriales” establece que el Plan de Salud Territorial a cargo de las Direcciones territoriales de salud tiene los siguientes componentes:
- Acciones del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas (complementa las acciones del Plan Obligatorio de Salud -POS- y reemplaza el Plan de Atención Básica -PAB-).
- Acciones del POS de los regímenes contributivo y subsidiado.
- Acciones del [plan de beneficios del Sistema General de] Riesgos Profesionales.
- Evaluación de resultados.
Fuentes de derecho
La elaboración y aprobación del PST consta de 3 fases: Generación de condiciones para la planeación, Elaboración del Proyecto de PST, y Aprobación y socialización de los proyectos. Allí se integra el presupuesto anual de salud territorial, la planeación indicativa de salud territorial y la planeación plurianual. A este trance estuvieron consagrados los funcionarios de los entes territoriales este último mes; el apoyo instrumental está dado en los anexos técnicos 1 a 4.
Luego de ello se procede a la elaboración y aprobación de los Planes Operativos Anuales (POA). En este proceso se hace la elaboración de los proyectos por cada eje programático y subprograma (ver recuadro), y la programación operativa anual de inversiones de salud territorial por cada eje programático, para la posterior aprobación de los POA.
Acciones de obligatorio cumplimiento en ejes programáticos del PST
En la ejecución y financiación del Plan de Salud Territorial se articulan los componentes del marco teleológico del Plan, en lo relacionado con recursos financieros y presupuestales, recurso humano responsable y cultura organizacional, recursos de información y procesos de gestión de la dirección territorial de salud (misionales, de apoyo y de control social).
En el seguimiento, evaluación y control del plan de salud territorial, se debe elaborar un informe de gestión y hacer rendición de cuentas (2 veces al año), brindando información a la ciudadanía.
El Plan de Salud Pública de intervenciones colectivas incluye un prolijo listado de líneas de acción en Promoción de la salud y calidad de vida, y Acciones de prevención de los riesgos en salud.
La contratación de las acciones de promoción de la salud y calidad de vida, y prevención de los riesgos en salud del Plan de Salud Pública de intervenciones colectivas, debe hacerse con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS- públicas del área de influencia, de acuerdo con su capacidad técnica y operativa, siempre que cumplan las condiciones del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
 
 
 







 



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