MEDELLÍN, COLOMBIA, SURAMERICA No. 301 OCTUBRE DEL AÑO 2023 ISNN 0124-4388 elpulso@sanvicentefundacion.com icono facebook icono twitter icono twitter

¿Qué establece el articulado del proyecto de ley para el personal sanitario?

Por: Andrea Ochoa Restrepo
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La reforma del sistema de salud en Colombia es una tarea crucial que enfrenta una serie de desafíos complejos. Entre los factores determinantes para el éxito de esta reforma, el talento humano sanitario emerge como una pieza fundamental. Según el proyecto de ley propuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud), “se debe desarrollar una política integral del talento humano en salud, propendiendo porque sea suficiente, competente, distribuido equitativamente, bien pago, en permanente capacitación, y con un trabajo decente que incluya estímulos e incentivos para atender a las poblaciones dispersas y alejadas de los centros urbanos y que faciliten su desarrollo personal y profesional”.

Esto evidencia que la situación descrita es agravada por la creciente deuda con las instituciones prestadoras de servicios sanitarios, que requieren cambios en el corto, mediano y largo plazo, y que hacen parte de los compromisos del Gobierno nacional.

Es, entonces, y con la intención de poner aún más en contexto lo que justifica el proyecto de ley actual, necesario referenciar lo que fue la implementación de la Ley 100 de 1993 en Colombia, que buscaba reformar el sistema de salud y que tuvo un impacto significativo en las condiciones laborales y la contratación de los trabajadores del sector. Según lo que describió el Minsalud, “esta ley provocó un deterioro en las condiciones laborales, contribuyendo a una flexibilización gradual del empleo, contratos de corta duración y la proliferación de contratos por prestación de servicios. Además, veremos cómo esta situación afecta no solo a los trabajadores de la salud, sino también a la calidad de la atención médica que se brinda a los pacientes”.

En cuanto a la flexibilización laboral y el “abuso de contratos” que denuncia la entidad: “Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) establecieron controles estrictos sobre la cantidad, calidad y costo de los servicios de salud mediante la creación de paquetes de servicios y la implementación de protocolos administrativos y económicos.

Por otro lado, se argumenta que las EPS ejercieron un control firme sobre los paquetes de servicios, lo que llevó a que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, tanto públicas como privadas, optaran por la subcontratación de trabajadores misionales. El objetivo era reducir los costos fijos y, en teoría, mejorar la eficiencia económica.

Formalización laboral

Para garantizar un trabajo digno, seguro y decente para los profesionales de la salud, es esencial abandonar la intermediación laboral. Según el artículo 126 que estable la Política de Formación y Educación Superior en Salud, en concordancia con la evolución de la epidemiología, los indicadores de salud a nivel nacional, las regiones y territorios, con el concepto de Territorios Saludables, el Ministerio de Salud y Protección Social, con el apoyo del Instituto Nacional de Salud y el Instituto Nacional de Cancerología, en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional, formulará cada cuatro años, con seguimiento anual la Política de Formación y Educación Superior en Ciencias de la Salud. A tal efecto se tendrá como recomendación lo dispuesto por el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud, de conformidad con la Ley 1164. Un análisis de la contratación en las 928 Empresas Sociales del Estado reveló que solo el 27 % de los trabajadores misionales y administrativos están formalizados, mientras que el 73 % están vinculados por prestación de servicios.

Según explicó Diego Iván Lucumí Cuesta, profesor de la Escuela de Gobierno Alberto Lleras Camargo y experto en salud pública, en su Análisis de la reforma a la salud desde la perspectiva de salud pública, “la Política de Formación y Educación Superior en Salud también se propone para un periodo de cuatro años (artículo 126) y no aborda lo relacionado con la formación en salud pública y se concentra de forma exclusiva en las áreas médicas. En este sentido, se cuestiona la importancia que en realidad se quiera dar a la salud pública en la medida que no se aborda la formación de talento humano en este campo, lo cual es un prerrequisito para cumplir con diversos aspectos señalados en esta propuesta de reforma. Similar a lo indicado en los puntos previos, la formulación de esta política cada cuatro años desconoce la necesidad de una perspectiva de mayor plazo para atender las necesidades y retos en formación de recurso humano en salud que, como en este caso particular, se requeriría para atender los asuntos y problemas en salud pública”.

La formalización laboral se ha convertido en una prioridad, y el gobierno planea implementarla en todas las instituciones públicas para 2023. Esto conlleva costos significativos que deben incluirse en los presupuestos futuros, con una asignación de 2 267 050 577 pesos para la formalización de los trabajadores de hospitales públicos de segundo y tercer nivel. Vale destacar que el artículo 127 también plantea el Régimen y Política Laboral de los profesionales y demás trabajadores de la salud, en este se expone que “se conformará de acuerdo a los requerimientos de cantidad, perfiles y organización y a las características del sistema de salud, constituyéndose en un régimen especial. En el marco de lo dispuesto por la Ley 1751 en los artículos 17 y 18, la política deberá incluir los criterios generales para mejorar las condiciones laborales, justas y dignas, con estabilidad y facilidades para incrementar sus conocimientos, de acuerdo con las necesidades institucionales, garantizar la educación continua y de actualización a todo el personal sanitario y especialmente a quienes tengan que trasladarse a lugares ubicados por fuera de las ciudades capitales”.

Sin embargo, según Mauricio Echeverri Díaz, representante de la Asociación Nacional de Profesiones de la Salud (Assosalud), que está compuesta por 33 organizaciones a nivel nacional y representa a 12 profesiones del ámbito sanitario, “uno de los aspectos clave que genera incertidumbre en relación con el proyecto de ley es la política laboral que se pretende implementar. A pesar de que se busca establecer un régimen especial para el talento humano en salud, este sigue siendo respaldado por la Ley 4.ª de 1992, que también está vinculada a la Ley 617 del 2000, que clasifica y categoriza a los distintos municipios del país”.

En esta línea, la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas (ACSC), organización que reúne a 69 especialidades médicas y más de 70 000 especialistas, también intervino. Para el vocero, Pedro Joaquín Velandia, “siempre se ha promovido la creación de un régimen laboral especial. Es de reconocer que los trabajadores tienen un riesgo especial, muchas situaciones especiales de horario, entre otras cosas. Sin embargo, en la reforma no está”.

Velandia, a su vez, agregó: “Llevamos 30 años en donde el damnificado de todo el sistema de la salud ha sido el talento humano, y eso hay que reconocerlo. Desafortunadamente, nadie se ha preocupado y esto ha llevado a contrataciones laborales precarias, a tantas sentencias del Consejo de Estado de la Corte Suprema, que al final lo que dicen es venga, el trabajador tiene razón”.

En la Comisión Accidental, el Sindicato Nacional de la Salud y Seguridad Social (SINDESS) se pronunció sobre el artículo 10 de la reforma, el cual recoge los elementos fundamentales del régimen laboral para el talento humano. “En los últimos 30 años, los trabajadores de la salud hemos perdido muchas cosas, que se habían ganado en años anteriores. Consideramos que la reforma está recuperando lo que nos hemos estado perdiendo durante este tiempo: la estabilidad laboral; hemos perdido derechos de negociación, ya las convenciones colectivas poco existen y estamos pidiendo que quede en esta reforma”.

¿Qué más dice el articulado?

Según el planteamiento del proyecto de ley, “se tiene prevista la conformación de cerca de 11 700 equipos territoriales y la vinculación a cada uno de ellos, de los promotores de salud, de acuerdo al número de familias y características de los territorios”.

La reforma, a su vez, propone incentivos para las Instituciones de Educación Superior como mecanismos institucionales y reguladores de coordinación con las políticas de educación y trabajo, para el establecimiento de un plan de formación adecuado a las necesidades de salud de la población según el territorio. De estos incentivos se proyectan 22 650 millones de pesos para el cuatrienio. Ahora bien, para el Servicio Social Obligatorio se crearán 4 000 nuevas plazas dando prioridad a los municipios y zonas dispersas: 1 000 para enfermería, 1 000 para medicina, 1 000 para odontología y 1 000 para psicología. La financiación de estas nuevas plazas por un año es de $ 250 275 690 636.

En cuanto a las becas-crédito, formación posgraduada en Atención Primaria en Salud, profesiones no médicas, con la finalidad de lograr que los trabajadores de salud no médicos tengan mayor resolutividad, como estrategia para fortalecer las intervenciones de Atención Primaria en Salud y las acciones orientadas a reducir la morbimortalidad materna e infantil, se plantea la creación de 4 000 becas-crédito para el cuatrienio, correspondientes a dos salarios mínimos legales vigentes (S.M.L.V.) mensuales. Además, estas becas- crédito son un incentivo para mejorar la distribución y cualificación de los trabajadores de salud en municipios y zonas dispersas.

A modo de conclusión, sobre lo que establece el articulado del proyecto de ley, Lucumí Cuesta puntualiza que “los éxitos en salud pública de cualquier sistema de atención médica están estrechamente ligados a las habilidades y desempeño en todos los niveles de gobierno o estructura administrativa que se establezca. Cuando hablamos de habilidades, nos referimos a la capacidad de generar y utilizar evidencia sólida, disponibilidad de recursos (como personal capacitado, financiamiento, tecnología y otra infraestructura relevante), la formación de alianzas estratégicas, la voluntad política y un liderazgo efectivo”.


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