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Las disposiciones del gobierno que establecen un control
a los precios de medicamentos están bien orientadas
y alivian en parte la problemática inflacionaria
en este campo. La Circular 7/13 responde al clamor de los
últimos años por una tabla de precios que
al menos guarde correspondencia con precios de referencia
internacionales. Se corrige un desorden insoportable con
una medida de emergencia, como quiera que Colombia tiene
precios en muchos casos 100, 200 o 500 veces superiores
a los de países desarrollados donde el usuario promedio
tiene mucho más poder adquisitivo.
Pero las disposiciones son insuficientes si se busca enfrentar
la crisis global en la materia, el gobierno sólo
consideró una variable: precios de referencia internacionales,
haciendo caso omiso de la accesibilidad o inaccesibilidad
intrínseca de dichos productos, resultante de las
condiciones de producción, distribución y
comercialización en el mundo, en una monopolización
creciente del mercado. El gobierno y el Ministerio de Salud
apagaron un incendio pero dejaron vivas las brasas de la
inflación que siguen consumiendo las menguadas finanzas
del sistema de salud y el aporreado bolsillo de los consumidores.
Bien señalan varios expertos: ni Colombia ni ningún
país del Tercer Mundo puede regular el costo de producción
de un medicamento en Suiza, Estados Unidos o Alemania, en
donde las propias regulaciones nacionales resultan inocuas
frente al desbordado poder de cooptación de las multinacionales
farmacéuticas. En esos países la única
ley real es el mandato omnímodo del monopolio, el
cual impone los precios a su arbitrio, con el parámetro
exclusivo de la maximización de la ganancia.
El poder de esos pulpos es tan avasallador que se dan el
lujo de coaccionar a gobiernos y Congresos de nuestros países
para evitar que impongan restricciones en materia de patentes,
pruebas de calidad, seguridad y costo-eficacia. Entonces,
los medicamentos en Colombia pueden estar relativamente
nivelados en precios con cierto número de países,
pero, ¿son realmente accesibles a los usuarios? Ahora,
la Circular 7 interviene un buen número de productos,
muchos de receta cotidiana; con la disposición, el
alivio financiero se hará sentir. Pero hay muchos
fármacos costosísimos por las condiciones
de mercado aludidas y son los prescritos para enfermedades
catastróficas, raras y huérfanas de alta prevalencia
en Colombia. En este punto se juntan las limitaciones de
dos regulaciones complementarias e interrelacionadas: el
control de precios y el nuevo listado del POS; el primero
tiene una eficacia apenas parcial en contención de
costos; el segundo posee restricciones que gravitarán
negativamente sobre el costo de bolsillo de igual manera
que las condiciones monopólicas de la cadena de producción,
distribución y comercialización.
Estas dos regulaciones imponen pues una limitación
grande al acceso y se unen con otra regulación regresiva:
la de márgenes de dispensación de medicamentos
en hospitales y clínicas. Las IPS públicas
y privadas, además de la onerosa cartera que las
tiene al borde de la muerte, soportan el desfase financiero
por la administración de estos productos en condiciones
desventajosas que hacen inviable el servicio, y que fueron
expuestas por el Hospital Universitario de San Vicente Fundación
al ministro Alejandro Gaviria. En suma, el desorden esencial
de los precios se mantiene y sólo sirve al gobierno
para levantar su maltrecha imagen, y a las EPS para reducir
costos de suministro de medicamentos. Con todo y los paliativos
aplicados, los hospitales y los usuarios seguimos en el
mismo valle de lágrimas.
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