MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 16    No. 215  SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Medida especial a 13 EPS
del régimen subsidiado

Redacción El Pulso - elpulso@sanvicentefundacion.com
Tras identificar riesgos en los componentes financiero, administrativo, técnico y científico que impactan la atención en salud de sus afiliados, Supersalud ordenó medida de “Vigilancia Especial” a las siguientes EPS del régimen subsidiado: Comfacor, Comparta, Comfamiliar Cartagena, Ambuq, Capresoca y Manexka EPSI.
La medida de Vigilancia Especial les exige adelantar un Plan de Acción para subsanar en el menor tiempo posible los aspectos que la motivaron. El Plan debe orientarse al cumplimiento de requisitos de habilitación financiera e indicadores de salud, principalmente.
Entre los hallazgos que deben subsanar, están: Incumplimiento de uno o más indicadores del decreto de habilitación financiera 2702/14; situación financiera crítica en lo referente al pago de obligaciones con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS); incremento significativo en el número de Peticiones, Quejas y Reclamos (PQR), siendo los principales motivos la restricción en el acceso a servicios de salud, insatisfacción del usuario con el proceso administrativo y deficiencia en la efectividad de la atención en salud; indicadores insuficientes en aspectos como vacunación, captación de maternas, detección temprana de enfermedades no transmisibles; y fallas en la estructura de una red de servicios que garantice la oportunidad, integralidad, continuidad y accesibilidad.
La medida de Vigilancia Especial contempla también la restricción para la afiliación de nuevos usuarios y para la aceptación de traslados de otras EPS. El levantamiento de esta limitación está sujeto al cumplimiento del Plan de Acción aprobado por la Superintendencia.
Supersalud también ordenó la medida “Programa de Recuperación” a las EPS Emssanar, Comfachocó, Comfasucre, Cajacopi, Comfamiliar Huila, Savia Salud y Asmet Salud, por el incumplimiento en algunos indicadores financieros, asistenciales y la identificación de riesgos potenciales que de materializarse afectarían negativamente a sus afiliados. Estas EPS deberán diseñar un plan de trabajo que propondrán a la Súper para adelantar las actividades necesarias que permitan levantar la medida.
 
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