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¿Reformas para
la Ley 715 en 2017?
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Crisis
de los hospitales
se ensaña con la salud pública
Redacción
El Pulso- elpulso@sanvicentefundacion.com
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| La
Ley 715 de 2001 dejó la prevención y promoción
en manos de los entes, que le restaron importancia a esa función
primordial con la pérdida de recursos de la Nación.
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| Cuando
en 2001 la Ley 715 prometió entregar las acciones de
promoción de la salud y prevención de la enfermedad
a los entes territoriales, algunos hospitales públicos
celebraron. La crisis vivida en ese momento podía menguarse
con los recursos que recibirían de los departamentos
y municipios para desempeñar sus nuevas funciones. |
Sin
embargo, las metas de cobertura exigidas por las autoridades,
sumadas a la falta de infraestructura y de personal para entregar
mayores y más complejos servicios, generaron el efecto
contrario.
Aunque en 2006 se instauró el nombramiento de gerentes
de hospitales públicos bajo el concepto de meritocracia,
con las universidades como jueces, nadie sospechó
que estas instituciones entrarían en el juego de la corrupción
y nombrarían a muchos gerentes para concursos amañados,
advierte Julio Rincón, director de la Corporación
Colombiana de Secretarías Municipales de Salud. |
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Luego,
según el dirigente, en los últimos 14 años
los hospitales públicos sufrieron la disminución
ostensible de los recursos por parte de municipios y departamentos,
y aunque algunos lograron reemplazarlos con los del régimen
subsidiado, su crisis se hizo incontenible. Además, en
los últimos años, la deuda con las IPS públicas
del país se exacerbó. En septiembre pasado, las
EPS y los entes les debían más de 7 billones de
pesos, con carteras mayores a los 360 días.
El detrimento de la salud pública
La Ley 715 procuró reorganizar los recursos del
sector salud y asignar responsabilidades, pero cuando se le
entregó la tarea de la prevención y promoción
a los entes, y estos a su vez a los hospitales públicos,
el nivel nacional se desentendió de programas importantes,
como el de enfermedades transmitidas por vectores; para Luis
Jorge Hernández, coordinador del área de Salud
Pública de la Universidad de Los An-des, fue irresponsable.
Seguimos en el nivel de alerta epidémica por malaria
y dengue, y en el 70% de los municipios sigue habiendo una reincidencia
de estas enfermedades, pero no hay suficiente capacidad de respuesta,
anota, y agrega que aunque la responsabilidad recayó
sobre los hospitales públicos, esa función en
realidad corresponde a las aseguradoras.
Entretanto, a Luis Alberto Martínez, director de la Asociación
de Empresas Sociales del Estado de Antioquia (Aesa), le preocupa
que con la Ley 715 y con las condiciones que presentan los hospitales
públicos, se haya perdido gran parte del componente de
salud pública del sistema. Las consecuencias, advierte,
van desde la dificultad para frenar la mortalidad por desnutrición
y enfermedad diarreica aguda, hasta la pérdida de seguridad
alimentaria, la falta de saneamiento básico y el incremento
de casos de zika, que se podrían prevenir si el sistema
dejara de ser solo curativo.
Pese a ese escenario, Carmen Eugenia Dávila, Viceministra
de Protección Social, es clara en que la ley 715, per
sé, no afecta la ejecución de los recursos para
promoción y prevención ni dispone que son los
hospitales públicos los encargados de prestar esos servicios.
Obviamente el primer nivel en la mayor parte de municipios
está representado en la red pública, por lo que
cuando los entes hacen procesos de contratación, tienen
que hacerlo en primera medida con hospitales públicos,
aclara Dávila, pero la calidad de los servicios varía
entre los hospitales., advierte la viceministra.
Aquí la diversidad de los hospitales es mucha,
hay muchos problemas de gestión. Hay hospitales que hacen
programas buenos, se integran con las comunidades y con todos
los actores y hacen cosas bonitas en prevención,
anota la viceministra, y concluye que la situación financiera
de cada hospital y la gerencia, definida por los alcaldes de
los municipios, determina en gran parte la calidad.
Una reforma urgente
La prevención y la promoción se desarticularon
de las EPS y de la prestación de servicios, esto hizo
el acceso aún más complicado para los usuarios,
que entonces deben hacer doble gestión para ser atendidos
y ser sujeto de políticas de salud pública por
parte de los hospitales.
En esa medida, Mario Hernández, del Centro Histórico
de Medicina de la Universidad Nacional, considera necesaria
una revisión de la ley en busca de una mayor integralidad:
Los entes y hospitales públicos se han quedado
cortos, porque deberían proponer una reforma estructural
de ese modelo, e incluso discutir de nuevo si el aseguramiento
es la mejor forma de intermediar la salud, opina el experto,
para quien las autoridades deberían entender ya que las
políticas que afectan los determinantes de salud y la
calidad de vida de las comunidades se ejercería mejor
con un sistema sin intermediación financiera de las EPS.
Por eso, Hernández ha insistido en la realización
de una reforma estructural del sistema con fondos territoriales
para integrar todos los aportes fiscales y parafiscales, y en
los territorios, desarrollar un real enfoque preventivo, con
características particulares para cada zona.
Entretanto, Martínez, de Aesa, propone que, en asocio
con los hospitales públicos, el Estado debe asignar los
recursos necesarios para que poblaciones, municipios, distritos
y departamentos asuman sus responsabilidades de manera eficaz.
Para eso, sugiere, la Ley 616, que plantea la eficiencia fiscal,
debe reformarse, ya que muchas funciones que debe hacer el Estado
a nivel territorial, como salud pública y vigilancia
epidemiológica, las tiene que tercerizar porque la regla
fiscal le impide pagar empleados de planta.
Para eso, concluye, no solo se requiere voluntad política,
sino que el Congreso haga leyes que se ajusten a la misión
de la Ley Estatutaria: la salud es un derecho fundamental. |
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