MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 16    No. 220 ENERO DEL AÑO 2017    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

¿Reformas para la Ley 715 en 2017?


Crisis de los hospitales
se ensaña con la salud pública
Redacción El Pulso- elpulso@sanvicentefundacion.com

La Ley 715 de 2001 dejó la prevención y promoción en manos de los entes, que le restaron importancia a esa función primordial con la pérdida de recursos de la Nación.
Cuando en 2001 la Ley 715 prometió entregar las acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad a los entes territoriales, algunos hospitales públicos celebraron. La crisis vivida en ese momento podía menguarse con los recursos que recibirían de los departamentos y municipios para desempeñar sus nuevas funciones.
Sin embargo, las metas de cobertura exigidas por las autoridades, sumadas a la falta de infraestructura y de personal para entregar mayores y más complejos servicios, generaron el efecto contrario.
Aunque en 2006 se instauró el nombramiento de gerentes de hospitales públicos bajo el concepto de meritocracia, con las universidades como jueces, “nadie sospechó que estas instituciones entrarían en el juego de la corrupción y nombrarían a muchos gerentes para concursos amañados”, advierte Julio Rincón, director de la Corporación Colombiana de Secretarías Municipales de Salud.
Luego, según el dirigente, en los últimos 14 años los hospitales públicos sufrieron la disminución ostensible de los recursos por parte de municipios y departamentos, y aunque algunos lograron reemplazarlos con los del régimen subsidiado, su crisis se hizo incontenible. Además, en los últimos años, la deuda con las IPS públicas del país se exacerbó. En septiembre pasado, las EPS y los entes les debían más de 7 billones de pesos, con carteras mayores a los 360 días.
El detrimento de la salud pública
La Ley 715 procuró reorganizar los recursos del sector salud y asignar responsabilidades, pero cuando se le entregó la tarea de la prevención y promoción a los entes, y estos a su vez a los hospitales públicos, el nivel nacional se desentendió de programas importantes, como el de enfermedades transmitidas por vectores; para Luis Jorge Hernández, coordinador del área de Salud Pública de la Universidad de Los An-des, fue irresponsable.
“Seguimos en el nivel de alerta epidémica por malaria y dengue, y en el 70% de los municipios sigue habiendo una reincidencia de estas enfermedades, pero no hay suficiente capacidad de respuesta”, anota, y agrega que aunque la responsabilidad recayó sobre los hospitales públicos, esa función en realidad corresponde a las aseguradoras.
Entretanto, a Luis Alberto Martínez, director de la Asociación de Empresas Sociales del Estado de Antioquia (Aesa), le preocupa que con la Ley 715 y con las condiciones que presentan los hospitales públicos, se haya perdido gran parte del componente de salud pública del sistema. Las consecuencias, advierte, van desde la dificultad para frenar la mortalidad por desnutrición y enfermedad diarreica aguda, hasta la pérdida de seguridad alimentaria, la falta de saneamiento básico y el incremento de casos de zika, que se podrían prevenir si el sistema dejara de ser solo curativo.
Pese a ese escenario, Carmen Eugenia Dávila, Viceministra de Protección Social, es clara en que la ley 715, per sé, no afecta la ejecución de los recursos para promoción y prevención ni dispone que son los hospitales públicos los encargados de prestar esos servicios.
“Obviamente el primer nivel en la mayor parte de municipios está representado en la red pública, por lo que cuando los entes hacen procesos de contratación, tienen que hacerlo en primera medida con hospitales públicos”, aclara Dávila, pero la calidad de los servicios varía entre los hospitales., advierte la viceministra.
“Aquí la diversidad de los hospitales es mucha, hay muchos problemas de gestión. Hay hospitales que hacen programas buenos, se integran con las comunidades y con todos los actores y hacen cosas bonitas en prevención”, anota la viceministra, y concluye que la situación financiera de cada hospital y la gerencia, definida por los alcaldes de los municipios, determina en gran parte la calidad.
Una reforma urgente
La prevención y la promoción se desarticularon de las EPS y de la prestación de servicios, esto hizo el acceso aún más complicado para los usuarios, que entonces deben hacer doble gestión para ser atendidos y ser sujeto de políticas de salud pública por parte de los hospitales.
En esa medida, Mario Hernández, del Centro Histórico de Medicina de la Universidad Nacional, considera necesaria una revisión de la ley en busca de una mayor integralidad: “Los entes y hospitales públicos se han quedado cortos, porque deberían proponer una reforma estructural de ese modelo, e incluso discutir de nuevo si el aseguramiento es la mejor forma de intermediar la salud”, opina el experto, para quien las autoridades deberían entender ya que las políticas que afectan los determinantes de salud y la calidad de vida de las comunidades se ejercería mejor con un sistema sin intermediación financiera de las EPS.
Por eso, Hernández ha insistido en la realización de una reforma estructural del sistema con fondos territoriales para integrar todos los aportes fiscales y parafiscales, y en los territorios, desarrollar un real enfoque preventivo, con características particulares para cada zona.
Entretanto, Martínez, de Aesa, propone que, en asocio con los hospitales públicos, el Estado debe asignar los recursos necesarios para que poblaciones, municipios, distritos y departamentos asuman sus responsabilidades de manera eficaz. Para eso, sugiere, la Ley 616, que plantea la eficiencia fiscal, debe reformarse, ya que muchas funciones que debe hacer el Estado a nivel territorial, como salud pública y vigilancia epidemiológica, las tiene que tercerizar porque la regla fiscal le impide pagar empleados de planta.
Para eso, concluye, no solo se requiere voluntad política, sino que el Congreso haga leyes que se ajusten a la misión de la Ley Estatutaria: la salud es un derecho fundamental.
 
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