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La administración
del régimen subsidiado:
Un laberinto desquiciante
Iván
Darío Arroyave Zuluaga - Docente y consultor - Periodista
elpulso@elhospital.org.co |
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El régimen subsidiado fue concebido
en la Ley 100 de 1993 como un régimen transitorio, un
puente entre los participantes vinculados -los que
no iban a contar con aseguramiento en los inicios del sistema,
según se presumía entonces- y el régimen
contributivo, que cubriría al total de la población
en 2001. Pero todo muestra que este modelo transitorio está
llamado a quedarse como permanente, y casi que predominante:
Existen más afiliados al régimen subsidiado que
al contributivo, el esfuerzo fiscal cada vez va más encaminado
a fortalecer este régimen, se crean modalidades que aumenten
su proyección, etc. Veamos entonces algunas características
sobre las que se soporta el régimen subsidiado.
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Definiciones
El capítulo II del libro segundo de la Ley 100
de 1993 trata acerca del régimen subsidiado y lo define
como conjunto de normas que rigen la vinculación
de los individuos al Sistema General de Seguridad Social en
Salud, cuando tal vinculación se hace a través
del pago de una cotización subsidiada, total o parcialmente,
con recursos fiscales o de solidaridad de que trata la presente
Ley, y dice que éste tendrá como propósito
financiar la atención en salud a las personas pobres
y vulnerables y sus grupos familiares que no tienen capacidad
de cotizar. La forma y las condiciones de operación de
este régimen serán determinadas por el Consejo
Nacional de Seguridad Social en Salud -CNSSS-.
Además, la administración del sistema está
a cargo de las Administradoras del Régimen Subsidiado
(ARS). Estas instituciones deben garantizar la prestación
de servicios con la organización y con la contratación
de la red de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
(IPS). El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en 1995,
permitió que las Empresas Solidarias de Salud pudieran
administrar el régimen al igual que las cajas de compensación
familiar y las Empresas Promotoras de Salud, de naturaleza pública
o privada (Documento Régimen subsidiado de
salud en Colombia: Evaluación y propuestas de ajuste,
del Centro de Proyectos para el Desarrollo -CENDEX- de la Pontificia
Universidad Javeriana). |
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Las herramientas del régimen
subsidiado
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Identificación,
selección y priorización de beneficiarios
El artículo 213 de la Ley 100 aclara que será
beneficiaria del régimen subsidiado toda la población
pobre y vulnerable. (
) El gobierno nacional, previa recomendación
del Consejo Nacional de Seguridad Social, definirá los
criterios generales que deben ser aplicados por las entidades
territoriales para definir los beneficiarios del Sistema (
)
según la capacidad económica de las personas,
medida en función de sus ingresos, nivel educativo, tamaño
de la familia, y la situación sanitaria y geográfica
de su vivienda.
En principio entonces, la afiliación al régimen
subsidiado está contemplada dentro de los criterios generales
de focalización del gasto social, cuya herramienta esencial
es la encuesta Sisbén (véase El Pulso No. 81 de
junio de 2005). Pero no pasaría mucho tiempo antes de
percibirse que esta herramienta resulta insuficiente. Y no sólo
por la problemática inherente al sistema de identificación
de beneficiarios que llevó a su revisión, sino
también porque se encontró que existía
población vulnerable dentro de la encuestada que debería
ser atendida prioritariamente e incluso que existían
poblaciones especiales que por razones políticas, legales
o sociales requerían ser priorizadas por otros mecanismos,
lo que se darían en llamar los listados censales.
Basado en el material pedagógico denominado Caja
de Herramientas del Proyecto de asistencia técnica
para el ajuste institucional y operativo del régimen
subsidiado del Ministerio de la Protección Social,
se describen algunos procesos que conforman y garantizan el
proceso de afiliación.
Se hace identificación de potenciales beneficiarios mediante
instrumentos diferentes a la encuesta Sisbén (listados
censales) para niños menores de 6 años abandonados
y a cargo del ICBF o de los municipios, población indigente,
población en desplazamiento forzado, comunidades indígenas,
población desmovilizada y sus núcleos familiares,
núcleo familiar de las madres comunitarias, personas
pobres de la tercera edad en abandono en ancianatos, población
rural migratoria (principalmente recolectores de café),
población ROM (gitanos) y menores desvinculados del conflicto
armado bajo la protección del ICBF. También se
siguen lineamientos especiales para identificar potenciales
beneficiarios mediante la encuesta Sisbén para mujeres
cabeza de familia, población rural no migratoria, población
pobre con discapacidad, población raizal de San Andrés,
población identificada en la encuesta Sisbén niveles
II y III (taxistas, vendedores ambulantes, líderes comunitarios,
artistas), población carcelaria que cumpla mínimo
6 meses, gestores culturales y trasportadores rurales.
Finalmente, los criterios de priorización para la población
general son en su orden: recién nacidos, menores desvinculados
del conflicto armado bajo protección del ICBF, población
del área rural, población indígena y población
del área urbana. Para los tres últimos grupos
de población se priorizan los potenciales afiliados en
el siguiente orden: mujeres en estado de embarazo o período
de lactancia que se inscriban en programas de control prenatal
y postnatal, niños menores de 5 años, población
con discapacidad identificada mediante la encuesta Sisbén,
mujeres cabeza de familia según la definición
legal, población de la tercera edad, población
en condición de desplazamiento forzado, núcleos
familiares de las madres comunitarias y desmovilizados.
Las direcciones de salud de las alcaldías o de las gobernaciones
en el caso de los corregimientos departamentales, son las responsables
de la elaboración de listas de potenciales afiliados
al régimen subsidiado, clasificados en los niveles 1
y 2 de la encuesta Sisbén en orden ascendente de menor
a mayor puntaje y de la más antigua a la más reciente,
con su núcleo familiar cuando haya lugar a ello. Se excluyen
de la priorización los desmovilizados y la población
carcelaria.
Afiliación de usuarios y contratación
La caja de herramientas divide el proceso de afiliación
en estos pasos:
Selección e inscripción de ARS, en que se recibe
la solicitud de la ARS para operación en el municipio,
se verifica la autorización de la Superintendencia Nacional
de Salud y se conforma la junta de licitaciones. De acuerdo
con el concepto técnico, se notifica la aprobación
(o negativa) y, en el primer caso, se inscribe la ARS.
Planeación y promoción de la libre elección
de ARS por parte del usuario: Mediante establecimiento de mecanismos
de control social, se definen cupos para potenciales beneficiarios
y se convocan los actores interesados para evento de afiliación.
Libre elección: Se informa a los beneficiarios las ofertas
de las ARS, se realiza el proceso de libre elección de
la ARS, se comunica a las ARS los afiliados que la escogieron
y se entrega el carnet a los afiliados.
Traslados de una ARS a otra: Se verifica el cumplimiento de
requisitos del usuario para el traslado, se garantiza el ejercicio
de la libre elección y se ajusta la base de datos. Este
proceso no se realiza desde hace tres años por sucesivas
prórrogas que prudentemente ha hecho el Ministerio de
la Protección Social tratando de evitar ciertas disfunciones.
Excepcionalidades para la afiliación: Garantiza la continuidad
del aseguramiento de la población afiliada en casos como
retiro o suspensión de ARS.
Conformación de bases de datos de afiliados: Tras avalar
las afiliaciones, se depura la base de datos y se actualiza
eliminando múltiples afiliaciones, se informa a los agentes
interesados y se elabora la base de datos definitiva.
En relación con la contratación del régimen
subsidiado, hay que tener en cuenta que es el único contrato
en el Sistema General de Seguridad Social que sólo se
hace efectivo con lleno de formalidades, lo que en este caso
particular significa que se debe hacer bajo las directrices
de los entes de organización y dirección del sistema
(Ministerio de la Protección Social y Consejo de Seguridad
Social en Salud), tanto en las minutas como en los demás
procesos administrativos. Basado en la Caja de Herramientas,
se describe así el proceso:
Suscripción y legalización de contratos.
Manejo de novedades: Se identifican y validan los diferentes
cambios en la afiliación, como nacimientos, fallecimientos,
traslados y múltiples afiliaciones.
Realización de inclusiones y reemplazos conservando los
criterios de priorización.
Certificación de pagos: De acuerdo con carnetizados efectivos
y novedades.
Interventoría y seguimiento a contratos entre la ARS
y el ente territorial.
Liquidación de contratos: Se determinan los saldos a
favor o en contra del municipio.
En el ítem de interventoría habría que
considerar como instancia determinante la promulgación
de la Circular externa conjunta 18 Supersalud - 74 Minsalud,
que representó un punto de quiebre en la administración
del régimen subsidiado fijando pautas de interventoría
(los famosos 10 puntos) que hicieron que los recursos
asignados a esta labor tuvieran una aplicación al menos
mediocre, porque francamente antes toda la plata se perdía,
tanto en las ARS como en los hospitales de primer nivel, para
ser muy claros. |
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| Más
información... |
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La administración
del régimen subsidiado: Un laberinto desquiciante /
Las herramientas del régimen subsidiado
El régimen subsidiado fue concebido en la Ley 100 de
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Financiación
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de Participaciones -SGP-... |
Ampliación
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punto de estallar? / Contratos 2004 - 2005
El régimen subsidiado ha pasado por tantas y tan variadas
etapas que es difícil hacer una sinopsis histórica
completa. De lo que trata esta reseña es simplemente
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el actual gobierno... |
2005,
Odisea del sistema
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por su alta siniestralidad... |
Prórroga
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la toma de decisiones, la acción... |
Desesperadamente
buscando a la cobertura universal
Uno de los aspectos políticamente más valiosos
para un gobierno territorial o nacional en Colombia, es la entrega
de carnets de régimen subsidiado a personas de bajos
recursos. El debate sobre si eso representa o no acceso a servicios
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es algo que excede los límites de este debate. |
Entre
logros y desaciertos
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-Cendex- de la Universidad Javeriana, presentó sus apreciaciones
respecto del impacto, beneficios y desventajas de los siguientes
procesos dentro del régimen subsidiado... |
Cobertura
no es sólo aseguramiento: falta garantía de acceso
a servicios y esfuerzos
en salud pública
El régimen subsidiado ha significado, en los últimos
diez años, el principal componente de la reforma al sistema
de salud. Durante este tiempo, se han evidenciado muchos conflictos
en torno de la implementación del régimen; se
ha visto que los recursos para la estrategia son cuantiosos... |
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