La Ley Estatutaria de la salud aprobada por el Congreso
de la República tiene más deudas que satisfacciones
con el sistema de salud, con los usuarios. Dista muchísimo
de ser una verdadera ley marco que encuadre el derecho fundamental
a la salud como prerrogativa autónoma e inalienable
en lo individual y en lo colectivo. Una norma de la cual
se esperaba la mejor declaración de principios para
garantizar los derechos de los usuarios del sector y fijar
los alcances de una reforma justa, a la postre no es más
que un catálogo de sofismas, la mejor muestra del
espíritu anti-jurídico de sus inspiradores.
El ministro de Salud, Alejandro Gaviria, tras una intensa
presión de los gremios médicos, científicos
y sociales, accedió a delinear un derecho a la salud
aparentemente garantista, pero en realidad reduccionista
del derecho fundamental a simple norma prestacional. Del
amplio espectro que abarca la salud como derecho fundamental,
en cambio se procuró delimitar el llamado núcleo
esencial del derecho a un simple paquete de bienes
y servicios para atender la enfermedad, perpetuando así
el modelo curativo y no preventivo, y descartando un modelo
que verdaderamente promocione la salud.
Para acabar de componer, como es costumbre inveterada de
nuestros gobernantes, a continuación lo escrito con
la mano se borra con el codo. A una definición que
pretende mostrarse amplia, se agrega un listado de exclusiones
de servicios de salud que convierte esa definición
en un canto a la bandera. A unos principios tutelares comúnmente
aceptados se yuxtapone un 'mico' o adefesio jurídico
como es la sostenibilidad fiscal, que interpreta
amañadamente la Carta Política y violenta
todo el bloque de constitucionalidad que ampara el derecho
a la salud.
A una declaración clara a favor del recurso de tutela,
se sigue un parágrafo que consagra cortapisas mayúsculas,
pues concede preeminencia a una serie de recursos ante distintas
instancias, que convierten la acción de tutela prácticamente
en letra muerta o en un camino más tortuoso que el
actual. Es claro, si se dice que la tutela procederá
también contra decisiones de otras instancias judiciales
para garantizar la satisfacción del derecho a la
salud, lógicamente el legislador está previendo
el establecimiento de esos mecanismos para reclamar los
servicios, medicamentos y procedimientos excluidos, y esos
mecanismos seguramente aparecerán en la ley ordinaria
o en la reglamentación.
Así, la tutela adquiere un carácter de recurso
extraordinario, de instancia extrema que a semejanza del
recurso de casación, es como una apelación
de consuelo que casi nunca prospera. Y se habrá consumado
de esa manera la conjura manifiesta que desataron los últimos
gobiernos contra la tutela y demás instituciones
medulares de la Constitución de 1991, complot por
fortuna fracasado en los decretos de la fallida emergencia
social.
La Ley Estatutaria de la salud no es más que bonita,
tan bien redactada que cualquier lector desprevenido creería
que es una norma justa, audaz y conforme a derecho. El gobierno,
el Ministerio de Salud no quedan bien, pero sí sus
asesores jurídicos y de estilo, quienes hacen gala
de una refinada habilidad santanderista para esconder en
una aparente pieza de alta hermenéutica los 'micos'
más peligrosos para el sistema de salud, aunque en
ciertos artículos se confunde caótica y sospechosamente
una ley estatutaria con una ley ordinaria.
Pero la ley en comento no prohíbe la intermediación
financiera, por tanto deja la puerta abierta para mantenerla.
Claro, porque la Ley Estatutaria nació amarrada a
una ordinaria que ya se estaba estructurando y en la cual
ya estaba definido el nuevo rol de las EPS:
los anunciados Gestores de Servicios de Salud,
con prerrogativas casi iguales a las de hoy y con otras
funciones más perniciosas aún como la de auditoría,
que es una acción indelegable del Estado.
Eso para no hablar del control de precios de los medicamentos
a cargo del gobierno, que con el argumento de proteger el
bolsillo de los consumidores y las arcas del Estado, perjudica
a los productores nacionales a favor de las multinacionales
farmacéuticas, las mismas que ejercieron presiones
constantes sobre el Congreso, con la ayuda de algunos parlamentarios
obsecuentes, y a vista y paciencia del gobierno nacional.
Pero después de un trámite tan accidentado,
y de las pretensiones sobre el Legislativo de representantes
de grupos económicos y financieros y farmacéuticas,
ahora la expectativa está en la revisión a
la Ley Estatutaria por parte de la Corte Constitucional;
desde ya se especula que ante los pronunciados exabruptos
anti-constitucionales, el alto tribunal enderezará
el asunto y declarará inexequible toda la norma;
o que por lo menos, buena parte de ella sería hundida
y el gobierno podría reencauchar lo que elimine la
Corte en el proyecto de ley ordinaria para reformar el sistema
de salud. La Corte tiene 6 meses para adelantar esta delicada
misión; entretanto, el gobierno continuará
moviendo fuerzas para sacar adelante la ley ordinaria. Se
viene entonces un duro segundo semestre para el sector salud.
Amanecerá y veremos, dijo el ciego
y amaneció y no vio nada
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