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A dos años de la Ley
Estatutaria...
¿En qué hemos avanzado?
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A
la espera de las exclusiones
del Plan de Beneficios
Redacción
EL PULSO - elpulso@sanvicentefundacion.com
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A
un paso del Mipres
Para los gremios, una de las joyas de Ley Estatutaria
es que consagra la autonomía médica, procurando
la seguridad del paciente, bajo esquemas de autorregulación,
la ética, la racionalidad y la evidencia científica.
Así las cosas, la normativa asegura que los médicos
serán quienes tomen las decisiones sobre los tratamientos,
ya que se prohíbe todo constreñimiento, presión
o restricción del ejercicio profesional que atente contra
la autonomía de los profesionales de la salud. |
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Para garantizar eso
y otros fines es que se pondrá en marcha el Mipres,
el aplicativo con el que en adelante se prescribirán
en el régimen contributivo las tecnologías y
servicios que no están cubiertos por el Plan Obligatorio
de Salud.
Aunque la entrada en vigencia estaba contemplada para el primero
de diciembre del año que pasó, el Ministerio
de Salud modificó la fecha, argumentando que los actores
del sistema solicitaron realizar una implementación
gradual de la herramienta.
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Mientras
los profesionales de la salud, las sociedades científicas
y los prestadores pidieron conocer y mejorar las tablas de referencia
de la herramienta, para así evitar problemas de acceso
en la prescripción, el Ministerio ordenó una implementación
preliminar, que solo será generalizada y obligatoria
hasta el próximo primero de marzo.
Desde la primera semana de diciembre, las EPS debieron empezar
a ejecutar paulatinamente y con mínimo una IPS de su
red, las medidas de la Resolución 3951 de 2016, la misma
que propone el Mipres con el objetivo de defender la autonomía
médica y eliminar barreras de acceso a los usuarios.
Carlos Alfonso Castañeda, gerente Operativo en Salud
de NUEVA EPS, cuenta que desde el primero de diciembre una IPS
aliada en Bogotá empezó el piloto, y se espera
que al finalizar enero, el 50 % de la red adscrita transe con
el Mipres.
Por lo pronto, comenta que aunque en general ha habido una buena
aceptación, ha detectado dificultades, sobre todo en
acoplar las herramientas internas para asegurar la transacción
por los diversos anexos o ajustes generados por el Ministerio
de Salud. En otros casos, algunos médicos han manifestado
su preocupación en cuanto a la ejecución de Mipres
debido al trámite administrativo que esto conlleva.
Hay opciones de mejora en cuanto al retorno de la información,
el control sobre casos ya tramitados, controles en la prescripción
y conectividad en algunas zonas lejanas del país,
sugiere Castañeda, quien cree que el primero de marzo
podrá estar lista la implementación, aunque las
EPS dependen del alistamiento de cada uno de los prestadores.
Lo que le falta a la Estatutaria
Si hay alguien que haya seguido de cerca la evolución
de la Ley Estatutaria es Fernando Ruiz, hasta septiembre del
año pasado viceministro de Salud Pública y Prestación
de Servicios, y ahora Director Científico del Hospital
de Tratamiento e Investigación de Cáncer.
Ruiz, para quien no cabe duda que la norma hizo una nueva definición
de lo que es el sistema de salud, cree que la Estatutaria tiene
una serie de retos ineludibles.
El primero será la implementación del modelo de
atención integral, garantizando calidad y servicio, y
evitando la discontinuidad entre trámites que solo dificultan
y aplazan la adecuada prestación.
El segundo, resalta, será materializar la Política
Pública de Salud Pública, que tiene una comisión
que se ha reunido muy pocas veces, y a la que no se le ve una
verdadera perspectiva de trabajo intersectorial.
A las sugerencias del exviceministro se suman las de Jaime Gañán,
abogado especialista en seguridad social. Según su análisis,
mucho más radical, la Estatutaria ni se ha implementado
correctamente, ni se hará en el futuro, por una razón:
porque la misma estructuración del modelo, basado
en el lucro, deja de lado que la salud es un derecho fundamental
más allá de la ley, por lo que el sistema no ha
dejado de estar desarticulado y desconectado, sin confianza
entre actores y con los recursos en usufructo. |
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