MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 56   MAYO DEL AÑO 2003    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Al Honorable Cuerpo Médico, Instituciones Prestadoras de Salud y Distribuidores: Nuestras Buenas Prácticas de Manufactura, han sido avaladas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA, para nuestro proveedor, la planta de LABORATORIOS NORTHIA S.A.C.I.F.I.A. de Argentina.

REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS INVIMA
RESOLUCIÓN Nº 2002013397 DEL 02 DE JULIO DE 2002
Por la cual se concede la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura Farmacéutica a LABORATORIOS NORTHIA S.A.C.I.F.I.A.

El director general del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 6 del Decreto 549 de 2001; y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES
Que el día 08 de Agosto de 2001, la sociedad LABORATORIOS NORTHIA S.A.C.I.F.I.A., a través de Representante Legal, de la sociedad PROCLIN LTDA Doctor JAIME ARTURO TORRES MONROY, presentó a esta institución solicitud de Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura Farmacéutica (BPM), mediante escrito radicado bajo el Nº 17661 (folios 1 a 96).
Que mediante radicación 30779 del 14 de Diciembre de 2001 el Representante Legal de la sociedad PROCLIN LTDA solicito prorroga para la cancelación del pago de la visita. (folio 97).
Que le Subdirector de Medicamentos y Productos Biológicos del INVIMA, Doctor FERNANDO FLOREZ PINZÓN, mediante escrito con radicado Nº 149 del 03 de enero de 2002, solicitó al representante legal de la sociedad interesada, los documentos relacionados con la solicitud de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Segundo del Artículo Primero del Decreto 549 de 2001. (folios 98 y 99)
Que mediante radicado Nº 1922 del 23 de enero de 2002 el representante legal de PROCLIN LTDA anexó los documentos solicitados en el oficio anteriormente mencionado (folio 100 a 105).
Que el Representante legal de la Sociedada PROCLIN LTDA. Doctor JAIME ARTURO TORRES MONROY., a través del escrito con radicaado Nº 2002011890 del 11 de Marzo de 2002, allegó a la Subdirección de Medicamentos y Productos biológicos, fotocopia del recibo de consignación Nº 0032217 de BANCAFE para la visita de certificación anterior mente referida (folios 106 a 113).
Que por medio del oficio Nº 16703 del 14 de mayo de 2002, la Subdirección de Medicamentos y Productos Biológicos notificó al representante legal de la sociedad PROCILN LTDA. Doctor JAIME ARTURO TORRES MONROY, que la visita de verificación de BPM a LABORATORIOS NORTHIA S.A.C.I.F.I.A. situada en la planta de madero 166 capital federal, provincia de Buenos Aires, Argentina se realizaría del 24 al 28 de junio de 2002. (folio 119 a 120). Dicha visita fue adelantada para los días 3 a 7 de junio de 2002 a solicitud del interesado mediante radicado 17196 del 17 de mayo de 2002 (folio 117 a 118)
Que los días 3,4,5,6,7 y 13 de junio de 2002 los funcionarios del INVIMA, ADRIANA MOLANO M., ALEJANDRO JIMÉNEZ S., ALIX YANIBE BUSTAMANTE B. Y DAISY M DE ROA., realizaron visita de verificación de cumplimiento de las buenas Prácticas de Manufactura Farmacéutica emitiendo el siguiente concepto técnico: “Una vez evaluado el cumplimiento de los requerimientos previstos en la serie de informes técnicos de la OMS serie 823, informe técnico 32: Buenas Prácticas de Manufactura para Productos farmacéuticos, adoptado por resolución 03183 de agosto de 1995, la guia de inspección del INVIMA, adoptada por Resolución 01087 de julio de 2001 y el Decreto 549 de marzo de 2002 del Ministerio de Salud de la República de Colombia, el grupo de inspección del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA, adscrito al Ministerio de Salud de la República de Colombia, conceptúa que LABORATORIOS NORTHIA S.A.C.I.F.I.A. ubicado en Madero 166 de la ciudad de buenos Aires, CUMPLE con las Buenas Prácticas de Manufactura Para la Fabricación de MEDICAMENTOS NO ESTÉRILES a base de: PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS BETALACTAMICOS (CEFALOSPORNICOS Y PENICILINICOS) en forma de Sólidos: polvos para suspensión Y PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS NO BETALACTAMICOS, NO HORMONALES, NO CITOSTATICOS, NO INMUNOSUPRESORES, NO BIOLÓGICOS en forma de LÍQUIDOS: soluciones, jarabes y suspensiones. Para la fabricación de MEDICAMENTOS ESTÉRILES A base de: PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS BETALACTAMICOS (CEFALOSPORNICOS Y PENICILINICOS) en forma de SÓLIDOS: polvo para reconstituir en vial; PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS NO BETACTAMICOS, NO HORMONALES, NO CITOSTATICOS, NO INMUNOSUPRESORES, NO BIOLÓGICOS en forma de LÍQUIDOS: soluciones de pequeño volumen (ampollas) y gran volumen (sachet), SÓLIDOS: polvo para reconstituir en vial; y PRINCIPIOS ACTIVOS HORMONAS DE TIPO NO SEXUAL (CORTICOIDES) en forma de SÓLIDOS: polvo para reconstituir en vial.
Y PARA EL ACONDICIONAMIENTO SECUNDARIO de MEDICAMENTOS ESTÉRILES a base de PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS NO BETALACTANMICOS, NO HORMONALES, NO CITOSTATICOS NO INMUNOSUPRESORES, NO BIOLÓGICOS en forma de SÓLIDOS: LIOFILIZADO; y NO ESTERILES EN FORMA SEMISÓLIDOS: crema, ungüentos y geles; MEDICAMENTOS NO ESTERILES a base de PRINCIPIOS ACTIVOS BETALACTAMICOS (PENICILINICOS Y CEFALOSPORNICOS) EN FORMA DE SOLIDOS: tabletas con y sin cubierta y grageas. ACONDICIONAMIENTO PRIMARIO MEDICAMENTOS NO ESTERILES a base de PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIOTICOS NO BETALACTAMICOS, NO HORMONALES, NO CITOSTATICOS, NO INMUNOSUPRESORES, NO BIOLOGICOS en forma de SOLIDOS: tabletas con y sin cubierta y cápsulas.

CONSIDERACIONES
Que el artículo primero del Decreto 549 de 2001, establece que los laboratorios fabricantes de medicamentos que se importen a la República de Colombia, deberán solicitar el certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.
Que el artículo seis del Decreto 549 de 2001, consagra que le corresponde al INSTITUTO DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS -INVIMA- o a quien éste delegue expedir el certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura mediante Resolución.
Que el parágrafo segundo del artículo 2 del Decreto 549 de 2001 se establece que si es resultado de la visita se establece que el laboratorio fabricante de medicamentos cumple con las Buenas Prácticas de Manufactura, el INVIMA expedirá el certificado de cumplimiento de BPM.
Que dado que los funcionarios de la Subdirección de Medicamentos y Productos Biológicos conceptuaron en visita practicada los días 3, 4, 5, 6, 7 y 13 de junio de 2002 que el LABORATORIO NORTHIA S.A.C.I.F.I.A., cumple con las Buenas Prácticas de Manufactura, este despacho;

RESUELVE
ARTICULO PRIMERO.- Conceder el certificado de cumplimiento de Buenas Practicas de Manufactura Farmacéutica por término de cinco (5) años a LABORATORIOS NORTHIA S.A.C.I.F.I.A. Para la Fabricación de MEDICAMENTOS NO ESTÉRILES a base de: PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS BETALACTAMICOS (CEFALOSPORINICOS Y PENICILINICOS) en forma de sólidos: polvo para suspensión y PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS NO BETELACTAMICOS, NO HORMONALES, NO CITOSTATICOS, NO INMUNOSUPRESORES, NO BIOLÓGICOS en forma de LIQUIDOS: soluciones, jarabes y suspensiones. Para la Fabricación de MEDICAMENTOS ESTÉRILES A base de: PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS BETALACTAMICOS (CEFALOSPORINICOS Y PENICILINICOS) en forma de SÓLIDOS: polvo para reconstituir en vial; PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS NO BETALACTAMICOS, NO HORMONALES, NO CITOSTATICOS, NO INMUNOSUPRESORES, NO BIOLÓGICOS en forma de LÍQUIDOS: soluciones de pequeño volumen (ampollas) y gran volumen (sachet), SÓLIDOS: polvo para reconstituir en vial; y PRINCIPIOS ACTIVOS HORMONAS DE TIPO NO SEXUAL (CORTICOIDES) en forma de SÓLIDOS: polvo para reconstituir en vial.
Y PARA EL ACONDICIONAMIENTO SECUNDARIO de MEDICAMENTOS ESTÉRILES a base de PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS NO BETALACTAMICOS, NO HORMONALES, NO CITOSTATICOS, NO INMUNOSUPRESORES, NO BIOLÓGICOS en forma de SÓLIDOS: liofilizado; Y NO ESTÉRILES EN FORMA SEMISÓLIDOS: crema, ungüentos y geles; MEDICAMENTOS NO ESTÉRILES a base de PRINCIPIOS ACTIVOS BETALACTAMICOS (PENICILINICOS Y CEFALOSPORINICOS) EN FORMA DE SÓLIDOS: tabletas con y sin cubierta y grageas. ACONDICIONAMIENTO PRIMARIO MEDICAMENTOS NO ESTÉRILES a base de PRINCIPIOS ACTIVOS ANTIBIÓTICOS NO BETALACTAMICOS , NO HORMONALES, NO CITOSTATICOS, NO INMUNOSUPRESORES, NO BIOLÓGICOS en forma de SÓLIDOS: tabletas con y sin cubierta y cápsulas.
ARTICULO SEGUNDO.- Notificar de manera personal al representante legal y/o apoderado judicial de la sociedad LABORATORIOS NORTHIA S.A.C.I.F.I.A. del contenido de la presente Resolución, advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición ante el Director General del INVIMA, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del código contencioso administrativo.
ARTICULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de su ejecutoria.

NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE
AMELIA GASTELBONDO JARAMILLO
Director General (E)

Nuestros Productos

  • Cefalotina
  • Vancomicina
  • Dipirona 2.5 Gr
  • Cloranfenicol
  • Hidrocortisona
  • Midazolam
  • Dexametosona 8mg.

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Tel: (1)2875037 - (1)2851216 -
(1)3384596 Fax (1)2459184 - (1)3383051
Línea gratuita 018000120202
E-mail proclin@col-online.com
Página web www.proclinltda.com

 
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