MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 11    No. 142  JULIO DEL AÑO 2010    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Trabajo desde salud contra la discriminación por diversidad sexual
Ricardo Restrepo Guzmán, MD Corresponsal en Nueva York, Estados Unidos elpulso@elhospital.org.co
La Constitución Política de Colombia dice: “Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable.
Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.
El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan”.
Alrededor del mundo se producen violaciones constantes a los derechos humanos de personas que pertenecen a la población de lesbianas, gays, bisexuales y transgeneristas (LGBT), y en sociedades como la nuestra este grupo está sujeto a la discriminación y la exclusión cotidiana: Nuestra sociedad ha legitimado la violencia e impunidad contra esta población.
La población LGBT a su vez frecuentemente evita buscar servicios médicos, pues la insensibilidad o discriminación por parte del personal clínico es una constante realidad. Asumir de antemano que un paciente es heterosexual sin considerar otras orientaciones sexuales, puede tener un impacto en el cuidado que la persona recibe. En una encuesta realizada (Harris Poll) entre 2002 y 2003, se mostró que en Estados Unidos más de la mitad de esta población se abstuvo de comentar su orientación sexual o identidad de género con el personal de salud que estuvo a su cuidado. Estos pacientes a su vez mantuvieron en reserva sus prácticas sexuales 5 veces más que sus contrapartes heterosexuales.
El personal de salud debe tener un conocimiento en la atención de la población LGBT, incluyendo cómo realizar una entrevista y examen físico, además de reconocer que las condiciones médicas en este grupo pueden manifestarse o ser tratadas de diferente manera. Tener conocimiento de las implicaciones de pertenecer a la población LGBT es un paso fundamental en el entendimiento y respeto por esta población.
Claridad conceptual
Debemos entender que a muchos niveles, conscientes e inconscientes, se pueden reproducir posturas hetero-sexistas, homo-fóbicas y anti-gay, que pueden desencadenar la discriminación, ataques verbales y cualquier otro acto de violencia en contra de la población LGBT. Como base para iniciar este cambio, debemos entender el significado de los siguientes conceptos:
1. Hetero-sexismo: Es la ideología por medio de la cual la heterosexualidad (y la estricta división de roles de género que ella conlleva), se impone socialmente como la norma que todo individuo debe seguir. Esta heterosexualidad es impuesta de manera que cualquier comportamiento que la cuestione es socialmente rechazado y relegado a la "anormalidad" y la marginalidad. Esto significa que no sólo los comportamientos estrictamente homosexuales (expresiones afectivas sexuales hacia personas del mismo sexo) son condenados, sino también aquellas actitudes que transgreden la división tradicional de roles de género. La principal manifestación del hetero-centrismo es la suposición de que todos los individuos son, por defecto, heterosexuales, y que la ausencia de una manifestación abierta en el sentido contrario por parte de una persona implica su condición heterosexual.
2. Homofobia: Se refiere a la aversión, odio, prejuicio o discriminación contra hombres o mujeres homosexuales, aunque también se incluye a las demás personas que integran la diversidad sexual, como es el caso de las personas bisexuales o transexuales, y las que mantienen actitudes o hábitos comúnmente asociados al sexo opuesto.
3. Travesti: Disfruta vestirse con ropa del sexo opuesto, con fines lúdicos o sexuales. La mayoría son heterosexuales, y no desean cambiar su cuerpo por medio de hormonas ni reasignación quirúrgica.
4. Transexual: Nace con caracteres sexuales de un sexo, pero se siente, piensa y percibe el mundo como alguien del sexo opuesto. Aspira a una reasignación genital porque está en desacuerdo con su sexo.
5. Trans-género: Vive en el rol de género al que realmente pertenece, a pesar de su sexo o claramente identifica su género como el opuesto a su sexo biológico. Trans-género usualmente se refiere a personas en el grupo transexual que pueden estar en el estadio pre-operación o post-operativo de reasignación sexual. Una persona tras-género puede sentir atracción sexual por hombres, mujeres o por ambos. El trans-género se somete a un proceso de cambio de identidad, sin necesidad muchas veces de llegar a una operación.
El personal de salud debe familiarizarse con temas como orientación sexual, comportamiento sexual, identidad sexual, género e identidad de género. Como clínicos debemos no asumir y no juzgar, pero más aún, debemos iniciar una educación en las universidades del país para que miembros de facultades del área de la salud preparen profesionales conscientes de la necesidad de mejorar la atención a la población LGBT a través de programas a nivel institucional con la comunidad.
Como ejemplo de cambios institucionales en Colombia, deben reconocerse los avances a nivel local en ciudades como Medellín y Bogotá, donde ya existe una figura denominada oficial de enlace entre la policía y la comunidad LGBT. Este primer paso debe replicarse, para que programas similares se diseñen y establezcan a nivel nacional, departamental y local, dotándolos de autoridad y de capacidad administrativa, logística y financiera, y liderados por personas de alto rango en la institución.
 
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