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Para el representante de las EPS, cuando estas empresas emiten
conceptos sobre la forma como debería estructurarse
el sistema, lo hacen a través de su personal especializado
y no a través de los funcionarios administrativos.
A mí me parece un error porque cuando las EPS
opinan sobre estos temas, no lo hacen a través de los
abogados, administradores o economistas, sino a través
de los médicos, dijo y agregó que a lo
largo de los últimos 25 años, estas entidades
han adquirido una basta experiencia en materia de salud que
no debería ser ignorada por el Ejecutivo.
Construcción de la lista de
exclusiones
Según lo previsto por en la Ley Estatutaria
1751 de 2015, y luego en la resolución 330 del 2017,
para identificar procedimientos, dispositivos y medicamentos
que no deben ser pagados con dineros públicos de la
salud, se debe tener en cuenta que cumplan con una serie de
criterios. Entre ellos se debe evaluar si tienen un propósito
cosmético o suntuario no relacionado con la recuperación
o mantenimiento de la capacidad funcional o vital de las personas;
que no exista evidencia científica sobre su seguridad
y eficacia clínica;que su uso no haya sido autorizado
por la autoridad competente; que se encuentren en fase de
experimentación o que tengan que ser prestados en el
exterior.
Si bien la legislación permite que todos los actores
del sistema (es decir, pacientes, usuarios, asociaciones de
pacientes, sociedades científica y profesionales de
la salud entre otros) puedan nominar esos implementos o tecnologías
que creen que no deberían ser incluidos en el plan
de beneficios, no todos tienen el mismo rol.
Cualquier ciudadano inscrito ante el Ministerio puede nominar
u objetar ante la Dirección de Regulación de
Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud en
los periodos comprendidos entre enero-febrero y junio-julio.
Esa entidad estudiará posibles conflictos de intereses,
la existencia de alternativas terapéuticas a la tecnología
nominada y hará un análisis general si esta
cumple con los criterios de exclusión.
Luego se procederá a una fase de análisis técnico
científico, en la que se emitirá un concepto
sobre esa tecnología a excluir. Esa fase estará
conformada por la Academia Nacional de Historia, la Asociación
Colombiana de Facultades de Medicina, asociaciones y federaciones
de profesionales y colegios profesionales.
Superada esa etapa, se continuará con una etapa de
consulta a pacientes potencialmente afectados, veedurías
ciudadanas y la Defensoría del Pueblo. Finalmente,
el Ministerio recibirá los conceptos recavados en las
etapas previas, con lo que se tomará una decisión
final.
Los que faltan
Pese a las características incluyentes que
se le quiso dar a la nueva legislación, el proceso
omitió a algunos sectores. El expresidente de la Academia
Nacional de Medicina de Colombia, Juan Mendoza Vega, consideró
que esta limitación de las IPS y las EPS, así
como las farmacéuticas del proceso de análisis
de procedimientos y medicamentos es buena ya que le devuelve
a los médicos su autonomía a la hora de recetar.
Luis Martínez, director de la Asociación de
Empresas Sociales del Estado de Antioquia (AESA), que agremia
a clínicas y hospitales públicos del departamento,
sostuvo que el cambio en el mecanismo con el que se definen
las coberturas del plan de beneficios es, en esencia, un nuevo
No-POS
Martínez indicó que esas disposiciones del Ministerio,
se convierten en un obstáculo para el goce efectivo
del derecho a la salud bajo el principio de universalidad
que fijó la Ley Estatutaria. Agregó que gracias
a esta ley, los ciudadanos a los que se les nieguen medicamentos,
procedimientos y servicios, pueden acudir ante un juez mediante
una acción de tutela para que se les autoricen y presten
normalmente.
Agregó que las dificultades en la implementación
del aplicativo MIPRES ha imposibilitado que se le dé
fin al POS y No-POS.
Lo que entra y lo que sale
Para el presidente ejecutivo de Acemi, Jaime Arias
Ramírez, la preocupación de las EPS no radica
en las procedimientos y medicamentos que pudieran ser excluidos.
A su juicio, los 20 o 40 medicamentos que son incluidos de
forma anual en el plan de beneficios no representan una carga
adicional para el sistema y que, en esta medida, pueden ser
asumidos sin mayor inconveniente por los aseguradores.
Para Arias, lo más grave para el sistema radica en
las cerca de 9.000 tecnologías y procedimientos que
actualmente hacen parte del plan de beneficios y que, podrían
reventar a las EPS y de paso al sistema.
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