MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 7    NO 93   JUNIO DEL AÑO 2006    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Tutela o no tutela:
“that is the question”
Hernando Guzmán Paniagua - Periodista - elpulso@elhospital.org.co
La salud en Colombia es un paciente a punto de que le desconecten un tanque de oxígeno: la acción de tutela. Para sus enemigos, el recurso es culpable de la crisis de la salud; para sus defensores, la crisis subsiste con o sin tutela, y es ésta la única garantía real para los desprotegidos. Los enemigos no ven la hora de acabarla.
Los pacientes se aferran al recurso de amparo y la pugna se agudiza entre los mosqueteros del Rey y los guardias del Cardenal, como en la novela de Dumas.
Con la salud en crisis, la tutela sigue en la mira, por su proliferación: 145.360 entre 1999 y 2003. En 2002 se disparan los recobros, sobre todo fallos de tutelas, en un escandaloso 481%. De 2002 a 2005 sube la apropiación para tutelas y otros eventos, de $20.000 a $163.000 millones, pero el último año tuvo a la vez la mayor apropiación ($163.000 millones) y la menor ejecución, 11% (por $19.044 millones), lo cual muestra lo sensible que es el sistema a este rubro. Henry Fernando Cortés Forero, egresado de Derecho de la Universidad de Antioquia, en su tesis de grado "La negación de los servicios de salud contemplados en el POS contributivo y subsidiado vulneran el derecho elemental a la salud", señala que tras la revisión por la Corte Constitucional de más de 145.000 tutelas interpuestas entre 1999 y 2003, el 25% de ellas buscaba proteger el derecho a la salud, y de este porcentaje, 70% pretendía acceder a servicios del POS en los regímenes contributivo y subsidiado: “De las 84.000 tutelas que ampararon el acceso a servicios del POS, sólo 5% estaba sujeto a períodos mínimos de cotización, o sea que unos 80.000 afiliados al sistema de salud iban a dejar de recibir la atención médica a que tenían derecho”. Considera además que mediante una sentencia de 1999, la Corte Constitucional inició un viraje doctrinario para mirar la salud en estos casos como derecho fundamental en sí mismo, postura ratificada en 3 sentencias tutelares de 2003 y 2004.
Uribes, Londoños y Cía.
El presidente Uribe no ahorra alabanzas a la tutela y toca esperar que cumpla su promesa de no acabarla ni restringirla; el pasado 21 de abril dijo que la reforma de la justicia propuesta al Congreso no afectará la tutela, y en vez de abolirla en salud, hay que prestar buenos servicios; tres días después afirmó: "En mi vida pública no hay una sola declaración que no haya sido de elogio a la tutela". Más pragmáticos, sus ministros ambientan la reforma; el fallecido ministro de la Protección Social, Juan Luis Londoño, siempre fue partidario de "generar una jurisdicción de seguridad social", porque tantas acciones de tutela (80% en salud) eran un "encarte" para la Corte Constitucional y no había jueces especializados en el tema. El sucesor, Diego Palacio, es más atrevido al decir que hay que racionalizar la tutela en salud, pues los pacientes abusan de ella en cirugías y tratamientos suntuarios, y con toda la plata que se gasta en esto se ampliaría la cobertura del régimen subsidiado. Qué decir del ex ministro del Interior y de Justicia, Fernando Londoño Hoyos, quien promovió recortes al recurso, restringiéndolo a los derechos fundamentales y eliminando su conexidad con los derechos económicos, sociales y culturales como la salud y la educación, pelea que sigue en su noticiero radial.
“En mi vida pública no hay una sola declaración que no haya sido de elogio a la tutela".
Álvaro Uribe
Tan agresivo fue Londoño contra la tutela y demás logros de la Constitución del 91, que el mismo presidente Uribe reaccionó en su defensa para salvar la popularidad de su proyecto reeleccionista. El sucesor de Londoño, Sabas Pretelt, defendió la tutela pero al tiempo arguyó la necesidad "de que queden claras las competencias para evitar el roce de trenes".
Los defensores
Para Horacio Serpa, la tutela es "la única manera como los pobres, los de ruana, los de a pie y todos los colombianos hacen valer sus derechos". Carlos Gaviria, enamorado de la Constitución del 91 por ser garantista, por su tabla de derechos, propuso en el Congreso la tutela social para señalar de manera inequívoca las situaciones en las cuales el Estado tiene que proporcionar salud, educación, vivienda digna y otras cosas esenciales, sobre lo cual la Corte Constitucional consolidó líneas doctrinarias claras. Y anotó: "Algunos se escandalizan: ¿cómo ordenan tratamientos tan costosos a una persona cuando otras se van a quedar sin tratamientos? Pero cuando el Constituyente del 91 dijo que la razón de ser del Estado Social de Derecho es la protección de la dignidad humana, lo que hace la Corte es mostrar que cuando no se atienden estas necesidades, el Estado se desentiende de esa dignidad. Y, ¿esto es una jurisprudencia y doctrina revolucionaria y marxista? No. ¿Saben qué entidad ha tutelado estos derechos sin que existan la tutela ni el control propios de Colombia? La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos, donde bajo ciertas condiciones es imposible que el Estado niegue atención a un ciudadano que la necesita para salvar su vida, tener techo o alimento. Aquí ningún gobierno posterior a la Constitución del 91 se apropió de este espíritu".
El humanista José Alvear Sanín planteó que “en un país donde funcionen los servicios públicos es absurda la tutela, pero allí donde su prestación es cada vez peor, ¿qué sería del pueblo sin ella? En un sistema adecuado de salud, primero hay que derogar la Ley 100 y volver a sistemas anteriores basados en el principio de la solidaridad humana, de la caridad cristiana, del respeto por la dignidad del hombre y demás principios que ignora el neoliberalismo. Segundo, se necesita invertir dineros que no se distraigan en el pago de dividendos a los grupos económicos que se lucran de la organización actual de la salud; el gobierno parece preferir los grupos más ricos de la sociedad sobre los desfavorecidos. La tutela es sagrada, puede ser absurda en algunos aspectos técnicos, pero es la última defensa de los pobres frente a los abusos que se cometen para llenar de dinero a los intermediarios creados en mala hora por la Ley 100. Las EPS tampoco dan atención adecuada al pueblo y el régimen subsidiado es una inmensa mentira. La única objeción a la tutela es que se debe prohibir en una reforma constitucional donde prosperen tutelas contra fallos de última instancia y de casación de los tribunales, salvo para casos de choque de trenes”.
Para el ex personero de Medellín, Rafael Rincón, "la tutela ha sido un mecanismo fundamental para defender los derechos de los colombianos. La arremetida contra ella garantiza a los empresarios mejor lucro. Reformarla o limitarla sería muy grave para todos los ciudadanos que han hecho efectivos sus derechos fundamentales, en especial el de la salud en conexidad con el derecho a la vida. Las competencias hay que definirlas pero sin necesidad de modificar la acción de tutela".
“La tutela puede ser absurda en aspectos técnicos, pero es la última defensa de los pobres frente a los abusos que se cometen para llenar de dinero a los intermediarios creados por la Ley 100”.
José Alvear Sanín
El Defensor del Pueblo Delegado para la Salud, Darío Mejía, conceptuó: "Es grave que un mecanismo excepcional como la tutela, previsto para conjurar amenazas a derechos fundamentales, hoy en día atiborre los despachos judiciales. En Colombia se presentan 80.000 tutelas anuales en salud, de ellas 70% o sea 56.000 corresponden a contenidos propios del POS, o sea que lo obligatorio, lo ya financiado por una prima de salud, aún toca perseguirlo por la vía coactiva. Creo que algunas EPS, sin necesidad de ser muy perspicaces, pudieron verificar hace tiempo que tienen una vigilancia supremamente débil, y cuando está de por medio la plata, entonces es muy fácil resolver la ecuación".
La Corte en la mira
La Corte Constitucional soporta tantos elogios como diatribas, desde el reconocimiento de prestigiosos entes jurídicos mundiales hasta incendiarios epítetos del exministro Fernando Londoño. La sentencia 1076 de 2004 actualiza la jurisprudencia y ratifica la gravedad del derecho a la salud al señalar: "No brindar los medicamentos previstos en cualquier Plan Obligatorio de Salud (POS) o no permitir la realización de cirugías amparadas por el Plan, constituye una vulneración al derecho fundamental a la salud. En estos eventos, la labor del juez consiste en constatar la omisión de una obligación de alguna entidad que brinde el servicio de salud, que con este actuar vulnera el derecho a la igualdad o a la vida". La tesis de grado de Cortés Forero recalca ese dictamen de la Corte sobre la salud como derecho fundamental autónomo, al decir que allí "se supera la instancia de indeterminación que impide que el propósito funcional del derecho se traduzca en un derecho subjetivo".
Sabio constitucionalista, ex asesor del presidente Uribe y de las comisiones primeras del Senado y la Cámara, profesor de la Universidad de Antioquia, el jurista Tulio Elí Chinchilla conceptuó: "Los planes obligatorios de salud son el contenido esencial del derecho fundamental a la salud que en todo caso hay que garantizar a los afiliados a las EPS, ARS y otras instituciones. La tutela en salud es un avance significativo de Colombia para una sociedad más justa. Sin ella, hoy no pudiera una persona ad portas de un segundo infarto, lograr que su EPS le programe la cirugía, o un niño con enfermedad que lesiona su desarrollo acceder a un tratamiento. Debe mantenerse la tutela en salud, pero evitando distorsiones como su utilización para tratamientos altamente costosos que no siempre protegen la vida o un derecho fundamental, porque ello desequilibra el sistema de salud".
Harta lidia le costó a Sandra Ceballos que le tutelaran los medicamentos para su cáncer de seno, pese a ser congresista, ex esposa del ministro Diego Palacio y de contera uribista. ¡Qué esperanzas para los pobres que no son ninguna de las tres cosas! Aún así, parecería que la bancada amiga del primer mandatario ya le tiene lista la partida de defunción a la tutela. Ante el impasse normativo y social, se abren dos caminos: defender la tutela o aceptar que el ordenamiento jurídico es un rey de burlas y la salud una mentira.
 
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