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Cambios en Ley 80
afectarían contratación en IPS públicas
Patricia
Ossa Ocampo - Periodista elpulso@elhospital.org.co
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Un proyecto de ley que cursa en el Congreso
de la República pretende modificar la actividad contractual
de las entidades estatales, obligando a las Instituciones
Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) públicas a
contratar con el régimen público, quedando en
desventaja frente a las privadas.
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cursa en el Congreso de la República el proyecto de ley
07 de 2003, el cual, de ser aprobado, modificará la Ley
80 de 2003 o Estatuto de la contratación pública. |
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El objetivo del proyecto de ley es unificar para todas las entidades
estatales (desde entes territoriales hasta universidades públicas,
pasando por las Empresas Sociales del Estado -ESE- y las Instituciones
Prestadoras de Servicios de Salud -IPS- públicas), la
consecución, administración y destinación
de los recursos públicos con los cuales funcionan. Con
ese objetivo, el proyecto de Ley toca el punto de la contratación
pública dentro de dichas entidades, la cual debe darse
de acuerdo con los principios de transparencia y eficiencia
que soportan la argumentación de sus parágrafos.
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De
este modo, las Empresas Sociales del Estado -ESE-comprendidas
dentro del término entidades estatales según el
artículo primero del proyecto, tendrán que volver
a ceñirse a las condiciones del sistema de contratación
pública, lo cual causa temor entre sus administradores,
por cuanto consideran que habrá demora en la entrega
de los recursos y compra de insumos, además de pérdida
de autonomía a causa del nuevo modo de contratación,
lo que entorpecerá el desarrollo de las labores en las
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS- públicas,
y las dejará en gran desventaja frente a las privadas,
que no tendrán los mismos problemas a la hora de contratar
personal médico, obras menores o adquirir insumos.
Según el proyecto, las actuaciones de todas las entidades
estatales deben regirse por los principios de transparencia,
es decir que las actuaciones en materia contractual estarán
informadas por la claridad, motivación y publicidad de
todos los actos, procesos y procedimientos, así como
por el establecimiento previo de las reglas y condiciones para
su manejo, y por la existencia de indicadores de gestión
que permitan el seguimiento de su ejecución. El segundo
principio es el de la eficiencia, pues señala que las
entidades optimizarán los recursos a su cargo debiendo
hacer uso de los procesos y procedimientos estrictamente necesarios
para la satisfacción y cumplimiento de sus fines, utilizando
las herramientas de gerencia que resulten necesarias para reducir
sus costos de transacción y empleando mecanismos y procedimientos
pertinentes para precaver o solucionar rápida y eficazmente
las diferencias o situaciones litigiosas que llegaren a presentarse.
Hace falta analizar
Carlos Mario Ramírez, gerente de la Federación
de Cooperativas de Hospitales de Colombia considera que si hiciéramos
una evaluación global del sector hospitalario público,
no podríamos asegurar que el régimen privado de
contratación ha sido utilizado necesariamente para generar
transparencia y eficiencia en todas las actuaciones de las diversas
entidades estatales de salud y que, en algunos casos, dicho
régimen ha servido de facilitador a la adjudicación
inadecuada de contratos e incluso a la compra de insumos con
precios por encima de los del mercado.
Por lo anterior, afirma que si lo que se busca es transparencia
y eficiencia, la reforma es algo positivo, pero añade
que es necesario hacer un debate para establecer los beneficios
que traería consigo la reforma y los beneficios que representa
el actual régimen de contratación, para unificarlos
y generar una reforma realmente útil no solo a las Instituciones
Prestadoras de Servicios de Salud -IPS- públicas, sino
a todas las empresas estatales.
Carlos Mario Ramírez piensa que lo que dificulta la efectividad
en el funcionamiento de los hospitales no es el régimen
de contratación, sino la lentitud en el flujo de los
recursos públicos para comprar grandes volúmenes
de insumos y pagar a tiempo, y que por tanto este debe ser un
punto importante a tener en cuenta en una reforma que busca
eficiencia. Más aún, cuando el pago oportuno no
depende de la Ley 80 o su reforma sino de otras normas y aún
de la voluntad del gobierno para dar ejemplo, lo cual no se
aprecia desde 1994 hasta hoy: todo hace concluir que el desembolso
de Minhacienda hacia Salud o mejor hacia el Fosyga, sigue igual
de lento y restrictivo que antes. Hay que generar una reforma
realmente útil no solo a las IPS públicas sino
a todas las empresas estatales, y hay que favorecer las compras
en bloque para facilitar economías de escala
La reforma debe ajustarse al funcionamiento
Libardo Chavez, director de desarrollo de servicios de la Secretaría
de Salud de Bogotá, se mostró de acuerdo con la
modificación a la Ley 80, porque en algunas entidades
se han presentado casos de corrupción, como por ejemplo:
compra de insumos con precios mucho más altos que los
del mercado libre.
Sin embargo, agrega que se deberían separar los montos
que se manejan dentro de las instituciones, es decir, separar
los bienes de los insumos, de manera que el control que necesariamente
debe hacerse sobre la infraestructura y sus elementos no afecte
la rapidez con la que debe suplirse la necesidad de insumos
dentro de los hospitales.
En cuanto a la contratación de personal, considera que
debería ajustarse al comportamiento histórico
mensual de cada hospital, y de este modo no paralizar su funcionamiento
por falta de personal.
Bienvenida si es con agilidad
Jorge Maldonado, jefe de apoyo logístico de la división
administrativa del Hospital de Caldas en Manizales, cuenta que
cuando se pasó al régimen privado de contratación,
pensaron que se facilitaría la gestión de recursos
y de hecho así ha sido en ese hospital, especialmente
ahora que se encuentra en un proceso de reestructuración
de la planta física del hospital. Por tal motivo, esperan
que la reforma no afecte el flujo de recursos hacia las obras
que se están realizando ni hacia la adquisición
de los recursos necesarios para la atención de los usuarios.
Pensamos que el Estado debe implementar medidas para controlar
la corrupción y los problemas de deshonestidad administrativa
en las diferentes entidades, y lo pensamos desde una institución
que no ha presentado ese tipo de problemas. Sin embargo, nos
preocupamos al pensar que en el intento de mejorar en esa parte
ética se interfiera con la agilidad para realizar las
compras de insumos y la contratación del personal necesario,
porque eso afectaría definitivamente el desempeño
de nuestra labor, afirmó Jorge Maldonado.
Del mismo modo, propuso que dentro del proyecto de ley se creen
medidas intermedias que faciliten la agilidad en el manejo de
los recursos públicos, y que al mismo tiempo controlen
la corrupción y el despilfarro de los dineros que es,
en esencia, el espíritu del proyecto de la ley que se
está gestando.
Por lo pronto, en lo único que parece haber consenso
con respecto del proyecto de ley, es que hace falta un análisis
que se adapte a las necesidades de las instituciones según
su fin social y según su desempeño, para que realmente
se consiga mejorar en beneficio de las propias instituciones
y de sus usuarios. |

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