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Tratamientos de infertilidad entrarán en el POS

Por: Redacción EL PULSO
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L os tratamientos de infertilidad están a punto de hacer parte del Plan Obligatorio de Salud, POS/PBS, ya que la Corte Constitucional determinó que la Ley 123 de 2016, debe regresar al Congreso para que continúe con su trámite como proyecto y luego sea sancionada por el Presidente de la República.

Así, el Alto Tribunal dejó sin piso la objeción del gobierno nacional al proyecto de ley, ya que con una votación de 6 a 2 declaró infundados los tres argumentos.

Esta normativa ordena al Ministerio de Salud “reglamentar el acceso a los tratamientos de infertilidad mediante técnicas de reproducción humana asistida o terapias de reproducción asistida conforme a los reglamentos técnicos para garantizar el derecho con recursos públicos”, lo que para el Ejecutivo violaba la Ley Estatutaria de Salud y el principio de democracia participativa, vulneraba el principio de responsabilidad fiscal y los principios de eficiencia y equidad.

Entre los argumentos que más destacó en su objeción el gobierno pasado, representado por el propio presidente Juan Manuel Santos, el ministro de Hacienda y el ministro de Salud, estaba el del presupuesto: “el Gobierno no encuentra justificación para destinar y priorizar cuantiosos recursos de la salud para financiar tratamientos de infertilidad sin el respaldo de criterios de orden técnico y científico, y en abierta oposición a la sostenibilidad”.

De acuerdo con las cifras del impacto fiscal, financiar tratamientos de infertilidad (inseminación artificial intrauterina y fecundación in vitro) para la población estrato 1 tendría un costo cercano a los 3 billones de pesos, y financiar esos tratamientos para todas las parejas que se estima cuentan con dificultades en fertilidad podría costar más de 13 billones, lo que representa el 35,5 % del presupuesto anual del sistema de salud, ya que un estudio citado por el gobierno asegura que el costo promedio de un tratamiento de infertilidad está entre los 21 y 64 millones de pesos, lo que debe multiplicarse por las 235.914 parejas infértiles que habría hoy diagnosticadas.

Esas cifras no están muy alejadas de la realidad. En España, por ejemplo, el tratamiento de inseminación in vitro puede costar entre 4.000 y 8.000 euros cada ciclo (entre 12 y 21 millones de pesos), pero estadísticamente el éxito se logra en los primeros cuatro ciclos, lo que podría elevar mucho el gasto.

Dice el Centro Colombiano de Fertilidad y Esterilidad que, en un ciclo natural, las parejas jóvenes (20 - 30 años) tienen entre un 18 % y un 25 % de posibilidades de quedar en embarazo; este porcentaje aumenta llegando a ser de un 85% en 12 meses. Así, la edad es un factor determinante en las posibilidades de embarazo en el primer ciclo natural, entre los 20 y 29 años es entre el 18 % y el 25 %; de 30 a 34 años, 15 %; de 35 a 39 años, 10 %; y mayores de 40, 5 %.

“Las grandes preocupaciones a la hora de someterse a un tratamiento de reproducción asistida son el costo y las posibilidades que se tienen de quedar en embarazo… Cuando el paciente se enfrenta a la frustración del fracaso, pierde las esperanzas y se somete a un estrés muy alto tanto emocional como económico”, lo que complica el diagnóstico, afirma el Centro.

Salud de 2010, el 11 % del total de las mujeres que deseaban tener un hijo, u otro hijo, manifestaba que había tenido problemas de infertilidad, pero solo el 38 % de quienes en algún momento presentaron dificultades para quedar en embarazo consultó con un especialista y la mayoría de ellas no lo hicieron porque era muy costoso.

“Llama la atención que pese a que una de las razones más mencionadas para no realizar el tratamiento de fertilidad es el alto costo, los porcentajes más altos de mujeres que se realizan los tratamientos se encuentran en los quintiles más bajos de la población”, afirma la encuesta.

El gobierno aseguró, además, que el congreso no tuvo en cuenta cuáles serían las fuentes de financiamiento para este proyecto, lo que significaría que el sistema de salud tendría que responder por esta nueva demanda bajo el riesgo de desfinanciar asuntos que ya contaban con recursos o dejar la ley como letra muerta.

En su reciente decisión, los magistrados de la Corte consideraron inconstitucionales las objeciones hechas por el anterior gobierno, pese a que estas habían sido respaldas por los actuales ministros de Salud y Hacienda, Juan Pablo Uribe y Alberto Carrasquilla.

La Procuraduría General de la Nación expresó en su concepto ante la Corte que “el principio de sostenibilidad fiscal es un criterio que posee un límite explícito constitucionalmente, el cual no puede invocarse para afectar, o bien menoscabar, restringir o negar el alcance o la protección de los derechos fundamentales”.

Con este y otros argumentos, el Ministerio Público pidió a la Corte devolver al Congreso el expediente del proyecto de ley y declarar infundadas las objeciones. Y la Corte Constitucional así lo hizo.

¿Por qué debe financiarse?

El proyecto de ley considera que la infertilidad es una enfermedad del sistema reproductivo que impide lograr un embarazo clínico después de doce meses o más de relaciones sexuales sin protección.

Para el científico y director del Centro Colombiano de Fertilidad y Esterilidad, Elkin Lucena, la infertilidad, al ser una enfermedad, debe ser incluida en el sistema de salud y esa era una deuda que se tenía con las mujeres. “Las mujeres que afrontan esta situación se sienten como minusválidas por no poder ser madres. Presentan angustia, ansiedad, afecta su comportamiento social y familiar”, indicó Lucena.

Además de ser una enfermedad que debería ser tratada, tener hijos está consagrado entre los derechos sexuales y reproductivos, según Amnistía Internacional (AI). Las mujeres deben poder decidir si quieren tener hijos y cuántos.

“De acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos, todos los Estados deben garantizar la ausencia de discriminación y la igualdad en el disfrute de los derechos sexuales y reproductivos”, asegura AI, e invita a los Estados a “que aseguren la disponibilidad y la facilidad de acceso a servicios de salud sexual y reproductiva, así como a información y formación sobre estas cuestiones”.

Al respecto, Alejandra Cárdenas, subdirectora del Centro de Derechos Reproductivos, aseguró a medios, tras la decisión de la Corte, que el Estado tiene que prestar servicios de salud que alivien las enfermedades y los problemas de discapacidad de sus ciudadanos, y la fertilidad es uno de ellos.

Y advirtió que los estados tienen la obligación de garantizar acceso a técnicas de reproducción asistida. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos, y los países que suelen estar más en la avanzada en reconocimiento de derechos ya han establecido dentro de sus sistemas de salud que se garantice el acceso a la técnica de reproducción asistida.

Por lo pronto, el Gobierno espera tener el fallo completo para pronunciarse al respecto, “lo analizaremos para tomar las decisiones del caso. El impacto financiero puede darse de acuerdo a la gradualidad de los tratamientos”, explicó el ministro Uribe.


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