MEDELLÍN, COLOMBIA, SURAMERICA No. 316 ENERO DEL AÑO 2025 ISNN 0124-4388
El Ministerio de Salud y Protección Social informó a través de la Resolución 2717 del 30 de diciembre de 2024 que, para la vigencia 2025, el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) tendrá un incremento del 5,36 %. Según afirmó el Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud), “esta decisión responde a la necesidad de proteger los recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud ante la imposibilidad de efectuar un cálculo, debido a la baja calidad, poca confiabilidad y las inconsistencias detectadas en la información reportada por las EPS”.
A lo que agregó: “La Ley 1438 de 2011, en su artículo 114, obliga a las EPS a presentar información confiable, oportuna y clara al Ministerio de Salud y Protección Social. La falta de cumplimiento en los criterios de evaluación de los reportes implica no solo la desestimación de la información, sino también una infracción administrativa sancionable por la Superintendencia Nacional de Salud, según el artículo 130 de la misma ley”.
Asimismo, es importante resaltar que de acuerdo con los artículos 162 y 182 de la Ley 100 de 1993, el Sistema General de Seguridad Social en Salud debe reconocer y pagar a las EPS un valor per cápita, denominado UPC, establecido en función del perfil epidemiológico de la población relevante, de los riesgos cubiertos y de los costos de la prestación del servicio.
Esto quiere decir que el conocimiento del perfil epidemiológico de la población relevante, los riesgos cubiertos y los costos de la prestación del servicio en condiciones medias de calidad, tecnología y hotelería dependen del reporte de información efectuado por las fuentes fidedignas determinadas en la metodología de cálculo de la UPC y de los ajustadores de riesgo, principalmente las EPS y Entidades Obligadas a Compensar (EOC).
En este contexto, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció las directrices para el reporte de información necesaria para calcular la UPC para la vigencia 2025. Sin embargo, el Viceministerio de Protección Social encontró, entre otras, las siguientes inconsistencias: “Incrementos abruptos en los patrones de severidad y frecuencia de los servicios de salud, que no guardan relación con los comportamientos históricos, certificación de gasto sin cierre de estados financieros, incremento de las frecuencias de uso que no se correlaciona con el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, ni otras fuentes de información, amplia dispersión de valores pagados por los mismos servicios de salud, aumento de las reservas técnicas no concordante con el comportamiento histórico, manejo discrecional de las reservas técnicas, elevados gastos médicos sin la justificación correspondiente, pagos de medicamentos por encima del precio regulado”, puntualizó el viceministro de Protección Social, Luis Alberto Martínez.
Frente a lo anterior, las reacciones de diferentes actores del sistema de salud no se hicieron esperar, una de ellas fue la de Jesús Albrey González, presidente del Colegio de Abogados en Derecho Médico, quien manifestó públicamente: “El Ministerio de Salud fijó el aumento de la UPC para el PBS actual en apenas un 5,36 % para ambos regímenes en 2025; lo que muestra un panorama complejo”.
Asimismo, Ana María Vesga, presidente ejecutiva de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (ACEMI), se pronunció al respecto: “La decisión de aumento de UPC para 2025 pone en riesgo la salud y la vida de los pacientes. Carece de razón técnica, es incoherente con el incremento del salario mínimo y es contradictoria por cuánto más de la mitad de la información que se requiere para su cálculo debía ser proporcionada por EPS bajo intervención estatal. Simplemente no alcanzará el dinero para cubrir la atención de los colombianos”.
Por tal motivo, le solicitó al Gobierno nacional revisar nuevamente el cálculo del UPC, “hacer público el ejercicio y proceder con el reajuste”.
También, Bruce Mac Master, presidente de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), argumentó: “Anuncian aumento de la UPC finalmente, parece ser que será del 5,36 %, mientras se aumentó en 11 % (salario más transporte). ¿Cómo se le pagará al personal de la salud? ¿A hospitales? ¿A proveedores de medicamentos? Esta cifra asegura consolidar la crisis en el sistema de salud. El déficit para atender pacientes será entonces de más de 10 billones de pesos. ¿Como se distribuirá el déficit? ¿Habrá preferencias indebidas en el pago de cuentas este año? ¿Se aumentarán?”. A lo que finalmente enfatizó: “Pacientes Colombia exige el aumento adecuado de la UPC 2025: La salud no es un favor, es un derecho”.
En ese sentido, la organización Pacientes Colombia expresó que “de múltiples formas y a través de amplias voces en el sector se hizo un llamado” a esa entidad para que el incremento fuera del 16 %. Al respecto, el gremio indicó que “ampliar la brecha entre lo que se necesita y lo que se decreta aumenta los graves riesgos para el sistema de salud y para la vida de millones de colombianos”. De igual manera, advirtió que la UPC seguirá siendo insuficiente y el aumento del gasto de bolsillo será inminente para los pacientes y usuarios del sistema.
A lo que añadieron: “En medio de una crisis cada vez más profunda, los pacientes tendrán que comprar los medicamentos o pagar el total de los procedimientos a los que hoy acceden pagando solo una cuota moderadora”. Denis Silva, vocero de Pacientes Colombia, expresó sobre esto que el Gobierno “está ignorando los derechos de la sociedad civil y se están incumpliendo normas que, en última instancia, complican el futuro de los pacientes”.
La Procuraduría General de la Nación insistió a la Corte Constitucional estudiar la posibilidad de declarar un Estado de Cosas Inconstitucionales (ECI) en el sistema de salud colombiano, debido al evidente deterioro en la prestación de servicios y las inconsistencias en la regulación del sector. La solicitud, sustentada en un documento de 24 páginas, advierte sobre los efectos perjudiciales de la política del Ministerio de Salud en el aumento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), que podría comprometer la sostenibilidad del sistema y los derechos fundamentales de los pacientes.
El informe señala que el acto administrativo mediante el cual se fijó el valor de la UPC para 2025 se basó en fuentes parciales, careció de procedimientos transparentes y desatendió mandatos constitucionales fundamentales. Según la Procuraduría, el Ministerio de Salud desestimó las órdenes de la Corte Constitucional, específicamente aquellas relacionadas con la sostenibilidad financiera del sistema y el acceso equitativo a los servicios de salud.
La seguridad social en salud es un servicio público esencial a cargo del Estado: las disposiciones de la Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015 le ordenan abstenerse de adoptar decisiones que afecten, directa o indirectamente, los recursos con los que se deben atender de manera oportuna y suficiente las necesidades de la población.
La solicitud ante la Corte Constitucional también detalla un historial de incumplimientos por parte del Ministerio de Salud en relación con las órdenes emitidas en la Sentencia T-760 de 2008. Según el ente de control, el ministerio ignoró reiteradas advertencias sobre la necesidad de presentar estudios técnicos rigurosos y tomar decisiones basadas en evidencia.
Con relación a las solicitudes que han realizado al ministerio, este anunció después del 10 de enero de 2025, que tiene la mejor intención de sentarse con los diferentes sectores de la salud para analizar las cifras de las EPS y replantear el valor de la UPC.
Indicó que es importante que se tenga en cuenta que se debe evaluar hasta el método que valora la UPC en el país.
“Si hay un método que no nos complace a todos, o que creemos que no es el adecuado, que viene rigiendo desde el 2002 para conseguir la UPC, sentémonos a mirar cuál va a ser el método para lograr la UPC”, indicó.
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