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La metamorfosis de una
ley
Juan
Carlos Arboleda Z. -
elpulso@elhospital.org.co
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| Lo sucedido
en la Cámara de Representantes durante la discusión
del proyecto de ley 144 de 2007 puede describirse, con permiso
de Kafka, como la metamorfosis de una ley. El proyecto presentado
por el gobierno nacional, buscaba en 3 sencillos artículos
obligar a las Cooperativas de Trabajo Asociado -CTA-, a pagar
los aportes parafiscales, con lo cual se mataban dos pájaros
con el mismo tiro: primero, aumentar |
los recaudos al
captar contribuciones de más de 500.000 colombianos que
estarían contratados laboralmente mediante este modelo
cooperativo; pero el segundo aspecto, que yacía en el
trasfondo y no era expresado públicamente por el Ministerio
de la Protección Social, era enfrentar los fuertes cuestionamientos
del sindicalismo y de los demócratas norteamericanos
sobre las condiciones laborales de muchos colombianos, y que
ha retrasado la aprobación del TLC; y esta intención
traía otra encima: cubrir las criticas de empresarios
de Estados Unidos frente al posible dumping que
originan las cooperativas, al reducir los costos laborales de
las industrias colombianas. La jugada era de moñona,
pero las cosas cambiaron, porque el proyecto de la noche a la
mañana se convirtió en toda una propuesta que
limita la intermediación laboral que las CTA estaban
consolidando en el país.
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Triunfo
de la concertación
Éste es el proyecto de ley más concertado
que ha tenido la historia del Congreso en las comisiones económicas,
es la impresión del representante a la Cámara,
Carlos Alberto Zuluaga, presidente del grupo de ponentes, luego
de que desde diciembre de 2007 se realizara un proceso de concertación
que incluyó a CONFECOOP, OIT, ANDI, centrales obreras,
bancadas y gobierno nacional. Estudiamos muy a fondo la
problemática del cooperativismo asociado, y eso deja
la tranquilidad de que es un proyecto completamente concertado,
que además partió de una premisa fundamental:
resguardar el modelo de cooperativismo que como tal es constitucional
y ha prestado un gran servicio al país, pero cuyo gran
problema es la intermediación laboral en que está
cayendo, indicó.
Lo que originó la metamorfosis del proyecto fue la contundencia
de la realidad que tomó la intermediación laboral
a través de las CTA; el representante Zuluaga relata
cómo en la mesa de concertación, a la cual estaban
convocados múltiples sectores, se vio que no tenía
sentido abordar sólo el tema de la parafiscalidad: Si
el problema del cooperativismo y la intermediación laboral
era la parafiscalidad, entonces estaba equivocado el gobierno,
porque el tema también era falta de control, falta de
derechos mínimos irrenunciables de los trabajadores.
Por tanto fuimos más allá para crear unas políticas
claras, porque el cooperativismo asociado no puede ser un modelo
de intermediación laboral. |
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El problema
del cooperativismo y la intermediación
laboral es la falta de control, la falta de derechos mínimos
irrenunciables de los trabajadores, la falta de políticas
claras, porque el cooperativismo asociado no puede
ser un modelo de intermediación laboral.
Representante Carlos Alberto Zuluaga.
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Algunos
apartes del proyecto destacados por Carlos Alberto Zuluaga,
son la posibilidad de un mayor control y vigilancia por parte
de la Superintendencia de Economía Solidaria, con herramientas
administrativas mucho más claras: No es concebible
que el país tenga 13.000 Cooperativas de Trabajo Asociado
registradas en Cámaras de Comercio y solamente haya control
sobre 2.000 por parte de la Superintendencia y el Ministerio
de la Protección Social. También se dedicó
un artículo a garantizar los derechos mínimos
irrenunciables de los trabajadores, poniendo el equivalente
de un salario mínimo mensual vigente como base gravable
para la parafiscalidad; asimismo se ordenó la creación
de reservas patrimoniales que permitan a las CTA responder por
deudas a trabajadores y a terceros; se dejó establecida
la responsabilidad de las cooperativas en el pago de la parafiscalidad
y a la vez se permite que en los consejos directivos del Sena
e ICBF tenga asiento un representante de éstas para resguardar
los intereses del cooperativismo; y a cooperativas y precooperativas
de trabajo asociado constituidas a partir de 2008, se les aplicará
el artículo 43 de la Ley 590, para que los aportes parafiscales
sean graduales.
Algunos aspectos adicionales del proyecto aprobado en la Cámara
de Representantes, incluyen la obligatoriedad de que sean las
CTA las que respondan por la seguridad social (pensiones, salud
y riesgos) de sus trabajadores, utilizando como base de cotización
el equivalente a las compensaciones ordinarias que recibe el
asociado. Quizás el artículo de las prohibiciones
es el más tajante: prohíbe la intermediación
laboral por parte de las cooperativas, no actuar como asociaciones
o agremiaciones para la afiliación colectiva a la seguridad
social, y establece sanciones a los terceros contratantes de
esa intermediación: Las prohibiciones son muy duras,
pero van a impedir el gran fenómeno actual de intermediación,
y busca evitar que ciertos sectores aprovechen la figura del
cooperativismo para crear una intermediación que no es
benéfica para el país, concluyó el
representante Zuluaga. |
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