MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 115  ABRIL DEL AÑO 2008    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


La metamorfosis de una ley
Juan Carlos Arboleda Z. - elpulso@elhospital.org.co

Lo sucedido en la Cámara de Representantes durante la discusión del proyecto de ley 144 de 2007 puede describirse, con permiso de Kafka, como la metamorfosis de una ley. El proyecto presentado por el gobierno nacional, buscaba en 3 sencillos artículos obligar a las Cooperativas de Trabajo Asociado -CTA-, a pagar los aportes parafiscales, con lo cual se mataban dos pájaros con el mismo tiro: primero, aumentar
los recaudos al captar contribuciones de más de 500.000 colombianos que estarían contratados laboralmente mediante este modelo cooperativo; pero el segundo aspecto, que yacía en el trasfondo y no era expresado públicamente por el Ministerio de la Protección Social, era enfrentar los fuertes cuestionamientos del sindicalismo y de los demócratas norteamericanos sobre las condiciones laborales de muchos colombianos, y que ha retrasado la aprobación del TLC; y esta intención traía otra encima: cubrir las criticas de empresarios de Estados Unidos frente al posible “dumping” que originan las cooperativas, al reducir los costos laborales de las industrias colombianas. La jugada era de moñona, pero las cosas cambiaron, porque el proyecto de la noche a la mañana se convirtió en toda una propuesta que limita la intermediación laboral que las CTA estaban consolidando en el país.
Triunfo de la concertación
“Éste es el proyecto de ley más concertado que ha tenido la historia del Congreso en las comisiones económicas”, es la impresión del representante a la Cámara, Carlos Alberto Zuluaga, presidente del grupo de ponentes, luego de que desde diciembre de 2007 se realizara un proceso de concertación que incluyó a CONFECOOP, OIT, ANDI, centrales obreras, bancadas y gobierno nacional. “Estudiamos muy a fondo la problemática del cooperativismo asociado, y eso deja la tranquilidad de que es un proyecto completamente concertado, que además partió de una premisa fundamental: resguardar el modelo de cooperativismo que como tal es constitucional y ha prestado un gran servicio al país, pero cuyo gran problema es la intermediación laboral en que está cayendo”, indicó.
Lo que originó la metamorfosis del proyecto fue la contundencia de la realidad que tomó la intermediación laboral a través de las CTA; el representante Zuluaga relata cómo en la mesa de concertación, a la cual estaban convocados múltiples sectores, se vio que no tenía sentido abordar sólo el tema de la parafiscalidad: ”Si el problema del cooperativismo y la intermediación laboral era la parafiscalidad, entonces estaba equivocado el gobierno, porque el tema también era falta de control, falta de derechos mínimos irrenunciables de los trabajadores. Por tanto fuimos más allá para crear unas políticas claras, porque el cooperativismo asociado no puede ser un modelo de intermediación laboral”.
“El problema del cooperativismo y la intermediación
laboral es la falta de control, la falta de derechos mínimos
irrenunciables de los trabajadores, la falta de políticas
claras, porque el cooperativismo asociado no puede
ser un modelo de intermediación laboral”.
Representante Carlos Alberto Zuluaga.
Algunos apartes del proyecto destacados por Carlos Alberto Zuluaga, son la posibilidad de un mayor control y vigilancia por parte de la Superintendencia de Economía Solidaria, con herramientas administrativas mucho más claras: “No es concebible que el país tenga 13.000 Cooperativas de Trabajo Asociado registradas en Cámaras de Comercio y solamente haya control sobre 2.000 por parte de la Superintendencia y el Ministerio de la Protección Social”. También se dedicó un artículo a garantizar los derechos mínimos irrenunciables de los trabajadores, poniendo el equivalente de un salario mínimo mensual vigente como base gravable para la parafiscalidad; asimismo se ordenó la creación de reservas patrimoniales que permitan a las CTA responder por deudas a trabajadores y a terceros; se dejó establecida la responsabilidad de las cooperativas en el pago de la parafiscalidad y a la vez se permite que en los consejos directivos del Sena e ICBF tenga asiento un representante de éstas para resguardar los intereses del cooperativismo; y a cooperativas y precooperativas de trabajo asociado constituidas a partir de 2008, se les aplicará el artículo 43 de la Ley 590, para que los aportes parafiscales sean graduales.
Algunos aspectos adicionales del proyecto aprobado en la Cámara de Representantes, incluyen la obligatoriedad de que sean las CTA las que respondan por la seguridad social (pensiones, salud y riesgos) de sus trabajadores, utilizando como base de cotización el equivalente a las compensaciones ordinarias que recibe el asociado. Quizás el artículo de las prohibiciones es el más tajante: prohíbe la intermediación laboral por parte de las cooperativas, no actuar como asociaciones o agremiaciones para la afiliación colectiva a la seguridad social, y establece sanciones a los terceros contratantes de esa intermediación: ”Las prohibiciones son muy duras, pero van a impedir el gran fenómeno actual de intermediación, y busca evitar que ciertos sectores aprovechen la figura del cooperativismo para crear una intermediación que no es benéfica para el país”, concluyó el representante Zuluaga.
 
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