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¿Defensoría
revela catálogo de
negaciones de servicios de salud?
Hernando
Guzmán Paniagua - Periodista -
elpulso@elhospital.org.co
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| Un
catálogo de las negaciones de los servicios de salud
casi llena el Informe de la Defensoría del Pueblo a la
Corte Constitucional sobre el cumplimiento de las órdenes
impartidas por la Sentencia T-760/08. El Defensor del Pueblo,
Vólmar Pérez, respalda el amplio y juicioso examen,
que con la participación especial de la investigadora
Alexandra Orjuela del Programa de Salud de la Defensoría,
señala de manera clara y taxativa los indicadores de
cumplimiento de las directrices y las desviaciones del Ministerio
de la Protección Social, la Supersalud, CRES, EPS y demás
entes objeto del mandato. |
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Respecto de la orden al Ministerio
y a la Supersalud, de informar las medidas frente a las EPS
que niegan con mayor frecuencia los servicios de salud incluidos
en el POS, el Ministerio informó: Más
de 90% de las negaciones son de EPS del régimen contributivo.
Saludcoop, Cruz Blanca y Cafesalud, del mismo grupo, concentran
36% de los recobros. Y precisó el orden: Saludcoop
(20.4%), Cafesalud (10.5%), y Sanitas, Susalud y Colmédica
suman 57% de los recobros. Éstas, unidas a Coomeva
y Famisanar, han pretendido obtener del sistema más
de $100.000 millones en recobros. En el régimen
subsidiado, Emssanar es primera, seguida de Ecoopsos y Emdisalud.
Entre las IPS, Previsanar y La Misericordia. La Supersalud
informó: Con base en la información de
la oficina Jurídica, se han presentado 707 casos de
negación.

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Las
primeras 5 empresas Administradoras de Planes de Beneficios
(EAPB) que niegan los servicios son: ISS (10.61%), Coomeva (8.63%),
Saludcoop (7.50%), Famisanar (6.93%) y Solsalud (5.94%).
En el último año sancionó por ello a 5
IPS: Hospital San Diego de Cereté, Alejandro Próspero
Reverend, Fundación Cardiovascular de Colombia, Hospital
Bosa II nivel y Hospital Universitario San Ignacio. La Defensoría
consideró que el Ministerio debe adecuar el mecanismo
para medir las negaciones, pues al no reflejarse todas en tutelas,
hay subregistro. Y muchas se reducen a gasto de bolsillo de
los usuarios.
La Supersalud sancionó en 2007 a 38 EAPB, 23 entes territoriales
(ET) y 4 IPS-ESE; y en 2008, a 15 EAPB, 13 ET y 5 IPS-ESE. En
los últimos 6 años, las EAPB más sancionadas
son Saludcoop EPS (12), Saludcoop EPS OC (11), ISS (11), Cafesalud
MP (10) y Coomeva EPS (8). Las ET más sancionadas son:
Secretarías de Salud del Meta (9), Santander (5), Chocó
(4), Guainía (3), Tolima (3) y Vichada (3). Y las IPS-ESE:
Clínica Nuestra Señora del Carmen del ISS (7),
Hospital Simón Bolívar de Bogotá (7), Hospital
Militar Central (5), Hospital La Victoria (5) y Fundación
Clínica Valle de Lili (5). En 2008 ordenó 28 aperturas
de investigación administrativa contra EPS e IPS que
incumplieron las normas de prestación de servicios. La
Defensoría señaló que la Supersalud se
limitó a informar que sancionó algunas entidades
sin referenciar las acciones específicas que adoptó,
con el fin de evitar que reincidieran en dicha práctica.
Estimó que la Ley 1122/07 y varias reglamentaciones no
son suficientes para garantizar el goce efectivo del derecho
a la salud ni la participación social y reconoció
las buenas intenciones de la Circular 051/08 de la Supersalud,
aunque no precisa la forma de garantizar el goce real del derecho.
Sobre la orden al Consejo Nacional o a la CRES, de remitir el
programa y el cronograma para unificar los planes de beneficios,
antes del 1º de febrero/09, el Ministerio informó
a la Corte que el 27 de enero se aprobaron los principios de
unificación de los POS, el cronograma va hasta el segundo
semestre de 2012 y termina con la prueba piloto del Plan Esencial;
plantea pasos para diseñar el nuevo POS, con énfasis
en las Guías de Práctica Clínica y pone
como indicadores las metas nacionales en salud infantil, salud
sexual y reproductiva, salud oral, enfermedades no transmisibles,
discapacidades y nutrición.
Para cumplir la orden de informar antes del 1° de febrero/09
y luego en forma anual, el número de acciones de tutela,
el Ministerio informó (un día después de
vencido el plazo) que por la flexibilidad de los requisitos
para recobros por CTC y tutelas, éstos últimos
subieron, en parte por la represa heredada; no obstante, bajaron
las tutelas después de la Sentencia. Ante la orden a
las EPS de informar, antes del 1° de febrero/09 y en lo
sucesivo trimestralmente, los servicios ordenados por el médico
negados por cada EPS y no tramitados por los Comités
Técnico-Científicos (CTC), y los negados por éstos,
las EPS enviaron a la Defensoría del Pueblo datos del
último trimestre de 2008, excepto Compensar, que informó
agosto-octubre. A pesar de los requerimientos telefónicos
o por e-mail hechos por esta Defensoría, no enviaron
los informes de las negaciones, o los enviaron pero sin la información
requerida o incompleta, las siguientes EPS: Cafaba, Cafesalud-subsidiada,
Cajacopi, Cajasai, Cajasan, Coosalud, Capresoca, Mallamás,
Manexca, Mutual Ser, Pijaos Salud, Salud Total-contributivo,
Salud Vida-subsidiado, Selva Salud, Solsalud-contributivo, EPS
Comfacundi, Comfamiliar Nariño, Comfenalco Quindío,
Dusakawi y Emdisalud. En el último trimestre de
2008, hubo 129.124 negaciones. La mayoría de motivos
de las EPS se ajustan a la resolución 3099/08, pero hay
que adecuar ésta a lo preescrito en la Sentencia T-760
sobre garantía del acceso. Un total de 10.339 negaciones
son del régimen contributivo, 69.5% por CTC: Coomeva,
Salud Total y Compensar encabezan el listado (1.936,1.774 y
1.273 respectivamente).
En servicios negados con CTC, según la información
de las EPS, el motivo más frecuente es no agotar las
alternativas terapéuticas del POS. Le sigue el que no
está en riesgo la vida y la salud del paciente.
En los servicios sin CTC, la primera causal de negación
es no tener la edad requerida: de ella, Salud Total
tiene764 (96%), 502 de ellos por programas de Crecimiento y
desarrollo (65%), planificación familiar (45) y control
prenatal (29). Hubo 285 negaciones por mora del usuario, 193
de ellas de Salud Total (68%). Los servicios solicitados se
concentran en consulta general y externa, y otros procedimientos
anatomo-patológicos como la citología vaginal
tumoral.
En el régimen subsidiado, 93.4% de las negaciones son
remitidas al ente territorial para cubrirlas con subsidio a
la oferta. La Defensoría señaló que el
exigir para la aprobación del CTC que el paciente tenga
en riesgo inminente su vida o su salud, es totalmente contrario
a la finalidad de la Sentencia y provoca un efecto opuesto:
aumento de tutelas.
El Ministro de la Protección Social como vocero del CNSSS,
informó a la Defensoría que la unificación
de planes de beneficios infantiles en ambos regímenes
está en proceso, el CNSSS revisa la metodología
elaborada y la propuesta se someterá a consulta amplia.
La unificación fue ordenada para antes del 1º de
octubre/09. Sobre servicios y medicamentos no incluidos o explícitamente
excluidos, el Ministerio precisó que 99.35% de
los recobros por autorización de CTC es de medicamentos
no incluidos en el POS, y sólo 0.65% están por
fuera del POS. |
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