MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 53   FEBRERO DEL AÑO 2003    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Empezó a rondar proyecto
contra la democracia en salud
¡Con una sola rúbrica se “apagaría” Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud!

Si el Presidente de la República llegase a firmar el proyecto de Decreto-Ley que se mueve ahora por la Casa de Nariño, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS) sería degradado de director y ente técnico rector de las políticas del sector salud a un simple asesor sin voto. Se silenciaría así la voz de la comunidad consagrada por la Ley 100 y representada allí por los: gremios, usuarios, pensionados, profesionales de la salud, hospitales públicos y privados. Se acabaría de ipso facto con el CNSSS, una institución única en el mundo, ejemplo de cogobierno entre el sector público y el privado.

Las implicaciones de crear el "Ministerio de Protección Social" para reducir la estructura del Estado tendrían mortales efectos en la participación de los representantes de los derechos de las comunidades y los gremios en las políticas de salud en Colombia, en caso de arrebatárseles de un sólo plumazo su voz y voto para reducirlos al silencio práctico en el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS)
Esto ocurriría en caso de firmarse un proyecto de Decreto-Ley que ahora circula en la Casa de Nariño, bajo la sombra de la Ley 790 de 2002, mediante la cual se otorgan facultades extraordinarias al Presidente Álvaro Uribe Vélez para la fusión de los ministerios de Trabajo y Salud -bajo el título de Ministerio de Protección Social-, y que implica quitarle las funciones al Consejo y entregárselas al nuevo Ministerio o ministro, aunque los especialistas en el tema consideran que esta potestad específica de modificar la Ley 100 no está dada en la Ley 790 y de aprobarse ésta podría ser demandada y declarada inexequible por la Corte Constitucional.
Este proyecto de Decreto-Ley que está circulando por la Internet deja en claro que de hacerse realidad degradaría las actuales condiciones del Consejo, conferidas por la Ley 100 desde sus orígenes en 1993, para que todos sus actores se conviertan en expertos que opinan, pero que no deciden nada.
Para algunos analistas esto puede significar que el CNSSS se convirtió en un incómodo actor democrático y no faltan las suspicacias cuando algunos señalan y miran con ciertas reservas los estrechos lazos del actual ministro Juan Luis Londoño con quienes representan los intereses privados de las EPS, puesto que funcionarios que tienen puestos claves en esta cartera de allí provienen, y para nadie es un secreto que son las EPS las únicas que se han fortalecido económicamente en el sector en detrimento de las atención de los usuarios, las IPS, los hospitales públicos y otros actores del sistema de salud.
La democrática y decisiva participación de todos los actores en el Consejo la ordenó la Ley 100, desde sus primeros debates en las Comisiones VII de la Cámara y el Senado, en la cual se estableció que los integrantes permanentes del CNSSS son los ministros de Salud, Trabajo y Seguridad Social, Hacienda y Crédito Público, más sendos representantes de las entidades departamentales y municipales de salud; dos representantes de los empleadores, uno de los cuales representará la pequeña y mediana empresa y otras formas asociativas; dos representantes por los trabajadores, uno de los cuales representará a los pensionados; el representante legal del Instituto de Seguros Sociales; un representante por las EPS diferentes del ISS; un representante de las IPS; un representante de los profesionales del área de la salud, de la asociación mayoritaria; un representante de las asociaciones de usuarios de servicios de salud del sector rural; y un secretario técnico que será el Director General de Seguridad Social del Ministerio de Salud.
El impacto del Decreto-Ley
En el Acuerdo 001 del CNSSS se establecen los principios básicos de la Ley 100 respecto de las funciones del mismo y como dichas funciones quedarían en el caso de aprobarse el proyecto de Decreto-Ley, que fusiona los ministerios de Trabajo y Salud, competencia exclusiva del nuevo ministro de Protección Social. Esto se deduce claramente del artículo 4º en el cual convierte al CNSSS en asesor de la nueva cartera, mientras que en los artículos 3º (numerales 19 al 30) y el artículo 5º (numerales 11 al 21), se establecen las funciones que debe cumplir el ministro y de las cuales se exime, por ende, al Consejo.
De aprobarse este Decreto-Ley se estarían cambiando los principios básicos de la Ley 100 que establece en sus artículos 156 (numeral m), 170, 171 y 172 que el CNSSS es el ente rector, director y concertador del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que hoy define, entre otras acciones, todo lo referente a la Unidad de Pago por Capitación (UPC), el Plan Obligatorio de Salud, el listado de medicamentos, las cuotas moderadoras y los copagos, más todo lo que tiene que ver con el funcionamiento del régimen subsidiado.
Así, de aprobarse este Decreto-Ley, el Ministro que atendería todas las obligaciones referentes a Trabajo y Salud, recibiría estas funciones y sería quien se encargue además de tomar exclusivamente todas las decisiones y estaría a su buena voluntad y juicio el que acoja la entonces opinión del CNSSS.
Según el análisis de médicos como Hermán Redondo Gómez, presidente de Asmedas Cundinamarca y representante de los profesionales de la salud en el CNSSS, de hacer que mediante un decreto se cambien los postulados básicos de la Ley 100, se estarían excediendo las facultades reglamentarias precisas que otorgó la Ley 790 en el artículo 16 para fusionar el Ministerio de Salud con el Ministerio de Trabajo, puesto que allí "nunca se dieron facultades para modificar la Ley o el Sistema General de Seguridad Social en Salud". En caso de aprobarse esta medida, el recurso jurídico sería la solicitud de inexequibilidad ante la Corte Constitucional, mas la demanda puede demorar uno o dos años y el daño, a su juicio, ya estaría hecho.
Redondo asegura que actores representados en el CNSSS están de acuerdo, en consenso, sobre las nefastas consecuencias que para la dirección del sistema tendría esta acción. Así se lo hicieron saber al Viceministro de Salud, Juan Gonzalo López, en reunión que sostuvieron con él y, por ende, reitera que espera que hayan sido oídos. Sin embargo, hay preocupación por la gran responsabilidad del Viceministro en la propuesta del decreto, -según señalan varios consejeros- lo mismo que por su escasa -¿o nula?- capacidad de diálogo y concertación, mostrada en sus intervenciones en el Consejo.
La Corporación Colombiana de Secretarios de Municipales y Distritales de Salud (Cosesam) también estableció un paralelo entre las funciones que se otorgarán al nuevo ministro de Protección Social y las del Consejo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 100, y encuentran que estas son las mismas a partir del artículo 6, entre los numerales 11 y 23, en el proyecto de Decreto-Ley, que las especificadas en las funciones que debe cumplir el CNSSS según el artículo 172 de la Ley 100.
Por esta razón afirma Julio A. Rincón de Cosesam: "El CNSSS, mediante este proyecto de Ley, se convertirá en una excelente figura decorativa, con poca posibilidad en las decisiones del Estado Central" y pregunta: "¿Qué objetivo tiene el nuevo Ministerio de Salud que lleva aparentemente a que le estorbe el CNSSS, órgano director del SGSSS que creó la Ley 100?". Y cuestiona: "no se entiende cuál es el concepto de ESTADO DEMO-CRÁTICO si las instancias que lo hacen realidad se quieren reducir a su mínima expresión". Por eso, dice, hace un llamado a la población para que no se deje engañar por el lado de los costos, porque "a los integrantes del Consejo no se les paga ningún dinero ni pasajes ni viáticos. Cero pesos."
¡Adiós a la participación!
Hermán Redondo Gómez asegura que de firmarse este Decreto-Ley se estaría convirtiendo en una "entelequia sin poder decisorio" al Consejo y se acabaría con dos principios rectores de la Ley 100: participación y concertación, que operan como un mecanismo de autorregulación y retroalimentación positiva del Ministerio. Al respecto afirma: "es empoderar en exceso al ministro, dejarlo sin control; paradójicamente, el control que él mismo aprobó y consideró necesario en 1993 para sus sucesores".
El representante de los profesionales de la salud en el CNSSS explica que con sus aciertos y sus fallas el Consejo es fundamental en la vida del SGSSS y por lo tanto no se puede escudar en quitarle sus funciones con base en sus yerros, porque a su juicio, manejando este criterio se tendría que cerrar el Congreso y otras instituciones del país, se trata entonces de fortalecer y mejorar las instituciones para "ponerlas al servicio de la Nación".
Recuerda que en el Consejo tienen voz y voto todos los actores del SGSSS y esto garantiza un equilibrio independientemente de quien sea el ministro de turno y su interpretación de la Ley y es gracias a ello, afirma, que "se mantiene la memoria institucional". Por esto argumenta Redondo que "el Consejo vale más por lo que no deja hacer, que lo que en un momento determinado hace, porque el Consejo ha evitado que se cometan grandes errores, ha tapado muchos goles, por decirlo así, y sería un gravísimo error que acabaran con el CNSSS porque es una expresión democrática de participación y concertación".
Consejos de expertos
Al cierre de la presente edición, aún quedaba en manos del criterio del presidente de la República el rechazar o el firmar este Decreto-Ley y el asumir las consecuencias de una u otra acción.

Bajo la lupa de los investigadores

En diversos estudios del sector hay consenso en que el CNSSS es una institución desde el comienzo única en el mundo, en la cual se hizo un cogobierno entre el sector privado y el sector público, para darle estabilidad a la reforma y para proveer al sistema de salud colombiano de un elemento de control político supremamente importante, que ha tenido un desempeño que para mucha gente es polémico, porque es una labor que ha estabilizado la reforma y que ha logrado que en un sistema donde se privatizaron los servicios y se privatizó la información, esa información pueda otra vez convertirse en información pública y que las decisiones tengan una legitimidad.
El Consejo revisa que la reforma no esté sometida a los cambios permanentes de ministros y de funcionarios, puesto que cada cual o llega a acabar con lo que había o con una idea particular de hacer las cosas, sin ser capaz muchas veces ni de querer ni de sostener una política de largo plazo. El CNSSS hace que las decisiones se tomen públicamente, con la participación de todos los actores del sistema, plenamente sustentadas, estudiadas y analizadas por cada uno de ellos y eso es muy importante en un país como el nuestro, en donde el tema de la salud ahora no es solamente del resorte público sino también del privado, porque mucha gente tiene inversiones muy grandes en el tema de salud y depende de las decisiones que tome el Consejo. Ese tipo de decisiones, afirma, no se pueden tomar simplemente en un despacho, sin que haya una mayor discusión. Por ello, el CNSSS es una garantía democrática muy culta que puede ser mejorado, pero al que convertirlo en un ente asesor sería, simplemente, acabarlo.

El Ministro dice: “Eso no va”

Sobre el proyecto del Decreto-Ley que otorga funciones del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud al ministro del ramo y deja sin voto al CNSSS, el actual jefe de esta cartera al ser consultado por El Pulso el pasado 30 de enero de 2003 afirmó: "Eso fue un decreto de asesores que circularon, pero eso no va". Juan Luis Londoño de la Cuesta, Ministro de Trabajo y encargado de Salud.

El Presidente de la República y su compromiso con la participación

"Por oposición al Estado burocrático y clientelista, es necesario un Estado Comunitario, con creciente participación ciudadana en la definición de las tareas públicas, en el manejo y vigilancia de los recursos oficiales, todo lo cual hace posible que la inversión pública llegue de verdad a la gente para erradicar la pobreza y construir equidad". Álvaro Uribe Vélez, Presidente de la República. "Manifiesto Democrático". Derrota al Clientelismo.

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