MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 15    No. 189  JUNIO DEL AÑO 2014    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Corte reivindica goce efectivo del derecho
a salud como fundamental


“Ley Estatutaria supeditará
contenidos de leyes sobre salud”

Harvey Daniel Valdés Valdés - Periodista elpulso@elhospital.org.co

La Ley Estatutaria plantea una jerarquía especial sobre todas las leyes que se expedirán en el futuro sobre el tema de salud, afirmó la constitucionalista Bernardita Pérez: “Ese es el valor de una Ley Estatutaria; es decir, esta Ley supeditará el contenido de otras leyes, además de que es una Ley más alta, de jerarquía superior. Por tanto los principios, con la interpretación que la Corte Constitucional le hizo, entran a ser parte de todo el régimen normativo de salud en el país en situación de prevalencia. Ese es el sentido”.
Señaló que el reconocimiento de la salud como derecho fundamental, es un paso de una trascendencia política fundamental: “Si bien la Corte Constitucional construyó doctrinas sobre el tema desde 1992, en las que se 'peleó' permanentemente con otros órganos del poder, el carácter fundamental de la salud no pasaba de ser una decisión judicial, por tanto con un valor muy episódico y en una pelea permanente con los órganos del poder”.
“Los derechos no se protegen
suficientemente en las leyes, pues la
sociedad está representada en un Parlamento
donde hay intereses políticos diversos.
Y entre estos hay otros que tienen un negocio.
Hasta salud es un negocio, no es fácil lograr
concreción plena de los derechos cuando
hay tantos intereses”.
Bernardita Pérez
En lo referente a derechos sociales, la constitucionalista aclaró que “una cosa es el derecho, el derecho a los derechos, y otra cosa es que se cumplan. Nunca en una sociedad completa se cumplirán los derechos de manera absoluta, porque los derechos son conquistas ciudadanas contra el poder estatal”. Por ello esta Ley Estatutaria se convertiría en la carta de batalla de los ciudadanos cuando se les quiera desconocer esa protección: “El que ya esté en las normas de carácter legal, hace que los ciudadanos puedan reclamar los derechos directamente. Eso ya es un asunto muy importante”.
Esto significa una aplicación y concreción de los derechos que se irá dando y se irá gestionando, hasta que razonablemente se cumplan, porque de hecho cuando los derechos se cumplen plena y absolutamente, dejan de ser derechos, que están en el derecho mientras es posible que de algún modo pudieran desconocerse”.
Estatutaria debería tener “más dientes”
Bernardita Pérez afirmó: “Uno hubiera querido una Ley con muchos más dientes, más coactiva contra las EPS, más fuerte, más drástica, más sancionatoria, pero aún no siendo así, esta Ley se constituye en un avance”.
Señaló que los derechos no se protegen suficientemente en las leyes, ya que la sociedad está representada en un Parlamento donde hay intereses políticos diversos: “Y entre estos intereses políticos, hay otros que tienen un negocio, y son negocios diversos. Hasta la misma salud, ya que se considera al usuario como cliente y no como paciente. Entonces es un negocio, hay muchos intereses diversos, no es fácil lograr una concreción plena de los derechos cuando hay tantos intereses de por medio. Sin embargo este punto ha ido mejorando un poco durante la vigencia de la Constitución del 91”.
Y concluyó: “Razonablemente podemos intentar algún día sentirnos mejor con el sistema de salud y desde los medios de comunicación se puede hacer presión para que esto mejore, al punto que dejemos de ser clientes y ser tratados como pacientes por el sistema de salud. La salud en Colombia tiene que ser una garantía ciudadana, un servicio público; y aunque algunos puedan lucrarse de eso, ese lucro no puede ser desmedido, tanto así como vender ropa o shampoo, ya que se trata de la vida, de la dignidad de las personas”.
 
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