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Corte reivindica goce
efectivo del derecho
a salud como fundamental
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Ley Estatutaria
deja
un sabor agridulce: Saúl Franco
Hernando
Guzmán Paniagua - Periodista elpulso@elhospital.org.co
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Con la Estatutaria
queda claro el derecho del médico a decidir, con un
criterio ilustrado y regulado ética y científicamente,
qué es lo mejor para el paciente. Y en caso de varios
diagnósticos, marca cómo resolver la situación.
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Hay que esperar de las normas
reglamentarias que sean muy claras, eficientes y eficacesal
momento de las decisiones del médico, que se espera
sean a favor del paciente y no de los intereses privados que
se mueven alrededor del negocio de la enfermedad. Dr.
Saúl Franco
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| Dr. Saúl
Franco |
| La sentencia
de la Corte Constitucional sobre exequibilidad de la Ley Estatutaria
en Salud deja un sabor agridulce. Dulce porque realmente se
avanza, sin duda; la Corte trató de salvar algunas cosas
que garanticen el derecho a la salud en un sentido más
amplio, menos restrictivo de lo que tenía el gobierno
en sus proyectos de leyes estatutaria y ordinaria; |
pero
se queda un poco por debajo en lo que pudo haber logrado, tanto
respecto de la jurisprudencia previa de la propia Corte como
de la internacional, de las propuestas de sectores de opinión
pública en el país, el Congreso y la Comisión
de Seguimiento a la Sentencia T-760, expresó Saúl
Franco, investigador de la Universidad Santo Tomás.
Agregó el experto: Respecto de la tutela, la Corte
fue muy cuidadosa al tratar de reducir los recortes que se le
pretendían hacer y garantizarle la vigencia más
amplia posible. Hizo un esfuerzo por no supeditar del todo el
derecho a la salud a la sostenibilidad fiscal; en varios campos,
la Corte en su papel no podía asumir otro proyecto, tenía
que ver qué tanto se ceñía el proyecto
a la Constitución y la jurisprudencia que considera vigente.
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La Estatutaria
se queda un poco por debajo en lo que pudo haber logrado,
tanto respecto de la jurisprudencia previa de la propia Corte
como de la internacional, y de propuestas de sectores de opinión
pública en el país.
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| Dr. Saúl Franco |
| Y el fallo tiene
un sabor amargo, pues no queda suficientemente explícita
la comprensión más amplia del derecho que planteó
la sociedad civil a través de un bloque parlamentario
en el proyecto de ley, y queda abierto el modelo de salud a
la posibilidad de supremacía del mercado sobre la garantía
misma del derecho. Otras cuestiones se pudieron lograr, pero
no todo dependía de la Corte por estar circunscrita su
jurisdicción a conceptos de fondo. |
Anotó
que quedó claro que, a diferencia de lo que piensan algunos
funcionarios, para quienes la Estatutaria es un juramento a
la bandera, sin incidencia en los proyectos de ley ordinaria
que se planteen, éstos tienen que supeditarse a los postulados
de la Estatutaria, sin recortar el derecho ni limitar la tutela
más allá de lo que prevé la Ley Estatutaria:
Ésta, en un símil arquitectónico,
es como el diseño del edificio: lo demás que se
haga no se puede salir de ese diseño macro, no se puede
hacer un edificio con unas bases diferentes, una ley estatutaria
es una norma de un poder jurisprudencial mayor que las leyes
ordinarias, el gobierno tiene que ceñirse a su mandato.
Opinó el doctor Franco: En la Ley hay un avance
grande en la autonomía médica; por una parte,
me parece muy importante el mismo enunciado. Si consultamos
por ejemplo el intento del entonces presidente Álvaro
Uribe con los decretos de la ´emergencia social en salud´,
donde la autonomía del médico quedaba circunscrita
a lo que el sistema le ordenara, esto es un avance gigantesco.
Incluso la Ley 1438/11 tiene esas limitaciones; en cambio, con
la nueva Ley Estatutaria queda claro el derecho del médico
a decidir, con un criterio ilustrado y regulado ética
y científicamente, qué es lo mejor para el paciente.
La Ley Estatutaria aprobada marca incluso, en caso de varios
diagnósticos o incongruencias entre varios médicos,
cómo resolver la situación. Por otra parte, la
autonomía del médico ha tenido además del
orden jurídico y hasta
penal, otra gran amenaza: la presión de las grandes transnacionales
farmacéuticas y la tecnología sobre la conciencia
del médico para orientar sus decisiones según
sus intereses; todo ese influjo que se hacía en forma
tan descarada se corta en la Ley Estatutaria. Hay que esperar
de las normas reglamentarias que sean muy claras, eficientes
y eficaces al momento de las decisiones del médico, que
se espera sean a favor del paciente y no de los intereses privados
que se mueven alrededor del negocio de la enfermedad. |
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