MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 6    NO 70   JULIO DEL AÑO 2004    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Proyecto de ley 180: hijo de
la Academia Nacional de Medicina

Luz Enidia Largo Arteaga López Periodista elpulso@elhospital.org.co
Aunque establece modificaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), el enfoque de este proyecto es buscar el fortalecimiento del ejercicio de las profesiones de salud, mediante la disposición de artículos que salvaguardan la autonomía en el ejercicio profesional; sujeta el tiempo necesario para actividades, intervenciones y procedimientos en salud a los estándares internacionales; y propone que se establezcan tarifas de honorarios mínimos, acordadas entre el gobierno nacional, la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), el Colegio Médico Colombiano, la Federación Médica Colombiana y asociaciones científicas de especialidades.
Acabar intermediación de municipios en manejo del régimen subsidiado
Entre las directrices del proyecto se destacan la centralización política y descentralización administrativa y financiera del SGSSS hasta el nivel departamental, distrital y de las ciudades capitales, con el fin de ampliar la cobertura.
Establece el proyecto una nueva forma de administrar el régimen subsidiado, pues ya no serían los municipios los encargados de las contrataciones, sino que las secretarías de salud de nivel departamental, distrital y capital asumirían funciones de Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) en su zona geográfica, contratando como mínimo un 60% de servicios con la red pública.
También se propone la creación del Estatuto Orgánico del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que unifique, simplifique y compile todas las normas existentes en materia de Seguridad Social en Salud; el Sistema Único de Afiliación al SGSSS, al cual se afiliarán tanto los usuarios del régimen contributivo como los del subsidiado; la libre escogencia de los cotizantes al régimen contributivo entre la EPS del Instituto de Seguros Sociales (ISS) u otra Empresa Promotora de Salud (EPS); la inscripción de los afiliados del régimen subsidiado en la Secretaría de Salud que les corresponda; un Registro Único de Aportantes (RUA) al Sistema General de Seguridad Social en pensiones, protección laboral y salud, y la creación del Fondo Nacional de Aseguramiento de las Enfermedades Catastróficas o de Alto costo (FEAC) como una quinta subcuenta del Fosyga, que financiaría el tratamiento de las patologías reconocidas como de alto costo por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
Fortalecimiento del ISS
El proyecto persigue el fortalecimiento del Instituto de Seguros Sociales, dándole a éste un período de transición definido de tres (3) años, para que la EPS del ISS pueda utilizar el recaudo total de los aportes con el fin de lograr la liquidez suficiente y adecuar su funcionamiento hacia la compensación plena. Cabe anotar que esta propuesta no fue acogida en el proyecto de origen gubernamental para reforma de la Ley 100 (el 241).
 
Proyecto de ley 236:
trabajo de la Subcomisión Accidental de Salud
Plantea esencialmente la reorganización del Sistema General de Seguridad Social en Salud bajo un mismo sistema operativo para todos los regímenes y modalidades de afiliación, así como darle una sólida estructura al Sistema asignando funciones y competencias para todas las instituciones involucradas.
Nuevo régimen subsidiado
La principal propuesta es la universalización del aseguramiento, con la creación del Nuevo Régimen Subsidiado que financiaría totalmente la atención en salud para los niveles uno y dos del Sisbén y ofrece subsididios parciales para el nivel tres; y el aumento de un punto en la cotización de los afiliados al régimen contributivo para financiar el Nuevo Régimen Subsidiado (pasar del 12 al 13%), de tal forma que la totalidad del recaudo sería una importante fuente de ingresos para el nuevo sistema.
Otro aspecto relevante es la creación del Fondo Territorial Colombia para la Salud -FOCOS- una nueva cuenta adscrita al Ministerio de la Protección Social. Desde allí se girarían directamente a las EPS del Nuevo Régimen Subsidiado los dineros que corresponden a la prestación de los servicios de salud. Con esta nueva modalidad de régimen subsidiado, se dispone que las EPS pueden administrar tanto el régimen contributivo como el subsidiado, lo que supone que las ARS desaparecerían como tales y tendrían que convertirse en EPS.
También propone eliminar en dos años la integración vertical en el sistema de salud, propuesta retomada en el proyecto de ley del gobierno (el 241).
 
Más información...

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Aunque establece modificaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), el enfoque de este proyecto es buscar el fortalecimiento del ejercicio de las profesiones de salud, mediante la disposición de artículos que salvaguardan la autonomía en el ejercicio profesional; sujeta el tiempo necesario para actividades, intervenciones y procedimientos en salud a los estándares internacionales; y propone que se establezcan tarifas de honorarios mínimos, acordadas entre el gobierno nacional...

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