MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 6    NO 70   JULIO DEL AÑO 2004    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Motivación prioritaria del proyecto 241
Fortalecer financiamiento
de régimen subsidiado para
universalizar cobertura

Luz Enidia Largo Arteaga López Periodista elpulso@elhospital.org.co
En las actuales circunstancias del sistema, la meta de universalización podría tardar, por lo menos, dos lustros.
Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt
El ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt, destacó en la exposición de motivos del proyecto de ley orgánica No. 241 presentado por el gobierno nacional, la urgente necesidad de dar cumplimiento al principio rector de la cobertura universal, propuesto en la Ley 100 de 1993.
Según los cálculos del ministro Palacio, actualmente casi un 40% de la población colombiana no puede acceder a un plan básico mínimo de salud, y solo un 61,2% está cubierto por el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), correspondiendo un 35.5% al régimen contributivo y un 25,7% al régimen subsidiado, lo que indica que alrededor de un 38,8% de colombianos acceden a la red pública con los recursos de oferta en calidad de vinculados.
Afirma Palacio que por lo anterior, es necesario ampliar cobertura hasta que sea universal, con un cambio en las reglas de juego del financiamiento del sistema, para que de acuerdo con las diferentes fuentes de recursos que financian el sector se pueda brindar el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado (POS-S) a la población actualmente no cubierta, ya que con la actual estructura, y el comportamiento evidenciado en su evolución, el logro de la meta de universalización podría tardar, por lo menos, dos lustros (ver cuadro anexo comparativo).
Fortalecimiento de la solidaridad en el SGSSS: Con incremento del 1% del aporte de solidaridad de aquellos afiliados pertenecientes a los regímenes exceptuados, que igualmente están obligados a contribuir a la subcuenta de solidaridad del Fosyga. Un estimativo preliminar señala que por este concepto se incrementarían los recursos de solidaridad en un valor aproximado de $200.000 millones.
Incremento del recaudo de cajas de compensación: A la subcuenta de solidaridad del Fosyga ingresarían recursos correspondientes al incremento del 5% de los recaudos de aquellas cajas de compensación que actualmente destinan el 5%. De esta forma se unifica el porcentaje que estas entidades destinan a la financiación del régimen subsidiado.
Incremento del paripassu: Por efecto de los incrementos anteriores, es decir, en el aporte de solidaridad y en la contribución de las cajas de compensación, se produce un incremento en lo correspondiente al paripassu a cargo del Presupuesto General de la Nación, el cual se estima en $ 220.000 millones.
Fortalecimiento de la cofinanciación territorial: De otra parte, se reformula la distribución del Sistema General de Participaciones (SGP) en los componentes de la afiliación en salud de la población pobre, mediante subsidios a la demanda y el componente de prestación de servicios de salud, a partir de los actuales recursos que financian el régimen subsidiado por esta fuente de financiamiento.
Añadió el funcionario que con este esquema de financiación, la red hospitalaria pública recibirá los recursos provenientes de los contratos de administración del régimen subsidiado que obligatoriamente las administradoras del citado régimen deben contratar en los porcentajes que de acuerdo con los niveles de atención tiene previstos la Ley 715 de 2001.
Cuadro comparativo de financiamiento del POS-S Palacio Betancourt concluyó afirmando que si se parte de que la población afiliada al régimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud y a los regímenes excep-tuados es de aproximadamente 15 millones, se estima que la población por cubrir en el régimen subsidiado es 30 millo-nes de personas, población que en teoría se cubriría con los recursos estimados que finan-ciarían su afiliación al régimen subsidiado, bajo el cálculo de una Unidad de Pago por Capitación (UPC) Subsidiada de $150.000 que cubriría un plan de beneficios subsidiado similar al actual, teniendo en cuenta los efectos de las economías de escala y la dispersión del riesgo que tal universalización implica.
 
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