MEDELLÍN, COLOMBIA, SURAMERICA No. 277 OCTUBRE DEL AÑO 2021 ISNN 0124-4388
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El Ministerio de Salud y Protección Social estudia la posibilidad de expedir un decreto que permita liberar parte de las reservas técnicas, que por ley deben tener las aseguradoras en salud, para de esta manera impulsar el pago de la deuda que históricamente las EPS tienen con los prestadores, y de esta forma generar mayor flujo de recursos hacia el actor del sistema que más perjudicado se vio en sus finanzas durante la pandemia del COVID-19 debido a la fuerte disminución presentada en la demanda de servicios no asociados con el coronavirus.
El proyecto modificaría el Decreto 780 de 2016 en relación con el uso, por parte de las EPS, de los recursos que tengan invertidos en títulos de deuda pública interna, títulos de renta fija y depósitos a la vista, que forman parte de la reserva técnica, para esto se adicionaría un artículo que señala: “La Superintendencia Nacional de Salud podrá ordenar a las Entidades Promotoras de Salud el uso de los recursos que tengan invertidos en depósitos a la vista, títulos de renta fija, títulos de deuda pública interna o carteras colectivas abiertas, que respaldan sus reservas técnicas, de acuerdo con la edad y monto de la cartera. Los recursos deberán ser utilizados para disminuir las cuentas por pagar por servicios y tecnologías en salud, que se encuentran registrados como reserva técnica…”. Dentro de las condiciones para hacer efectiva la acción de la Supersalud se indica:
El ministerio ha señalado en los considerandos del proyecto, que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud “requieren un flujo de recursos que les permita responder ante la demanda de servicios de salud para garantizar la oportuna y adecuada prestación y suministro de los servicios y tecnologías en salud a la población…” de ahí que sea necesario habilitar mecanismos “excepcionales” que les permitan a las EPS utilizar las reservas técnicas en el pago de las cuentas por pagar que se financian con la UPC.
Y este planteamiento es compartido por los prestadores del país, públicos y privados, coo lo señala la doctora Olga Lucia Zuluaga, directora ejecutiva de ACESI, que aglutina a los hospitales públicos. “Las dificultades cada vez más crecientes en el flujo de recursos hacia los hospitales ha llevado a un incremento en la cartera, por eso que la Superintendencia tenga la posibilidad de utilizar las reservas técnicas de las EPS que han incumplido los acuerdos de pago realizados incluso en las mesas de conciliación con la misma Supersalud, permitiría evitar lo que hoy se está generando, y es que varias EPS hacen descuentos injustificados, glosas anticipadas a los prestadores, y otras estrategias que tienen el propósito de cumplir con el margen de solvencia y el patrimonio mínimo”. Para las IPS el decreto permitiría que recursos que son fundamentales para el funciinament5o del sistema dejen de estar en reservas, y sobre todo, en un momento en el que los prestadores tienen serias dificultades para prestar el servicio por el no pago de las EPS.
Si bien el proyecto parte de una lógica absoluta, algunos analistas creen que la medida podría no ser necesaria si se apicaran otras alternativas desde la norma que permitirían mejorar el flujo de recursos. El doctor Luis Enrique González Duran, asesor de reservas técnicas y actuario, señala que las reservas técnicas cubren los pasivos de las EPS, y están en relación con el tiempo, por lo tanto constituyen un “colchón” para 36 meses y de ahí que tomar una reserva de largo plazo y pasarla a corto plazo no tendría sentido actuarialmente.
“La Supersalud, todos los meses le solicita a las EPS la data relacionada con el detalle de facturas radicadas, en un periodo de tiempo. Es decir, que el ente regulador conoce si una factura está pendiente por pagar, el estado de la misma, si existe glosa y si hubo una conciliación. Dado este elemento, debería salir de Supersalud el valor que la EPS tiene con dicho prestador y enviar ese pago a máximo 45 días. La Supersalud podría servir de “conciliador” para que se efectué el pago”. Y agrega: “Si lo que se pretende es producir un flujo de caja y mitigar la eterna deuda existente con los hospitales e IPS privadas, esto es posible, y es un gran avance para evitar la quiebra de los mismos, pero podría ayudar más generando los mecanismos para la agilización del pago de la prestación más reciente, de 36 meses hacia atrás, y se haga efectivo dicho pago por parte de las EPS”.
Gustavo Morales Cobo, presidente ejecutivo de ACEMI considera que de expedirse este decreto, se borrarían todos los esfuerzos que ha hecho el gobierno y el sistema de salud para fortalecer técnica y financieramente a las aseguradoras: “sometiéndolas a reglas prudenciales que garantizan su solidez a la par con los mejores estándares internacionales”.
Para las EPS se pondría en riesgo la estructura financiera de las aseguradoras y del mismo SGSSS al desconocer el régimen prudencial que deben cumplir las EPS para garantizar su cabal funcionamiento. “Las EPS desde 2014 iniciaron un proceso de reorganización y fortalecimiento financiero que ha implicado ajustes, procesos retadores de capitalización a lo largo de los últimos siete años”, pero también agrega Morales frente a la motivación del proyecto: “los ciclos de pago de las facturas en el sector, en sincronía con la dinámica de liberación y constitución de las reservas, corresponde a análisis técnicos, conforme a requisitos establecidos en las normas del sector y no solamente a criterios de liquidez, edad y monto de las carteras, … es decir, el documento soporte del proyecto desconoce el proceso para el análisis de las facturas a pagar y la discusión histórica que se ha presentado en conciliación de la cartera entre agentes, tema excesivamente técnico y regulado, que no se soluciona ordenando pagar facturas con cargo a recursos que garantizan la estabilidad financiera de todo el sistema”.
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