MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 14    No. 168  SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

   
Ya son 20 años de la tutela:
uso efectivo en salud

Sandra Patricia Parra García - Periodista - elpulso@elhospital.org.co
La tutela es el mecanismo más efectivo utilizado por los colombianos para hacer valer sus derechos en salud. En 20 años del uso de la tutela, el derecho a la salud es uno de los más invocados: su punto máximo fue en 2008, cuando fue el derecho más solicitado en estas acciones (41,5%). En los 20 años del uso de la tutela se interpusieron 3'321.457 acciones, con aumento del 3.377%. En 1992 por cada 10.000 habitantes se presentaron 3 acciones y en 2011 aumentó a 88. Las tutelas que invocan el derecho a la salud son el 26,14%, más de la cuarta parte del total de tutelas registradas desde 1992. El mayor número se registró en 2011, con 405.659 (0,49% más que en 2010). Antioquia, Valle, Santander, Atlántico y Bogotá, concentraron más de la mitad de tutelas interpuestas.
En 400 municipios, el derecho a la salud es el más invocado. En Colombia se interponen 23,01 tutelas en salud por cada 10.000 habitantes y en 13 departamentos el indicador fue superior. El 84,4% de las decisiones judiciales en primera instancia favorecen a tutelantes que invocan el derecho a la salud. A partir de la Sentencia T-760/08 se invoca menos en la tutela el derecho a salud en conexidad con otros derechos fundamentales, ya que reconocen su carácter fundamental autónomo; más la Sentencia T-760 sólo tuvo efecto en reducción de tutelas los 2 primeros años, pues en 2011 aumentaron 12,11%.
En 2004, estudio de la Defensoría del Pueblo demostró que más del 60% de las personas reclamaba medicamentos, tratamientos, procedimientos y servicios de salud incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS), pero que las EPS reiteradamente los negaban pese al pago previo con la Unidad de Pago por Capitación. Desde entonces elabora estudios anuales de obligatoria consulta para actores del sistema, que permiten buscar mejorar el mismo, replantear controles, establecer medidas y plantear reformas estructurales.
Ante la negación de lo POS que incrementó las tutelas en salud, la Corte Constitucional expidió la Sentencia T-760/08, y entre sus órdenes, exigió informes anuales de las EPS sobre las negaciones, que según la Defensoría no se han cumplido, a pesar de continuos requerimientos de la entidad al Ministerio de Salud para que exija a las EPS entregar informes completos y verídicos (este año no ha respondido el requerimiento). Con la expedición de la Sentencia T-760 se esperaba que las tutelas a nivel global disminuyeran y aunque en los dos años siguientes hubo leve disminución, ello no se reflejó en las cifras globales, ya que otros grupos como desplazados y ciudadanos próximos a pensionarse, interpusieron acciones de tutela para reclamar sus derechos. Así, en las cifras del 2011 se observa reactivación de las tutelas en salud, a pesar de las medidas de la Comisión de Regulación en Salud (CRES) y el Ministerio para cumplir las órdenes de la Corte.
Salud: derecho autónomo
Con la Sentencia T-760 y la jurisprudencia, la Corte Constitucional reconoce el derecho a la salud con el carácter de derecho fundamental autónomo, aclarando que esto no implica que todos los aspectos cobijados por éste sean tutelables, dado que los derechos no son absolutos, pueden estar restringidos por criterios de razonabilidad y proporcionalidad fijados por la jurisprudencia. También reconoce que el acceso al servicio de salud, contemplado en los planes obligatorios, es un derecho fundamental autónomo; de ahí que la negación de los servicios de salud contemplados en el POS es una violación del derecho fundamental a la salud, siendo por tanto una prestación exigible y justiciable mediante la acción de tutela. Igualmente, la Corte Constitucional señala que la acción de tutela es el medio judicial idóneo para defender el derecho a la salud. Ante el abandono del Estado y de sus instituciones, y siendo latente la amenaza a este derecho, el juez debe hacer efectiva su protección mediante la acción de tutela.
“Mantener la tutela sin modificaciones ni límites”
El defensor del pueblo saliente, Vólmar Pérez, afirmó: “Son 20 años de uso efectivo de la tutela y de lucha para no permitir que se desmejore; hay que establecer mecanismos para lograr que las sentencias sean cumplidas sin dilaciones ni demoras y que estas decisiones no sean burladas por ningún actor afectado en las sentencias. Es necesario mantener la acción de tutela sin modificaciones ni límites. (…) La credibilidad de esta acción sigue en aumento y los más de 3 millones de tutelas interpuestas durante este período son la muestra fehaciente de que seguirá siendo el mecanismo más efectivo utilizado por los colombianos para la protección de los derechos humanos” .
   
Recomendaciones para disminuir tutela en salud
La Defensoría del Pueblo recomienda: apremiar al Congreso de la República a reglamentar el desacato, para incluir sanciones severas y evitar incumplimiento de fallos de tutela; instar al gobierno a fortalecer la Supersalud para hacer seguimiento a la unificación del POS, y considerar independizarla del Ministerio de Salud; urgir al Ministerio a diseñar un sistema de información para actualizar automáticamente bases de datos del BDUA, para evitar duplicidades; exhortar al Ministerio a extender la exoneración de copagos y cuotas moderadoras a los vinculados, igual a la de usuarios del nivel I del Sisbén, para preservar la equidad frente a población vulnerable; apremiar al Ministerio a agilizar la reglamentación de la Ley 1438/11, evitando negaciones en acceso a servicios.
Asimismo: Solicitar a la Contraloría que establezca si las EPS recobran del Fosyga las solicitudes POS, dado su gran número en las tutelas, e investigar los casos; exhortar a Supersalud a adoptar medidas ejemplarizantes en entidades que vulneren reiteradamente el derecho a la salud, especialmente las que nieguen contenidos del POS, e instarle a cumplir la Ley 1122 en lo referente a reglamentación del Defensor del Usuario en Salud.
Además, solicitar al Consejo Superior de la Judicatura y a la Procuraduría que investiguen jueces que no hagan seguimiento a fallos de tutela e incidentes de desacato; exhortar a la CRES a incorporar al Plan de Beneficios las negaciones No-POS más reiteradas en 2011 y que en virtud del principio de equidad fije más categorías para el pago de copagos y cuotas moderadoras, proporcional a la capacidad de pago de los cotizantes; y exhortar a las EPS a cumplir su obligación legal de garantizar la prestación de servicios del Plan de Beneficios y el decreto antitrámites sobre oportunidad en el otorgamiento de citas médicas.
 
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