MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 54   MARZO DEL AÑO 2003    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Decreto 027: Dolor de cabeza

para municipios descentralizados
Representaría una amenaza que los puede empujar de nuevo a la centralización.
Diana Isabel Quintero Restrepo Periodista, Medellín elpulso@elhospital.org.co

Gran polémica ha causado entre los municipios descentralizados el Decreto 027 del 10 de enero de 2003, reglamentario de la Ley 715 de 2001, presentado por el Ministerio de Protección Social como una medida para evitar el despilfarro y mejorar la atención a la población más pobre del país que todavía no ha ingresado al régimen subsidiado (los llamados vinculados), y que define las condiciones para que los municipios que se descentralizaron antes del 31 de julio de 2001 puedan seguir manejando autónomamente los servicios de salud.
El decreto en cuestión determina por ejemplo, que dichos municipios deberán tener organizada y en funcionamiento la Dirección Local de Salud bajo la figura jurídica y administrativa que autónomamente hayan adoptado, y garantizar que cuentan con la capacidad técnica, administrativa y financiera para seguir administrando los recursos para la atención a dicha población. En los municipios que incumplan la disposición, será el respectivo departamento el que asuma la responsabilidad de gestionar y administrar los recursos.
De esta forma, solo las localidades que cumplan con estos requisitos, tendrán vía libre para que los alcaldes puedan contratar con instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), públicas o privadas, la atención de la población pobre en materia de servicios del primer nivel de complejidad. La norma señala que en ningún caso la ejecución de los recursos podrá efectuarse por transferencia directa y que en la prestación de servicios deberán estar articuladas las IPS públicas del municipio con las de la red departamental.
Es radical y centralista: Cosesam
El decreto 027 de 2003 es para la Corporación Colombiana de Secretarías y Distritos de Salud -Cose-sam- motivo de preocupación. Según Julio Alberto Rincón, director ejecutivo de la entidad, "es verdad que el gobierno tenía que reglamentar un mecanismo de seguimiento a los municipios descentralizados, pero esperábamos que fuera un proceso de mejoramiento, en el que se evaluaran los municipios, se identificaran sus fallas y éstos se comprometieran a continuar con sus funciones, y si después de un período de acompañamiento el municipio fallaba, pues ya había que tomar otras medidas diferentes. A cambio de eso, se estableció un mecanismo de evaluación que todavía no está reglamentado, y que es muy radical"
Y reitera: "yo veo una amenaza porque recuérdese que muchos departamentos del país nunca quisieron certificar municipios, como Cundinamarca y Boyacá, que aplicaron todos los mecanismos posibles para no permitirlo. Toda evaluación depende de quien la aplique. No compartimos esta sanción drástica en la que te evalúan y pierdes la evaluación porque el evaluador decidió que la perdieras y te quita la competencia".
El doctor Rincón finaliza anunciando que le plantearán al gobierno nacional que ésta no es una forma de fortalecer las democracias locales y la descentralización, que es lo que en cierta forma plantea el Plan de Desarrollo, sino que es una medida con la que se centralizarían nuevamente los recursos en los departamentos.
¿Motivos técnicos o políticos?
El experto y consultor Iván Jaramillo Pérez, señala que para el año 2002, según la distribución de recursos del CONPES 57, había en el país 493 municipios certificados que recibían recursos directamente de la Nación para operar el primer nivel de atención, que cubrían así 31.2 millones de personas equivalentes al 72% de toda la población, y manejaban $281.200 millones, correspondientes al 73% de los recursos de oferta asignados al primer nivel, por parte del Sistema General de Participaciones.
Según el analista, "es evidente que el manejo de los recursos del sector salud se ha convertido en motivo de lucha entre las entidades territoriales y la Nación, dado el poder político que esto genera, y la Ley 715 debió dirimir quién se quedaba con qué, otorgando a los municipios el manejo de todo el régimen subsidiado y a los departamentos la red de servicios. No obstante, surgió un problema: ¿Cómo revertir la descentralización del primer nivel de atención que estaba en un 73% a cargo de los municipios, luego de 10 años de un difícil proceso de certificación y cumplimiento de requisitos?".
Ante esto, el doctor Jaramillo afirma que "el Congreso tomó tres decisiones. Primera: la descentralización municipal se mantiene, pero sobre todo para manejar el régimen subsidiado.
Segunda: no se podrá continuar la descentralización de servicios en los 600 municipios que no lo habían hecho.
Tercera: Los 493 municipios que ya manejaban el primer nivel lo conservan pero deberán probar cada año en un examen que sí lo hacen bien", (según el decreto 027).
Además, argumenta, "este decreto no determina estándares e indicadores de buen desempeño, y al parecer deja los juicios en manos de los departamentos que no se sabe cómo los emitirán, sabiendo de antemano que el proceso implica lucha, confrontación y negociación política entre las partes". Por ello, queda entonces el interrogante: ¿la recentralización se hará por motivos técnicos o políticos?
El caso de Cucunubá
El municipio de Cucunubá, en Cundinamarca, es un verdadero ejemplo de persistencia. Por Ley 715 había quedado como no certificado, pero demandó ante la Corte Constitucional y logró convertirse en descentralizado, aunque solamente asumió los servicios de salud en diciembre de 2001.
Según Blanca Rocío Castellanos, Directora Local de Salud de Cucunubá, como el decreto 027 obliga a los municipios a hacer contratación de prestación de servicios con IPS públicas o privadas, y en el caso de ellos la única IPS que funciona allí es la municipal, entonces "no tendríamos con quien hacer contrato porque sería con nosotros mismos. En consecuencia, nos plantea la posibilidad de convertirnos en una Empresa Social del Estado (ESE), pero implicaría generar muchos gastos de tipo administrativo para desarrollar los mismos servicios que venimos prestando hasta ahora, porque el decreto dice que el municipio no puede ejecutar estos recursos por transferencia directa, sino contratar".
Y agrega: "analizando la Ley 715 vemos que paradójicamente, está un poco en contra de la ley, que nos dice que estos recursos deben ser destinados para el pago de las prestaciones sociales del personal de salud que atiende a la población pobre en lo no cubierto. Ese es el dilema que tiene nuestro municipio, estamos esperando la respuesta del Ministerio a una comunicación que le enviamos, porque si damos cumplimiento total tampoco podríamos ejecutar directamente el 4.01% del régimen subsidiado destinado a promoción y prevención. La medida también iría en contra de la Ley 617, que dice que no se deben crear otros centros que presten las mismas funciones, porque iría en detrimento del gasto público y en contra de la política del Señor Presidente de la República, que es de austeridad".
Concluye la señora Castellanos, afirmando: "Queremos que se revise este decreto". Y anuncia: "La Federación Colombiana de Municipios presentará una propuesta al Ministerio de Protección Social para hacerle un cambio".
Otros artículos...
El nuevo Ministerio de la Protección Social
Metas en salud 2003
Se conservó visión de un niño con termoterapia transpupilar láser
Juan Luis Londoño de la Cuesta: Un buen colombiano
Salud solidaria De las seudo-cooperativas y otras especies
Seguro Social condiciona contratación de servicios a IPS
Informe para el sector salud Las negociaciones de Colombia en el ALCA
Hospital de Caldas En “estado crítico por reestructuración”
¿En qué está el ejercicio de la práctica odontológica?
Según investigación de la Fundación Corona Diez años de Ley 100 y la equidad
en salud aún no aparece
Cirugía de tiroides de mínima invasión en Medellín
Hospital Universitario San Vicente de Paúl adopta guías internacionales para trauma cerebral
Adelante con los discapacitados
Decreto 027: Dolor de cabeza para municipios descentralizados
 
 



Arriba

[ Editorial | Debate | Opinión | Monitoreo | Generales | Columna Jurídica | Cultural | Breves ]

COPYRIGHT © 2001 Periódico El PULSO
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular
. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved