Ante
reiteradas solicitudes y quejas de ciudadanos para que interviniera
en defensa de sus derechos fundamentales y los de sus familias,
la Procuraduría General de la Nación realizó
un estudio en el cual corroboró situaciones irregulares
que afectan la dignidad de los usuarios del sistema de salud
en Colombia. La Procuraduría denunció los tratos
inhumanos y discriminatorios, así como las exigencias
desbordadas e inconsistentes contra afiliados a las Empresas
Promotoras de Salud (EPS), especialmente privadas.
Entre los hechos revelados por este estudio se destacan: Someter
a personas convalecientes a acudir repetidas veces a sus instalaciones
para radicar documentos y solicitar servicios, con base en normas
inexistentes o leyes derogadas; desinformar a los usuarios,
pues cada funcionario tiene versiones distintas de los requisitos
exigidos, lo que complica el acceso al servicio de salud (ni
al ministerio público se le ofreció, en muchos
casos, claridad sobre las exigencias a los usuarios, pues no
existe información unificada); trato despectivo e inhumano
a los usuarios que no corresponde a la dignidad de la persona,
pues predomina el sentido económico; inconsistencias
en sistemas de información y tardanza en la actualización
con relación a los pagos, causando tras largos y tortuosos
procesos de tramitología, que los usuarios reciban tardíamente
la atención a la que tenían derecho desde el principio;
exigir fuertes cantidades de dinero en efectivo como requisito
para recibir atención médica, especialmente en
casos de urgencias, so pena de no prestar el servicio; discriminar
a los afiliados según la categoría, brindando
atención de acuerdo con las condiciones sociales y económicas,
y no a los requerimientos médicos de cada caso particular.
La Procuraduría advirtió que siendo el derecho
a la salud un derecho fundamental por conexidad, entre otros,
con el derecho a la vida, debe ser a su vez un valor superior
que debe garantizar el Estado. Por ello envió un instructivo
al Ministerio de Protección Social y a la Supersalud,
en la que les requiere que se intensifique el control,
la vigilancia, y en caso de ser necesario, el poder coercitivo
ante las EPS, especialmente del sector privado. Señala
además que negar un servicio, medicamento o procedimiento
establecido en el Plan Obligatorio de Salud -POS-, es una clara
violación a un derecho fundamental, y recordó
que la jurisprudencia advierte que el derecho a la salud
comprende, entre otros, la protección del derecho al
diagnóstico y a la continuidad en la prestación
del servicio . |