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Los planes
obligatorios de salud cuentan con criterios explícitos,
pero también implícitos para definir si tal o
cual actividad, procedimiento o intervención están
o no cubiertos para una población en particular. Así
la edad, por ejemplo, es un criterio explícito de interpretación.
Gracias a él sabemos que el contenido de los anexos 1
y 2 del Acuerdo 029 de 2011 de la CRES está cubierto
para el menor de 18 años y el de 60 años y más
en el régimen subsidiado. Los criterios implícitos
no están expresamente escritos en el texto del Acuerdo,
pero su efecto se percibe y se aplica al momento de definir
la cobertura y la responsabilidad por ella. No podemos negar
que la denominación genérica de muchas actividades,
procedimientos e intervenciones rige en los POS, al punto que
VIH 1 y 2, Anticuerpos & * será siempre tal, independientemente
de la técnica que se utilice. De igual manera, la equivalencia
o la igualdad técnica de dos o más términos
o denominaciones es incuestionable cuando hablamos, por ejemplo,
de hemograma y cuadro hemático, parcial de orina y uroanálisis:
¡suenan distinto, pero técnicamente son idénticos! |
Radioterapia
conformacional
Desde el inició de su uso en el país,
la llamada radioterapia conformacional (o conformal) se ofrece
como un servicio por fuera de las coberturas del POS. Sin embargo,
he venido sosteniendo su igualdad técnica con la teleterapia
con acelerador lineal, simulador y planeación computarizada,
afirmación que pasaré a demostrar.
Por traer un ejemplo, el físico-médico e investigador
de la Clínica El Rosario en Medellín, Gabriel
Murcia, especialista en Protección Radiológica
de la Universidad de Buenos Aires y estudios en física
médica de la Universidad de Barcelona, miembro de Consejo
de Centro del Instituto Nacional de Cancerología (INC)
y la Fundación Santa Fe de Bogotá, en su investigación
Caracterización física y dosimétrica
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de un
sistema DMLC para uso en Radioterapia de Intensidad Modulada
(1), -de 2010, realizado en el INC-, y en otros escritos, describe
la radioterapia conformacional como aquella teleterapia o radioterapia
de haz externo, que permite administrar a la distancia, a través
de la piel del paciente, haces de electrones y de rayos X de
alta energía (de 6, 9, 12, 15 y 18 MeV, para electrones
y de 6 y 18 MV, para fotones), producidos por un acelerador
lineal, al volumen tumoral del paciente, los cuales depositan
su dosis para destruir las células cancerosas. |
Por corresponderse con
la
radioterapiaconformacional, la teleterapia
está en el POS y no se debe considerar tecnología
sustituta ni sujeta a homologación,
evaluación por CTC ni recobro.
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Esta
teleterapia utiliza computadores (con software propios del acelerador
o comunicados con él) y técnicas de imagen como
Tomografía Axial Computarizada (TAC) para definir formas,
tamaños y ubicaciones tanto de los órganos sanos
cercanos al tumor como del volumen tumoral a tratar, permitiendo
una reconstrucción tridimensional del paciente y el diseño
de la disposición de entrada de los haces de radiación
(simulación y planeación), así como su
geometría, de manera que se ajusten al tamaño
y forma del tumor con ayuda del sistema de colimadores, para
lograr tratamientos con bajas dosis en tejidos normales. También
señala como conformacional la radioterapia de Intensidad
Modulada (IMRT), de alta precisión, que permite una distribución
de dosis de radiación próxima a la forma tridimensional
del tumor mediante modulación de la intensidad en los
haces, dividiéndolos en muchos haces pequeños
y modificando la intensidad en cada uno de ellos.
Con la IMRT se limitan las dosis a los órganos normales
circundantes y en consecuencia administrar dosis más
altas al tumor, obteniendo así tratamientos más
eficaces y con menos efectos secundarios. La IMRT permite lograr
distribuciones de dosis cóncavas, pudiendo lograr altas
dosis al tumor y al tiempo bajas dosis al órgano sano
cercano. |
Teleterapia
De otra parte, la Comisión Reguladora en Salud
(CRES) presenta en un glosario en su web, la teleterapia como
procedimiento para el tratamiento de tumores que utiliza
una fuente de radiación que se coloca por fuera del
cuerpo (2).
Y define la teleterapia con acelerador lineal hasta 10 MV,
con simulador y planeación computarizada (Tipo I),
como procedimiento para tratamiento de tumores que utiliza
una fuente de radiación de alta energía que
se coloca por fuera del cuerpo (teleterapia) con capacidad
de emitir hasta 10 MV (medida de la energía) para el
tratamiento de un tumor
En este procedimiento previamente
se utiliza un equipo especial de tomografía para obtener
imágenes en varias dimensiones para localizar el tumor
que debe ser tratado y planear por medio de programa de computador
especializado la ubicación, profundidad, dosis de irradiación
y protecciones para tejidos sanos (simulador y planeación)
(3).
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Se aclara
que tal procedimiento está cubierto por el POS
contributivo. En el POS subsidiado cubre a los menores de 18
años, a los 60 y más años de edad, o en
caso de asociación con enfermedades de alto costo
(4).
La definición de teleterapia con acelerador lineal mayor
de 10 MV, se realiza en los mismos términos arriba escritos,
pero ajustando lo dicho sobre la capacidad de emisión
a más de 10 MV.
Finalmente, el Acuerdo 029/11 incluye entre los códigos
CUPS cubiertos por el Plan Obligatorio de Salud (POS), los comprendidos
del 922100 al 922503, que identifican las distintas modalidades
de teleterapia.
Entre las modalidades de teleterapia incluidas en el POS está
aquella que utiliza, en reemplazo de la bomba de cobalto el
acelerador lineal de electrones como fuente de radiación,
incluido en la cobertura del POS por el Acuerdo 226/02 del Consejo
Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS),
por
significar una mejor calidad de atención para los pacientes
según conceptos técnicos emitidos por expertos
(5), y no producir su costo de uso un
desequilibrio
financiero respecto a recursos de la UPC (6), dada su
costo efectividad demostrada en el estudio correspondiente realizado
por el INC.
La teleterapia con acelerador lineal incluida en el POS, se
mueve en un amplio rango energético que va desde menor
o igual a 10 megavoltios (MV), a mayor de 10 MV. Las modalidades
de teleterapia con acelerador lineal pueden incluir uso de simulador
y de planeación manual o computarizada. Sus combinaciones
determinan su clasificación en 4 tipos, siendo el Tipo
I el que corresponde a la que utiliza simulador y planeación
computarizada. Son Tipo I los CUPS 922401, 922405, 922409, 922413,
922417, 922421, 922425, 922429, 922433 y 922437.
Evidentemente, la descripción técnica hecha por
Gabriel Murcia de radioterapia conformacional, incluida la IMRT,
corresponde exactamente a la definición de teleterapia
con acelerador lineal con simulador y planeación computarizada
dada por la CRES en su página oficial, lo que las hace
técnicamente iguales y determina que esté incluida
en el POS y no se le pueda considerar como tecnología
sustituta, no debiendo estar por ello sujeta a homologación,
evaluación por Comité Técnico Científico
(CTC) ni recobro 6
Notas
1. http://www.bdigital.unal.edu.co/5112 /1/GabrielMurciaCanon.2011.pdf.pdf
2, 3 y 4. http://www.cres.gov.co/pospopuli /Glosario/tabid/738/Filter/T/Default.aspx
5 y 6 Acuerdo 226 de 2002 del CNSSS, Por el cual se incluye
el uso de una tecnología dentro de las prestaciones que
componen el Plan Obligatorio de Salud, considerandos. |
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