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En carta dirigida a la ministra de Salud y Protección
Social, Beatriz Londoño, la Asociación Colombiana
de Hospitales y Clínicas (ACHC) rechazó el proyecto
de decreto que reglamenta la estrategia de Atención
Primaria en Salud en el componente de servicios de salud,
mediante las herramientas de Redes Integradas de Servicios
de Salud (RISS) y Equipos Básicos de Salud, por considerar
que aparte de no ceñirse al espíritu original
de la norma (Ley 1438/11), desconoce la actual realidad
del sistema de salud y muy especialmente la condición
fallida de ese mal llamado esquema de aseguramiento.
El director de la ACHC, doctor Juan Carlos Giraldo Valencia,
recordó que el asunto de las Redes Integradas
de Servicios de Salud -RISS- fue uno de los puntos de debate
más difíciles del proceso legislativo que condujo
a la expedición de la Ley 1438.
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Las
posiciones encontradas en el Legislativo, en el Ejecutivo y
en el sector, se resolvieron (aparentemente) mediante los siguientes
conceptos:
1) La función de coordinación y habilitación
de las redes debe ser reglamentada por el gobierno nacional.
2) La organización, conformación y articulación
de la red se debe hacer como una coordinación entre entidad
territorial y EPS a través de los Consejos Territoriales
de Seguridad Social en Salud -CTSSS-. 3) En el contexto de las
RISS, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS-
en ejercicio de su autonomía deben determinar la forma
de integración y la adecuada figura jurídica para
asociarse y obtener eficiencia respetando la libre competencia.
Consejos Territoriales: relevados de
su función
Explica el doctor Giraldo Valencia, que al analizar
el proyecto de decreto, se encuentra sin embargo que el gobierno
nacional decidió dejar en cabeza de las EPS la función
completa de regulación, y dentro de ésta incluyó
la selección y determinación de las IPS y proveedores;
es decir, también la función de conformación
de las RISS. Derivado de lo anterior, el papel de las entidades
territoriales en este proyecto pasa a ser, en consecuencia,
algo marginal. Así, la fundamental labor
que deberían desempeñar los CTSSS -atributo legal
conferido por la Ley 1438- se convierte por este decreto en
algo formal: simplemente el de depositarios periódicos
de los informes de actividades de las otras instancias.
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La ACHC llamó
al gobierno a
no continuar con reglamentaciones
o intervenciones que empeoren los
problemas actuales del sistema de salud,
como sucedería de seguir su curso el
proyecto de decreto de las RISS.
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Subordina
IPS y Consejos Territoriales a las EPS
Señala el doctor Giraldo Valencia: Además,
de las IPS y sus posibilidades para asociarse, ser integradores,
operadores de la red y ser la alternativa de gestión
real del sistema, en el proyecto de decreto no se dice nada.
Por lo tanto para el sector hospitalario la conclusión
es evidente: el Ministerio de Salud y Proteccion Social reglamenta
el capítulo II de la Ley 1438 con un voto de confianza
total hacia la figura de las EPS, subordina a los Consejos Territoriales,
entes territoriales e Instituciones Prestadoras de Servicios
de Salud a los mandatos y formas de organización de las
entidades aseguradoras.
Por último, la misiva señala: Es un verdadero
contrasentido que en momentos que el sistema contempla que cerca
de 20 millones de personas están afiliadas a través
de Entidades Administradoras de Planes de Beneficios que están
siendo intervenidas, liquidadas o bajo medidas cautelares como
la vigilancia especial, se decida confiarle a esas mismas entidades
y a las restantes -la mayoría de las cuales hacen pasar
serias dificultades a la población y amenazan la supervivencia
de hospitales y clínicas- la regulación y conformación
de las Redes Integradas de Servicios de Salud.
Y concluye con un llamado al gobierno: Esperamos señora
Ministra que usted y su equipo técnico puedan reflexionar
en consecuencia y decidan hacer el cambio de sistema que resuelva
los problemas actuales y no continuar con reglamentaciones o
intervenciones que los empeoren, como sucedería de seguir
su curso el proyecto que nos ocupa. |
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