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Ley Estatutaria debe garantizar
el goce
efectivo del derecho a la salud
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Convertir en realidad
el derecho a
la salud, es el gran reto: Jaime Gañán
María
Carmenza Gómez Fernández - Periodista elpulso@elhospital.org.co
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Normatividad
como la Ley 100/93, 1122/07, la 1438/11 y otros decretos,
se pueden revisar a la luz de la Estatutaria. Jurídicamente
es una posible inconstitucionalidad sobreviniente. Esto es:
como la Estatutaria es parte de la Constitución, las
normas anteriores que vayan en contra de ella pueden ser declaradas
fuera del ordenamiento jurídico o inconstitucionales
o condicionarlas.
Dr. Jaime Gañán
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EL PULSO
consultó al constitucionalista Jaime Gañán,
miembro de la Comisión de Seguimiento a la Sentencia
T-760/08 y de Reforma Estructural del Sistema de Salud (CSR),
que participó en la elaboración de otra propuesta
de Ley Estatutaria en Salud, para conocer su análisis
preliminar sobre las implicaciones de esta Ley.
- A propósito de la Ley Estatutaria en Salud recién
sancionada, ¿cuáles son las implicaciones a la
vista, a grosso modo? |
Hay dos puntos
diferentes pero articulados. El primero: la ley reconoce formalmente
la salud como un derecho humano fundamental y autónomo
en lo individual y lo colectivo, lo cual es un gran avance histórico,
jurídico, social, si se tiene en cuenta que este es un
derecho de los llamados 'programáticos'. Por lo tanto,
convertirlo en un derecho fundamental es algo importante.
El segundo aspecto es que no sólo basta con afirmarlo,
sino garantizarlo en la práctica. |
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Cumplirlo
significa que tengamos un modelo diferente, un modelo inclusivo,
un modelo que permita realmente el acceso efectivo al servicio
de salud. Como consecuencia de esto hay que decir que, si bien
el derecho siempre se fundamenta en la realidad -porque es inherente
a la persona-, independientemente que lo diga una norma o la
Constitución o los tratados, si no se cambia la mentalidad
de lo mercantil a lo humano, a lo social, a los valores, a los
principios, no estamos haciendo nada. Siendo un gran avance
tal declaración, es un avance que requiere que se haga
real y efectivo en la práctica el acceso para que realmente
sea fundamental, sino sigue siendo solo una norma escrita.
- Muchas cosas sólo se logran por ley. ¿Qué
tendría que hacer el ciudadano para que el derecho a
la salud le sea garantizado? |
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Debemos apersonarnos
de que ese
discurso se convierta en realidad, que sea garantizado
el derecho y el acceso, que no solo sea para tutelas sino
para
recursos, justiciabilidad, garantías, que no puedan
limitarse en estados de excepción, que sea de aplicación
inmediata, que el plan de beneficios sea integral.
Dr. Jaime Gañán
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Para
mí el derecho a la salud ha sido fundamental desde siempre,
así lo hemos tratado. La Ley Estatutaria lo que ha hecho
es formalizarlo. ¿Con eso qué se gana? Por lo
menos que cuando se vaya a tutelar o a hacer alguna acción,
por lo menos ya nadie puede decir que no es fundamental, sino
mirar si se está violando o no. Pero en lo macro he sentido
que la fundamentalidad ha sido más simbólica,
más discurso que realidad. Ante esto debemos apersonarnos
de que ese discurso se convierta en realidad, que sea realmente
garantizado el derecho y el acceso, que no solamente sea para
tutelas sino para recursos, para justiciabilidad, para garantías,
que no puedan ser limitados en estados de excepción,
que sea de aplicación inmediata, que el plan de beneficios
sea realmente integral.
Es decir: La Ley Estatutaria nos permite repensar cuál
puede ser la vía para que la salud sea un derecho fundamental,
pero reitero que la fundamentalidad la teníamos desde
antes y como país en general no habíamos hecho
nada. Mientras el modelo siga siendo el que es, difícilmente
la ley puede hacer cambiar eso, porque en la Constitución
ya lo teníamos y ésta no pudo hacer que cambie,
y una ley tampoco. La fundamentalidad está es en la esencia
de los principios de solidaridad, de pro homine, de dignidad
humana.
- De ahora en adelante, ¿el que exista la Ley Estatutaria
en Salud obliga a que toda la reglamentación sobre salud
esté ajustada a dicha ley?
Diría que hay tres ganancias grandes con la Ley: una,
que se formalizó el concepto por lo menos; dos, que no
solamente las normas que salgan -que lo dijimos dicho hace mucho
tiempo-, tienen que ser normas articuladas a la Ley Estatutaria,
ya no puede salir cualquier ley ordinaria o cualquier decreto
sin este prerrequisito. Pero también la normatividad
existente, como la Ley 100/93, la 1122/07, la 1438/11 y otros
decretos, se pueden volver a revisar a la luz de la Ley Estatutaria.
Eso es importante, jurídicamente se llama una posible
inconstitucionalidad sobreviniente; esto es: como la Estatutaria
es parte de la Constitución, las normas anteriores que
vayan en contra de ella pueden ser declaradas fuera del ordenamiento
jurídico o inconstitucionales o condicionarlas.
Tres, la otra ganancia de la Ley Estatutaria son los principios,
que cuando desde la CSR presentamos nuestra propuesta los incluimos,
y en la Ley sancionada quedaron la gran mayoría; es volver
a decirle a la gente que esos principios existen y son para
cumplirlos. |
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Si no se
cambia la mentalidad de lo mercantil
a lo humano, a lo social, a los valores, a los principios,
no
estamos haciendo nada. Siendo un gran avance la Ley,
es un avance que requiere que se haga real y efectivo en
la práctica el acceso para que realmente
sea fundamental.
Dr. Jaime Gañán
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Pero
igualmente nos preocupan otras cosas de la Ley, como lo de la
integralidad de los beneficios y las exclusiones. El gobierno
quiere seguir con los copagos para las exclusiones a través
de otras normas. Es muy preocupante
¿Por qué
seguir con la mentalidad del aseguramiento y de lo mercantil,
y que la gente tenga que pagar copagos y lo No-POS? Cuando el
No-POS y los copagos se tutelan es porque hacen parte de la
salud integral, por lo tanto debería tener la misma vía
de lo POS y no tener esos copagos. Por ejemplo: un tratamiento
que exija copagos muy costosos a aquellas personas que ganan
menos de un mínimo, dificulta el acceso al derecho fundamental
a la salud. Ahí es donde tendría que haber fondos
solidarios para permitir que esta persona pueda tener ese acceso,
pero por vía de solidaridad real, no solamente económica.
- ¿Cómo presionar al gobierno para que reglamente
rápidamente la Ley Estatutaria?
Tiene que ser a través de la movilización social
de las organizaciones, de las acciones de las personas. Seguramente
las tutelas basadas en la nueva Ley Estatutaria van a tener
una connotación diferente. Así como los jueces
hicieron que a través de la tutela entendiéramos
un Derecho diferente, seguramente con la fundamental vamos a
tener un Derecho diferente, basado en ella.
- Esta Ley Estatutaria mantiene el actual sistema de salud
La propuesta aprobada habla de un sistema de salud, en la nuestra
no hablábamos de sistema como lo concibe la Estatutaria,
de que hay que tener autorizaciones en algunos servicios de
los gestores o las entidades que estén articuladas, lo
cual significa que hay intermediarios. En una Ley Estatutaria
general no debería haber intermediarios. Reitero la necesidad
de un modelo diferente en salud, hecho concertadamente pero
bajo un esquema distinto al actual, porque el que hay ahora
mantiene el flujo de recursos por intermediación, y eso
es muy complicado. |
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en el bloque de ... |
El
lector debate
En esta sección publicamos aportes al tema de Debate de EL PULSO
en abril de 2015, sobre implicaciones de la Ley Estatutaria
en Salud, de nuestros lectores en Facebook (periodicoelpulso)
y ...r |
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