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Más propuestas
y acciones para resolver
crisis financiera en salud
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PAIS: Puente entre SGSSS
(Ley 100) y Sistema de Salud (Ley Estatutaria y PND)
Olga
Lucia Muñoz López - Periodista - elpulso@sanvicentefundacion.com
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La Política
de Atención Integral en Salud -PAIS- propone un marco
estratégico y un modelo operacional para la transición
del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) creado
por la Ley 100/93, a un Sistema de Salud definido por lineamientos
de la Ley 1751/15 (Estatutaria en Salud) y la Ley 1753 (Plan
Nacional de Desarrollo PND 2014-2018), que centra la acción
de salud en las personas a nivel individual, familiar y colectivo,
y no en agentes del sistema de seguridad social como aseguradores
(EPS) y prestadores (IPS). La PAIS se convierte así,
en el puente entre seguridad social y Sistema de Salud. |
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Al SGSSS se le hicieron
ajustes con las leyes 1122/07 y 1438/11, pero conservando siempre
la estructura inicial. En 2015 la Ley Estatutaria en Salud definió
como objetivo garantizar el derecho a la salud, regularlo
y establecer sus mecanismos de protección, y el
artículo 65 del Plan de Desarrollo 2014-2018 (Ley 1753)
señala la definición de una Política de
Atención Integral en Salud. |
Avances y dificultades del SGSSS
El SGSSS estableció como objetivos centrales
la expansión de la protección financiera de
las familias ante los gastos catastróficos derivados
de los costos asociados a servicios de salud y mejoría
del acceso mediante la extensión del aseguramiento.
En 22 años alcanzó avances en protección
financiera y solidaridad en la contribución, y reducción
sustancial de brechas de inequidad. Y mientras en 1990 solo
15.7% de la población estaba asegurada, la cobertura
de seguridad social ascendió en 2014 al 96,6% (48%
de la población en régimen subsidiado, 43.6%
en contributivo y 5% en regímenes especiales).
Del SGSSS, el gobierno destaca como avances: disminución
de desigualdades (entre ricos y pobres, entre urbano y rural),
mayor aseguramiento y acceso, ampliación y unificación
del Plan Obligatorio de Salud (POS), mejores resultados
en salud, mayor inversión en hospitales públicos,
avances normativos, mejoramiento en buen gobierno y la Política
Farmacéutica fortalecida. Y entre sus dificultades,
el gobierno reconoce que el SGSSS está enfocado más
a la enfermedad que a la salud, registra alta carga de la
enfermedad, alta fragmentación o desintegración
en la atención, falla regulatoria, poca resolutividad
en los niveles primarios, inequidades en salud (regionales
y poblacionales), graves desafíos de sostenibilidad
financiera, falla de mercado por incentivos negativos entre
los agentes, y desconfianza y deshonestidad entre los agentes.
Lineamientos por Ley Estatutaria
Mientras el SGSSS buscaba atender contingencias,
la Ley Estatutaria en Salud propende una atención
integral: hizo un giro esencial cuando situó el derecho
a la salud en el ámbito del Sistema de Salud y no
del Sistema de Seguridad Social en Salud, y reconoció
su carácter de derecho social fundamental. En su
artículo 4 define al Sistema como el conjunto articulado
y armónico de principios y normas; políticas
públicas; instituciones; competencias y procedimientos;
facultades, obligaciones, derechos y deberes; financiamiento;
controles; información y evaluación, que el
Estado disponga para la materialización y garantía
del derecho fundamental de la salud.
En su artículo 2 integra los componentes colectivo
e individual de la atención en salud y sitúa
como núcleo del derecho, la igualdad de trato
y oportunidades en el acceso, con atención
continua en promoción, prevención, tratamiento,
rehabilitación y paliación para todas las
personas. Es un distanciamiento del modelo de prestación
de la Ley 100/93, donde el sujeto del derecho estaba aislado
en la cobertura de las prestaciones médicas, sin
contextualización en su integralidad ni en su interacción
con las intervenciones colectivas propias de las obligaciones
del Estado en Salud Pública.
El artículo 8 de la Ley Estatutaria obliga al Estado
a definir un modelo integral de atención, comprendido
en el ámbito de la reducción de desigualdades
y los Determinantes Sociales, al plantear que los servicios
deberán ser suministrados de manera completa
para prevenir, paliar o curar la enfermedad con independencia
del origen de la enfermedad o condición de salud,
el sistema de provisión, cubrimiento o financiación.
Y aunque mantiene los principios e instrumentos para protección
de la enfermedad, amplía el contexto de la salud
al incluir las acciones intersectoriales requeridas para
afectar los Determinantes Sociales (art. 9) y sitúa
la evaluación técnica y social del Sistema
en su efectividad para mejorar las condiciones de
salud de la población (art. 7); esto implica
reivindicar las intervenciones que propendan ganancias en
salud a través de la promoción de la salud
y la prevención de la enfermedad. Con esta visión
reafirma de manera explícita el auto-cuidado como
el primer deber de las personas y lo extiende al cuidado
de su familia y de la comunidad, e incentiva la autonomía
profesional.
Lineamientos por Plan Nacional
de Desarrollo 2014-2018
La Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018
en su artículo 65 faculta al Ministerio de Salud
para definir la Política de Atención
Integral en Salud (PAIS), dentro del marco de la Ley
Estatutaria en Salud, la cual será de obligatorio
cumplimiento para los integrantes del SGSSS y demás
entidades que ejecuten acciones en salud.
Para la definición de la PAIS se integrarán
los enfoques de Atención Primaria en Salud (APS);
salud familiar y comunitaria; articulación de actividades
individuales y colectivas; y enfoque poblacional y diferencial.
Dicha atención tendrá en cuenta las Rutas
de Atención para la promoción y mantenimiento
de la salud por curso de vida, las rutas de atención
por grupos de riesgos, el fortalecimiento del prestador
primario, la operación en Redes Integrales de Servicios,
el desarrollo del talento humano en salud, articulación
de intervenciones individuales y colectivas, desarrollo
de incentivos en salud y definición de requerimientos
de información para su seguimiento y evaluación.
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