MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 7    NO 83    AGOSTO DEL AÑO 2005    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Pasivo prestacional de las ESE: espada de Damocles
Olga Lucia Muñoz López - Periodista - elpulso@elhospital.org.co
Así, como una espada de Damocles, pende sobre los hospitales públicos del país el pasivo prestacional causado hasta diciembre de 1993, ante la no concurrencia en el pago de ese pasivo por parte de la Nación y/o entes territoriales departamentales.
La primera región en advertir el peligro fue Antioquia, donde el 30% de los hospitales públicos estaría ad portas del cierre y la liquidación antes de concluir este año, si no se consigue que la Nación asuma una obligación establecida en las leyes 60 y 100 de 1993 y 715 de 2001, alertó el doctor José Darío Rojas Estrada, director de la Asociación de Empresas Sociales del Estado Aesa-. Y como siempre, los más afectados en primera instancia serían los hospitales de primer nivel de municipios pequeños, que constituyen la única posibilidad de prestación de servicios de salud a sus comunidades; por mencionar sólo algunos, están San Rafael de Yolombó, San Juan de Dios de Cocorná, San Vicente de Paúl de Barbosa y San Rafael de Andes; pero tampoco escapan de este riesgo, hospitales de mediano nivel de complejidad como Antonio Roldán Betancur de Apartadó, La Cruz de Puerto Berrío, San Juan de Dios de Yarumal, César Uribe Piedrahita de Caucasia, San Juan de Dios de Rionegro, Francisco Valderrama de Turbo, San Juan de Dios de Sonsón, Marco Fidel Súarez de Bello; y menos aún grandes centros asistenciales como el Hospital Mental de Antioquia y el Hospital General de Medellín.
Por eso ahora, la directiva de los hospitales (muchas veces un solo médico que a la vez hace las veces de gerente: presta servicio de salud y debe administrar la entidad), empieza a enfrentar el dilema de pagar los bonos pensionales y poner en peligro de cierre su institución e ir a la cárcel por un eventual peculado, o no pagarlos e ir a la cárcel por desacato a tutelas que interpongan pensionados, mientras espera el resultado de una demanda de Aesa ante el Consejo de Estado que desobligue a los hospitales de concurrir en el pago del pasivo prestacional acumulado a 1993.
De dónde nace el problema
El gobierno nacional mediante la Ley 60 de 1993, la Ley 100 de 1993 y la Ley 715 de 2001, creó el Fondo Prestacional del Sector Salud como una cuenta especial de la Nación, para garantizar el pago del pasivo prestacional por concepto de cesantías, reservas para pensiones y pensiones de jubilación causadas hasta diciembre de 1993.
Dichas normas obligan a la Nación y a los entes territoriales a concurrir con el pago de este pasivo hasta 1993, en tanto que las nacientes instituciones (hospitales públicos transformados entonces en Empresas Sociales del Estado ESE-), se responsabilizan de afiliar a sus empleados a fondos de pensiones y cesantías, además de salud, riesgos profesionales y parafiscales, como lo han hecho desde entonces y hasta la fecha.
La concurrencia en el pago del pasivo prestacional de los hospitales públicos causado a diciembre 31 de 1993 debía ser asumida para el caso de Antioquia, por el Departamento y el Ministerio de Hacienda; para concretar esta obligación era necesario firmar unos convenios donde se establece cuánto les tocaba pagar al Departamento y a la Nación. En Antioquia no fue posible firmar estos convenios, por lo cual se hacía una preconcurrencia de pago de la Dirección Seccional de Salud de Antioquia, pero dicha preconcurrencia fue suspendida en noviembre de 2003 mediante circular de la Dirección Seccional.
Desde esa fecha, los hospitales públicos (ESE) fueron obligados a cancelar con recursos propios una deuda que no es suya, según lo estipulado en las Leyes 60,100 y 715. Esta situación se agravó con la expedición del decreto 306 de 2004 del Ministerio de Hacienda, reglamentario de la Ley 715, que modifica la ley poniendo a concurrir financieramente por primera vez en el pago del pasivo prestacional, a las ESE. Esta concurrencia en el pago asciende a unos $150.000 millones, que no están en capacidad de asumir.
La amenaza de cierre para los hospitales públicos de Antioquia se convertirá en realidad, cuando día a día cada hospital tenga que empezar a pagar los bonos pensionales de los trabajadores, los cuales son obligatorios de cancelar. Ello agravará la crisis financiera de cada uno de los hospitales, porque al asumir estos pagos se quedarán ilíquidos y con grandes problemas para continuar abiertos y prestando sus servicios a la comunidad.
¿Quién debe pagar el pasivo prestacional causado hasta 1993?
Esta es la pregunta que se están formulando todos los actores involucrados en al problemática, desde la Nación y el Ministerio de Hacienda, pasando por los entes departamentales hasta llegar a los hospitales (ESE). Y cada uno de ellos esgrime su argumento frente al asunto, buscando aclarar la normatividad jurídica al respecto para determinar cuáles son en esencia sus responsabilidades particulares en el mismo.
En el foro "¿Quién es el responsable financiero del pago del pasivo prestacional del sector salud causado al 31 de diciembre de 1993?”, organizado por la Asociación de Empresas Sociales del Estado de Antioquia Aesa- el pasado 22 de julio en Medellín, fueron presentados algunos de estos argumentos.
Ministerio de Hacienda. El doctor Jaime Abril, indicó que la Ley 60 estableció la “colaboración” de la Nación y entes territoriales en la financiación del pasivo prestacional causado a diciembre de 1993. Ahora se están actualizando financieramente esos pasivos, junto a entes territoriales y hospitales, estableciendo las obligaciones de las partes y el flujo de pagos. Según el antes Ministerio de Salud, hasta diciembre/93 se tenían 107.085 beneficiarios del pasivo prestacional, cuyo monto ascendía a $762.600 millones (a precios de 2003, $2 billones 718.000 millones), y en el cual la Nación “colabora” en promedio con el pago del 56.3%. El Ministerio recibió 22 contratos de concurrencia y se han modificado 7: a precios de 2003, la Nación ha girado $547.000 millones. En la revisión de cálculos actuariales, se identificó la aplicación errónea de normas legales o convencionales, lo que ha impedido mayor agilidad (presuntos malos manejos de recursos, convenciones colectivas aplicadas a empleados públicos, omisión de hospitales en afiliación al sistema de pensiones según Ley 100/93; y aplicación irregular de normas legales, entre otras).
Los contratos de concurrencia por suscribir son: Antioquia, Arauca, Bolívar, Boyacá, Caquetá, Chocó, Guanía, Guajira, Guaviare, Huila, Magdalena, Meta, Nariño, Putumayo, San Andrés, Tolima, Vaupés, Vichada, y hospitales de Buga, Cartago, Dagua y Sevilla. En Antioquia se digitó la información de cálculo actuarial de 10.500 beneficiarios, están pendiente El Bagre y Metrosalud, se definieron porcentajes de concurrencia para los 127 hospitales y está pendiente confirmación por parte de la Dirección de Salud.
En síntesis, la posición del Ministerio aparece inamovible, sosteniendo que en el pago del pasivo prestacional deben concurrir las Empresas Sociales del Estado ESE-, según el decreto 306 de noviembre de 2004. El gobierno reconoce lo de ley, pero no lo pactado extraconvencionalmente: de ahí otro enredo de cuánto tendría que pagar el Estado
Dirección Seccional de Salud de Antioquia. El titular de la Dirección, doctor Felipe Aguirre Arias, reconoció que el problema de los pasivos prestacionales de la red pública en Antioquia está afectando de manera importante las finanzas de la mayoría de hospitales, siendo un problema donde hay responsabilidades de los entes territoriales departamentales, municipios, las Empresas Sociales del Estado y del gobierno nacional.
“Como gobierno departamental hemos concurrido en lo que nos corresponde, pero lo que corresponde a los hospitales por el número de personas que jubilan es bastante grande; por ello es necesario que rápidamente la Nación entre a concurrir para soliviar y atenuar la difícil situación financiera de un hospital cuando salen requisitos de pensión de los trabajadores de la salud; la concurrencia pone al hospital en una situación complicada. Por eso se realizan diversos análisis y debates, para armonizar el trabajo de la concurrencia y que cada responsable con sus cuotas parte, atienda de manera oportuna los pasivos prestacionales. Antioquia tiene voluntad política para seguir concurriendo: después de la Ley 100/93 ha concurrido con todos los bonos. Antes del 2003 pagaba el 100%, aunque había una responsabilidad del gobierno nacional (que cumplía en parte) y del municipal; ahora tiene que definirse claramente a través de un estudio de concurrencias, qué responsabilidad le toca a cada actor, porque un decreto del gobierno nacional dice que los bonos se dan de acuerdo con la responsabilidad de cada ente: el departamento debe dar casi el 65% de los bonos pensionales y hasta el momento ha cumplido de manera oportuna”, señaló el funcionario.
“Deben resolver el problema quienes lo crearon: Nación y departamentos”
El consultor Iván Jaramillo Pérez explica que el problema se origina cuando se creó una situación que permitió incrementar el pasivo prestacional de los hospitales por falta de previsión de la Nación y de las entidades territoriales que han tenido a cargo los hospitales. Por ello indicó: “Desde la Ley 60/93 que creó el Fondo Prestacional, lo lógico sería que se mantuviera el sistema de concurrencia y que quienes financiaron los hospitales, les crearon las reglas de funcionamiento y le generaron un problema, deben ser los responsables de pagar las consecuencias de ese problema. Entonces, el pasivo prestacional de los hospitales, sobre todo el que se generó antes de 1993, debe continuar siendo pagado por la Nación y por los departamentos en lo fundamental. Para esa época se calculaba que la Nación financiaba con el situado fiscal el 60% de los hospitales y los departamentos 20 y 30 % con rentas cedidas: esas proporciones se deben mantener hoy para pagar pensiones y cesantías de quienes tienen ese derecho histórico”.
Y frente al decreto 306 de 2004, el doctor Jaramillo señaló: “El decreto está invirtiendo totalmente las reglas del juego, porque trata de colocarle la responsabilidad a los hospitales en el pago de todo el pasivo prestacional y de minimizar la responsabilidad de la Nación y de los departamentos. Por ello debe reinterpretarse el decreto, pero esta vez por los hospitales, si es del caso demandarlo, y establecer reglas del juego mucho más equitativas y de mucho más beneficio para la subsistencia misma de los hospitales”.
La gestión de los hospitales
Ante la amenaza que se cierne sobre los hospitales, ya se adelantan toda clase de acciones. La Asociación de Empresas Sociales del Estado de Antioquia Aesa-, en junio de 2004 interpuso un derecho de petición al Ministerio de Hacienda, solicitando precisiones frente a los alcances del decreto 306 de 2004, en el entendido de que las instituciones públicas de salud no pueden asumir pasivos o deuda alguna causados con anterioridad a la fecha de su creación (ESE en 1995), so pena de incurrir en acciones de orden disciplinario, penal y de responsabilidad fiscal.
Luego en noviembre de 2004, Aesa demandó a la Nación y al Ministerio de Hacienda ante el Consejo de Estado, solicitando una Acción de Nulidad parcial del decreto 306 de 2004, solicitando que se declaren nulas las normas referentes a considerar a las ESE como instituciones hospitalarias concurrentes u obligadas a concurrir en el pago de los pasivos prestacionales anteriores a diciembre de 1993.
El director de Aesa, José Darío Rojas, es enfático en afirmar que si antes de la Ley 100 los hospitales de los municipios dependían financieramente del Departamento y de la Nación, y asumieron hasta el año 2004 el pago de las prestaciones causadas hasta 1993, es inaudito y no tiene presentación que ahora el Ministerio de Hacienda pretenda obligar a los hospitales a concurrir en el pago de ese pasivo, y menos con un decreto que quiere pasar por sobre las leyes, sin considerar en ningún momento el efecto nefasto que eso tendría sobre la viabilidad y al supervivencia misma de los hospitales.
Desobediencia civil
Es tal la desesperación ante la crisis hospitalaria que se avecina por causa del pasivo prestacional, que en el foro de Aesa se propuso incluso que todos los gerentes de hospitales se declararan en desobediencia civil y no pagaran los bonos, hasta tanto no se aclare jurídicamente a quienes corresponde pagar el pasivo prestacional. Y la acogida a la propuesta fue unánime, incluso considerando el costo de pagar con cárcel esta conducta.
Resta esperar entonces los resultados de las acciones jurídicas que se interpusieron para cuestionar esa obligación impuesta a los hospitales, que revive dolorosamente, ese sentimiento de que los hospitales públicos no tienen dolientes y que su futuro está signado por la privatización o la desaparición.
Se preguntan los gerentes de hospitales
Luis Alberto Martínez Saldarriaga, gerente de la ESE Hospital San Rafael del municipio de Andes, señaló que el año anterior tuvo que pagar un bono pensional de $63 millones, suma superior a la nómina mensual, por lo que recurrió al apoyo de la Dirección Seccional de Salud, pero aclarando que el pago de esas obligaciones “pone en riesgo a los hospitales por una deuda que no es de nosotros (las ESE)”. Se cuestiona el gerente: “¿Puede un Decreto reglamentario (306/2004) modificar el espíritu de la Ley 715 (artículo 62), comprometiendo a los hospitales a pagar una deuda que no es suya? ¿El Ministerio de Hacienda y los entes territoriales tienen suficientes recursos para concurrir financieramente con sus obligaciones? ¿Los hospitales nos dejaremos imponer obligaciones financieras que no son nuestras? ¿Cómo quedarían los procesos de reestructuración y modernización de hospitales, cuando se les obligue a concurrir financieramente con el pasivo prestacional? Si se estima el valor del pasivo prestacional en Antioquia a 31 de diciembre de 2003 en $315.000 millones, donde a los hospitales del departamento según el cuestionado decreto 306 les tocaría pagar alrededor de $100.000 millones, ¿tendrán los hospitales de dónde pagar esta cifra? Y ante todo esto, ¿que pensarán Cosesam, la Federación Colombiana de Municipios, Acesi, y las direcciones departamentales y municipales de salud?
El gerente del Hospital del Hospital de Marinilla, Leopoldo Giraldo Vásquez, advierte que el pago de un solo bono pensional puede “matar” un hospital: “Si un hospital pequeño se ve obligado a cancelar un bono que lo deja sin presupuesto, ¿cómo va a seguir funcionando? Tiene que cerrar”.
 
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