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Reforma a la salud: ¡Un paso adelante y dos atrás!

Por: Jairo Humberto Restrepo Zea. Profesor, Facultad de Ciencias Económicas Universidad de Antioquia
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Desde el 2 de diciembre de 2020 se dio a conocer la ponencia presentada a las comisiones séptimas del Congreso, para adelantar el debate del proyecto de ley 010 sobre reforma al sistema de salud. Al parecer, por dificultades relacionadas con la alteración de la firma de uno de los congresistas, esta ponencia fue retirada y el pasado 9 de marzo se radicó un nuevo texto. Aunque desde septiembre de 2020 el gobierno nacional envió al Congreso mensaje de urgencia para tramitar el proyecto, en abril de 2021 no se había realizado el primer debate, dando cuenta de la débil gobernabilidad de la que goza el ejecutivo que no es atendido por el congreso para el trámite urgente, y de la falta de rigor del legislativo para seguir la forma en los procedimientos, y de manera especial este que abarca la complejidad del sistema de salud.

¿En qué cambia el proyecto original?

El proyecto inicial presentado con la firma de unos 90 congresistas pertenecientes a los partidos afines al gobierno, estuvo enmarcado en el ingreso de Cambio Radical a la coalición oficial, que incluyó el nombramiento de un ministro de salud presentado por este partido. El proyecto inicial constaba de doce capítulos y 68 artículos. En la exposición de motivos del nuevo proyecto se presentan unas consideraciones técnicas, basadas en la revisión de algunos estudios relativos a temas relevantes del sistema de salud, lo que no se había hecho explícito anteriormente. En cuanto al contenido, se propone eliminar 23 artículos y adicionar 20, de modo que el proyecto quedaría con diez capítulos y 65 artículos. En los demás artículos se realizan modificaciones principalmente de forma y se precisa su alcance.

El alto porcentaje de artículos eliminados (34%) refuerza la idea de una pobre preparación del proyecto. Entre los argumentos para eliminar artículos sobresale que “su alcance ya se encuentra reglamentado, “no imprime valor a la normatividad vigente”, o peor aún, que “es inconstitucional”.

En cuanto a los artículos nuevos, sobresalen trece que hacen parte de un capítulo nuevo sobre seguridad sanitaria y emergencia sanitaria. En este caso, se nota la premura por incluir temas derivados de la pandemia, y se siguen presentando textos que hacen parte de la normativa vigente o que, como reconocieron los ponentes con respecto al proyecto original, no agregan valor a las condiciones actuales.

Los principales temas en el proyecto de ley (ver cuadro)

El proyecto toca elementos sustanciales del sistema de salud, de manera especial lo relativo al financiamiento y al plan de depuración de EPS. Aunque se precisan algunos cambios, predominan declaraciones generales, aparentemente neutrales frente a la estructura y el funcionamiento del sistema.

Entre los temas relevantes que toca el proyecto, y que recogen preocupaciones aún no resueltas, se encuentra el desarrollo de un modelo de atención que responda a las expectativas y necesidades de la población, mediante la atención primaria en salud y la adscripción a un médico de familia, con un enfoque regional y el desarrollo de redes integrales de servicios.

Muchos de los temas son tratados de manera superficial y no se aclara la posible derogatoria de normas vigentes, y cabe preguntarse por su conveniencia o evaluar su viabilidad e impacto. En salud pública, el proyecto sigue quedando corto. Uno de los ajustes más llamativos es la creación del Fondo de Garantías del Sector Salud, del cual se tienen antecedentes en torno al Fosyga, pero que se propone como un ente autónomo que tal vez generaría conflictos de competencia con la Adres.

Entre los vacíos del proyecto continúa la ausencia de consideraciones sobre la gobernanza y el entramado institucional del sistema. Se mantiene la confusión que se genera a partir de la mención del sistema general de seguridad social en salud, creado en la Ley 100 de 1993, y del sistema de salud, pues en el texto se diferencian y ambos seguirían coexistiendo, a lo que se suma la enunciación de unas funciones que no tienen el mismo nivel en tanto esenciales del sistema.

Una reforma a la salud es necesaria para el país y debe recoger de manera especial las lecciones de un año de pandemia. Pero una reforma debe consultar a los actores del sistema, abordar problemas estructurales y definir con claridad los aportes de una nueva norma para el propósito de mejorar la salud de la población y garantizar el goce del derecho a la salud. El proyecto de ley 010 dista de ser una propuesta integral, no resuelve problemas centrales ni contribuye a mejorar la gobernanza del sistema de salud.




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