MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 6    NO 71    AGOSTO DEL AÑO 2004    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

Descargos en el caso de la Clínica David Restrepo
Redacción El Pulso - elpulso@elhospital.org.co
El 12 de julio de este año, la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá formuló pliego de cargos en contra de la Fundación Clínica de Maternidad David Restrepo, por presuntas fallas en bioseguridad y en la calidad de los servicios prestados a menores que fallecieron en meses anteriores por adenovirus.
El director y representante legal de la Clínica, doctor Mario Gómez Ulloa, formuló los respectivos descargos.
Al cierre de esta edición no se conocía el fallo final ni el establecimiento de posibles sanciones, que según advertía la Secretaría, podrían ir desde una amonestación y multas en dinero, hasta el cierre parcial o total de la Clínica.
Los argumentos de la Secretaría
En su pliego de cargos, la Secretaría aclaró que si bien el adenovirus es un germen que circula entre la comunidad en épocas principalmente de transición entre el invierno y el verano, “es posible hablar de un brote por esta causa

cuando los contagios se han producido al interior de las instituciones de salud, donde su letalidad puede ser muy alta, ante fallas en las precauciones basadas en la transmisión y medidas de bioseguridad, circunstancias que se están investigando en la Clínica David Restrepo”, según comunicado oficial.
El secretario de salud, doctor Román Vega, explicó que el pliego de cargos se formuló por reutilización de materiales y equipos en el servicio de terapia respiratoria, incumplimiento a normas de bioseguridad, presuntas fallas del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en la atención en salud, fallas en el diagnóstico de los menores, riesgos no atendidos en instalaciones y mantenimiento e incumplimiento parcial de recomendaciones y medidas preventivas que realizó la Secretaría Distrital de Salud.
La Secretaría de Salud anunció que “como medida sanitaria preventiva, se prohibió el ingreso de niños con patologías respiratorias al servicio de hospitalización hasta que la Clínica tome medidas correctivas”.
Descargos de la Clínica David Restrepo
El director de la Clínica, doctor Gómez Ulloa, se refirió al hecho de que la información publicada por la Secretaría de Salud respecto del caso, dio como ciertas esas presuntas fallas “y se enumeraron algunas que para quienes conozcan el manejo interno de las instituciones hospitalarias, no dejan de parecer aberrantes”.
El directivo puso como ejemplo el argumento de la Secretaría de Salud, cuando mencionó que en la Clínica se reutilizaban elementos de terapia respiratoria, sin hacer la aclaración respectiva de que esa reutilización se practica en numerosos centros hospitalarios porque lo autorizan las normas (resolución 486 de 2003, artículo segundo, numeral 17), siempre y cuando los materiales y equipos sean sometidos a los procedimientos de limpieza y esterilización adecuados: “Tales procesos se ejecutan estrictamente en la Clínica sin que exista ningún riesgo de infección cruzada. Además, este punto fue tratado el 09 de julio durante la reunión mensual del Comité de Infecciones que se realizó en la Secretaría de Salud, quedando claro que todas las IPS reutilizan este material esterilizado con óxido de etileno”.
El doctor Gómez Ulloa afirmó además, que la Secretaría de Salud omitió informar que “en el transcurso de la epidemia de infección respiratoria posiblemente viral -abril, mayo y junio de 2004- la Clínica prestó atención a 406 niños con infección respiratoria aguda grave, de los cuales falleció una paciente al interior de la institución (en la unidad neonatal) y 49 fueron remitidos a otra institución por requerir Unidad de Cuidados Intensivos Pediátricos, entre los cuales tenemos conocimiento de 11 fallecimientos. Pero de estos pequeños pacientes egresaron en buenas condiciones de salud 356. También omitió informar que en el mismo lapso, fallecieron cuando menos 51 menores en la ciudad de Bogotá a causa del mismo brote de infección respiratoria y sin que la mayoría hubieran tenido la más mínima relación médica con la Clínica David Restrepo”.
Además, indica la Clínica, la Secretaría de Salud tampoco informó que “la epidemia viral excedió la capacidad de atención pediátrica en las instituciones de Bogotá y obligó a la Secretaría a solicitar cupos para hospitalización, lo cual realizó mediante comunicado suscrito por el Secretario y recibido el 26 de mayo y en cuyo texto se leía: -… dada la situación actual de ola invernal que atraviesa la ciudad, la cual ha generado el aumento de la tasa de incidencia de Infección Respiratoria Aguda, siendo los casos más evidentes en patologías como bronconeumonía, bronquiolitis y síndrome bronco-obstructivo, este Despacho solicita … garantizar la atención integral y oportuna de la atención de urgencias de los usuarios, incluso en instituciones prestadoras de servicios de salud por fuera de su red contratada-”.
Y por último, la Clínica llama la atención acerca de la forma como el secretario de salud Román Vega, “recomendó a la ciudadanía que no llevara sus niños a la Clínica”.
Según la constancia de la Clínica, “las intervenciones de Román Vega, videograbadas, desencadenaron gran inquietud en la ciudadanía y ocasionaron de hecho y prácticamente el cierre de la Clínica, en forma tal que la ocupación decreció en un 80%”.
Considera la Clínica, que las actuaciones de los funcionarios de la Secretaría de Salud violentaron todos los derechos fundamentales de la Fundación: al debido proceso, a la defensa y a ser oídos y vencidos en juicio, y que deterioraron ante la comunidad el patrimonio ético y moral de la Clínica, además de que “las lesiones de orden económico desencadenadas a la Clínica son incalculables”.
Por ello, la Fundación Clínica de Maternidad David Restrepo indicó que procederá a “desvirtuar dentro del término legal y con soportes técnicos, científicos y administrativos, basados en evidencia y no en suposiciones, todas y cada una de las presuntas imputaciones contenidas en el Pliego de Cargos”. Igualmente, que solicitará la intervención de la Personería Distrital y de la Procuraduría General de la Nación, además de emplear “todos los recursos que permita la Ley con el fin de que se sancione a los responsables de tales actuaciones y se obtenga la recuperación de los patrimonios ético, moral y económico de la Clínica” .

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