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Ley Estatutaria en salud:
con visos de ley ordinaria
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Ley Estatutaria
para salud:
un engendro jurídico
Hernando
Guzmán Paniagua- Periodista elpulso@elhospital.org.co
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No es justo
que nos pongan a hablar de un proyecto salido de un grupo privado
y con intereses particulares, y no fruto de la concertación
de muchos actores, afirmó el abogado constitucionalista
Jaime Gañán Echavarría, miembro de la Comisión
de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 de la Corte Constitucional.
Puso como ejemplo de concertación el proyecto presentado
por la Alianza Nacional por un Nuevo Modelo de Salud (Ansa)
y la Comisión de Seguimiento a la Sentencia T-760, mientras
que los de leyes ordinaria y estatutaria actuales se conocieron
a punto de radicarlos.
Dijo el jurista: Como gran defensor de una ley estatutaria
siempre me ha preocupado que se utilice esta figura para crear
un engendro jurídico, una ley estatutaria con unos mojones
jurídicos complicados para una posterior ley de redefinición
del sistema. Siendo de mayor jerarquía la estatutaria,
si hubo problemas con leyes ordinarias (leyes 100/93, 1122/07
y 1438/11), más los habrá con una estatutaria.
Si bien ésta reconoce el derecho fundamental a la salud
y tiene puntos interesantes, en sana técnica legislativa
su contexto trae artículos que son de ley ordinaria;
una ley estatutaria no regula un derecho sino que le hace el
contorno, lo delimita; esta ley delimita unas partes, pero no
todo. |
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Los
mojones jurídicos de la participación social,
de la contratación con el personal de salud, más
parecen de ley ordinaria. Una estatutaria debería decir,
por ejemplo, que el personal de la salud tendrá los derechos
y deberes contractuales estipulados en la Constitución
y en el bloque de constitucionalidad, y listo, o que el sistema
de salud será único, pero al entrar en detalle
se pierde el límite entre ambas clases de leyes.
Indicó que el proyecto original del gobierno, aunque
avalado por la Junta Médica Nacional, muchos médicos
lo desconocían, y fue irregular el radicar a la vez la
estatutaria y la ordinaria, pues teniendo preeminencia la primera
sobre la segunda, se acomodó forzadamente la ley estatutaria
a la ordinaria. Y aludió a otros dos proyectos de estatutaria,
del gobierno y de la Comisión de Seguimiento a la Sentencia
T-760, ahogados por el gobierno en la legislatura. |
Si la Estatutaria
que es ley marco, no toca la
intermediación,se podría hacer cualquier clase
de sistema o
de modelo con la ordinaria. El modelo sigue con algunos cambios,
unos de maquillaje, otros de fondo, pero se mantiene intacta
la columna vertebral, aunque cambie el nombre a las aseguradoras
por 'Gestoras'. Les quita el manejo del dinero, pero el poder
no
radica sólo en el dinero, también en la auditoría,
en decir a
quién se paga, cuándo y cómo, y este
poder puede ser
mucho más grande que el otro.
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Dr.
Jaime Gañán |
Cuestionó
la norma aprobada por condicionar el derecho fundamental a la
salud a un listado de exclusiones y al principio de la sostenibilidad
fiscal, y agregó: Si la Estatutaria que es ley
marco, no toca la intermediación, se podría hacer
cualquier clase de sistema o de modelo con la ordinaria. El
modelo sigue con algunos cambios, unos de maquillaje, otros
de fondo, pero se mantiene intacta la columna vertebral, aunque
cambie el nombre a las aseguradoras por 'Gestoras'. Les quita
el manejo del dinero, pero el poder no radica sólo en
el dinero, también en la auditoría, en decir a
quién se paga, cuándo y cómo, y este poder
puede ser mucho más grande que el otro. Si el sistema
se transformara o no tuviera tantos intereses, podría
delegarse a una institución la auditoría, pero
en el esquema actual, ya el mismo ministro (de Salud) lo dijo:
'Hay una deslegitimación del sistema', de algunas entidades,
por no decir, de todas. En las que han hecho por ejemplo coalición
para definir qué queda o no en el POS, o utilizado los
dineros en cosas distintas de la salud, yo no confío.
Estas leyes no auguran gobernanza, rectoría, ni inspección,
vigilancia y control fuertes, y permiten la cooptación
de las normas y del sistema por particulares. El problema no
es sólo normativo, es de valores y principios, de creer
en el ser humano, en la solidaridad, en la dignidad, en la calidad
de vida; mientras no se cambie al principio pro hómine,
pero no sólo escrito sino hecho realidad, seguirán
los 'paseos de la muerte' y los muertos de la Ley 100. |
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Que no quede en el
papel: Acemi
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Si la Nación
sufraga integralmente los costos del plan, habría
una excelente noticia para la ciudadanía; si los recursos
son insuficientes se produciría una gran frustración
social y posiblemente aumentarían los reclamos y las
tutelas.
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Dr.
Jaime Arias Ramírez |
La
Ley Estatutaria de la Salud aprobada por el Congreso es un paso
adicional para aclarar el alcance del derecho a la salud, y
se suma a lo instituido por la Constitución, a la jurisprudencia
de la Corte Constitucional, al bloque de constitucionalidad,
a los fallos de tutelas y sobre todo, a la conciencia de los
colombianos sobre este derecho fundamental, opinó
el presidente de la Asociación Colombiana de Empresas
de Medicina integral - Acemi-, Jaime Arias Ramírez.
Señaló como reto para el Estado con la nueva norma,
el procurar los recursos para garantizar la efectividad del
derecho y el acceso real al plan que será prácticamente
ilimitado. Argumentó Arias Ramírez: Si la
Nación sufraga integralmente los costos del plan, habría
una excelente noticia para la ciudadanía; si los recursos
son insuficientes se produciría una gran frustración
social y posiblemente aumentarían los reclamos y las
tutelas. Acemi atribuyó en adelante la responsabilidad
de definir lo que se le debe suministrar a cada paciente al
buen ejercicio de la autonomía médica, acorde
con pautas y protocolos que deben desarrollar el gremio médico
y las sociedades científicas.
Reconoció al ministro de Salud, Alejandro Gaviria, el
papel de catalizador entre posiciones encontradas
y la activación de la Mesa de la Unidad Nacional. La
entidad que reúne a varias EPS del régimen contributivo
abogó porque la ley estatutaria haga realidad el derecho
fundamental a la salud de manera digna, oportuna y con calidad,
a cargo del Estado, para que "no quede en el papel y se
convierta en una legislación más, o como popularmente
se dice, en un simple saludo a la bandera". |
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