| A mediados de febrero
pasado la Corte Constitucional dio un plazo de 30 días
hábiles al Congreso de la República para que regule
el derecho fundamental a morir dignamente. Y ordenó al
Ministerio de Salud que en un plazo predeterminado emita una
directriz y disponga todo lo necesario para que IPS, EPS y prestadores
del servicio de salud, conformen un comité interdisciplinario
para estos casos. El Ministerio deberá crear un protocolo
médico que discutirán expertos de distintas
disciplinas y que servirá como referente para los procedimientos
tendientes a garantizar el derecho a morir dignamente. |
| Este fallo sale del estudio de
la Corte del caso de una enferma de cáncer, quien murió
a la espera de que su EPS le garantizara el derecho fundamental
a morir dignamente a través de la eutanasia y de que
su médico se negara considerando que era un delito en
el que no podía incurrir, pese a que la Corte despenalizó
en 1997 el homicidio consentido por piedad. La EPS Coomeva argumentó
que no podía acceder a dicha pretensión porque
no existía una reglamentación clara frente al
tema y por dilemas éticos, jurídicos, morales
y procedimentales insalvables; y avaló la posición
del médico, asegurando que debía respetar su objeción
de conciencia -tema también debatido en la Corte Constitucional-
y que no podía obligar a ninguno de sus profesionales
a hacerlo. |
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La providencia señala
que se deben fijar reglas para estos casos, pues
aún no existen en la legislación para quienes
decidan morir de manera digna y sea su deseo recibir el procedimiento
de la eutanasia. En el debate jurídico se estableció
que sin reglas claras y procedimientos precisos, los médicos
no sabrán con exactitud cuándo están cometiendo
un delito y cuándo concurren a la realización
de un derecho fundamental.
Igualmente indica que las IPS deben crear comités interdisciplinarios
que brinden asesoría personalizada a pacientes y familiares
frente a la eutanasia, y expliquen los alcances de estos procedimientos
que no pueden tener relación con episodios anímicos
críticos o depresivos, sino que sea el último
recurso cuando se agotan todas las opciones o es la única.
Debe acompañar todo el proceso y ser constante en todas
las fases de decisión y ejecución del procedimiento
orientado a hacer efectivo el derecho.
El viceministro de Salud, Fernando Ruiz, informó que
el Ministerio definirá un protocolo con una ruta de atención
específica para estos casos y que le sirva al sistema
de salud. |
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