MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 8    NO 95   AGOSTO DEL AÑO 2006    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Errores y falta de voluntad,dejan
a la salud sin ley de talento humano

Juan Carlos Arboleda Z. elpulso@elhospital.org.co
La salud en Colombia frente a las decisiones que la reglamentan, hace tiempo tiene 'al Cristo de espaldas'. Así lo evidencian la caída del proyecto 052 de modificación a la Ley 100, el freno aún inexplicado al acuerdo de manual tarifario concertado en la primera semana de abril entre el gobierno y los prestadores de servicios, y ahora llega la objeción presidencial a la firma del proyecto de ley de talento humano en salud, que produjo reacciones desde el desconcierto y rechazo, hasta la indiferencia de quienes consideran que la ley no satisfacía ni solucionaba la situación de quienes se desempeñan en salud.
Lo sucedido con este proyecto de ley es una combinación de elementos que enfrentan la conveniencia filosófica y política del proyecto con una serie aparente de errores legislativos que llevaron a su no firma. En esencia, el proyecto de ley luego de dos años y medio de debates en comisiones y plenarias (que suben a 6 años si se incluyen los estudios y trámites del 017), fue aprobado por el Congreso y pasó a la firma del presidente; sin embargo, cuando todos esperaban que este paso sería sólo de trámite, el martes 11 de julio se conoció que fue objetado debido a las impugnaciones de los Ministerios de la Protección Social, Hacienda y al parecer también Educación, aduciendo inconveniencia del articulo 39 e inconstitucionalidad del articulo 4 y los que se desprendían de él.
El articulo 39, declarado inconstitucional por un vicio de forma al no haber hecho todo su trámite por el Congreso, fue incluido en el proyecto en la Cámara de Representantes, lo cual dio una razón jurídica al gobierno; el artículo proponía destinar 2% del presupuesto de inversión de entidades públicas del sector salud, para capacitación del personal científico.
El representante Carlos Ignacio Cuervo, autor de la iniciativa, argumenta que la principal consideración para incluir el artículo, fue el ingreso precario de los profesionales que deja a muy pocos en posibilidad de actualizarse, situación que se tornaba obligatoria en la ley por medio de la recertificacion: “Es absurdo pensar que si la ley pretende recertificar a los profesionales, no se tengan recursos previstos para generar esa actualización; el gobierno objetó el articulo aduciendo que no fue discutido, cuando a lo largo del proyecto se evidenció la necesidad de que el talento humano se actualizara; además, las Empresas Sociales del Estado para competir con el sector privado, necesitan invertir en su talento humano, y con unos profesionales vinculados incluso a través de cooperativas, no tienen la posibilidad de actualización, y necesariamente la debe realizar el hospital si quiere brindar atención de buena calidad”.
Para el ex representante, lo inaudito es la objeción del gobierno a la ley por uno o dos artículos, y que no se avance después de 3 años de discusión: “¿Qué significa el 2% del presupuesto de las Empresas Sociales del Estado para lo más importante como es, capacitar su personal para brindar una buena atención, cuando existe una norma que obliga que el 5% del presupuesto sea invertido en mantenimiento de la infraestructura física? Objetan un 2% para lo principal de un hospital, que es su talento humano”.
Otro punto declarado inconstitucional es el que hacía referencia a la creación del Consejo Nacional de Talento Humano en Salud, contenido en el articulo cuarto, y del que se desprende la objeción a todo el bloque de artículos que tenían que ver con él; fueron señalados por la oficina jurídica de la Presidencia como inconstitucionales, argumentando que “la creación de organismos consultivos o coordinadores, aunque corresponde al Congreso, debe ser por iniciativa del gobierno nacional”, y este proyecto fue de iniciativa del Congreso. La presidenta del Senado de la República y autora del proyecto, Dilian Francisca Toro, considera que las objeciones son fáciles de argumentar, para volver a presentar el proyecto a consideración del presidente; sobre la inconstitucionalidad de la creación del Consejo reconoció no tener muy claro el aspecto jurídico, pero piensa que se puede volver a incluir sin problemas luego de que la comisión que nombre el Congreso para el estudio de las objeciones manifieste su concepto: “Se nombra una comisión que estudia las objeciones del Presidente; de allí se define pasarlo nuevamente a firma presidencial con arreglo o no de las objeciones, por tanto no será un proceso largo. Yo tengo todo el interés en sacarlo adelante, pues es un proyecto que hemos consensuado con todos los sectores de la salud y sería muy importante para la calidad de la salud”.
Reconoció la senadora que en la objeción al artículo 39, el problema consistió en que cuando un proyecto de ley tiene injerencia en el gasto público, los congresistas requieren el aval del Ministerio de Hacienda, situación que no se dio. Por su parte, aunque ya no hará parte del nuevo Congreso, Carlos Ignacio Cuervo opina que las objeciones serán subsanadas por el nuevo Congreso, y este mes de agosto pasará nuevamente a sanción presidencial; agregó que las objeciones, más que del Presidente son del Ministro de la Protección Social o de sus funcionarios, que no han entendido el beneficio de la ley.
 
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