MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 109  OCTUBRE DEL AÑO 2007    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Y, ¿cuál es la diferencia del
Plan Nacional de Salud Pública?

Iván Darío Arroyave Zuluaga - Docente e investigador CES elpulso@elhospital.org.co

Una de las preguntas más frecuentes frente al nuevo Plan Nacional de Salud Pública -PNSP- es: ¿Cuál es la diferencia en relación con el modelo inicialmente implementado por el SGSSS y vigente actualmente? Como la pregunta es bien difícil de dilucidar, sin haberse reglamentado el decreto 3039 de 2007 y sin haber dejado pasar un tiempo para su aplicación antes de sacar conclusiones definitivas, esta es una tarea algo arriesgada, pero intentémoslo, a sabiendas de que habrá muchos más elementos de discusión a futuro:
Articulación de enfoques: El PNSP parece proponer una concepción más integrada de la salud pública, un poco según lo propuesto en el documento “Pluralismo estructurado: Hacia un modelo innovador para la reforma de los sistemas de salud en América Latina” (Juan Luis Londoño y Julio Frenk) del Banco Mundial (1997). Bien que resulta interesante, por decirlo de algún modo, integrar dos de las perspectivas clásicas y estelares promulgadas por Organización Panamericana y Mundial de la Salud OPS/OMS (promoción de la salud y prevención de la enfermedad), donde el referente poblacional lo debe hacer el Estado a través de un modelo del Banco Mundial que, como el Manejo Social del Riesgo, pone al aseguramiento como uno de sus puntales. Ahí pueden encontrarse incoherencias en la aplicación.
Planificación más ajustada: El PNSP que debe definir cada gobierno en el respectivo Plan Nacional de Desarrollo, despeja en algo la exuberante planificación estratégica en salud que solía tener componentes aislados y hasta contradictorios en el mismo Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Nacional de Salud, el Plan de Atención Básica -PAB- y los planes de Desarrollo locales (departamentales y municipales). Mírese de paso que los dos primeros eran para el cuatrienio presidencial (2006-2010, 2010-2014, etc.) y los dos últimos para el cuatrienio de los gobiernos territoriales (2008-2011, 2012-2015, etc.). Así era imposible concertar acciones.
Se trata de superar la visión minimalista: Lo cierto es que en el documento del Banco Mundial (1987) “Una agenda para la reforma”, sobre “el financiamiento de los servicios de salud de los países en desarrollo”, se parte de un enfoque económico neoclásico para la diferenciación entre bienes privados y públicos en salud, y se determina que, en salud, los bienes públicos son aquellos de consumo colectivo y generadores de altas externalidades positivas, por lo que deben estar a cargo del Estado, como la salud pública. ¡Noooo! Fue esto lo que nos llevó a la visión minimalista de la salud pública presente hasta ahora en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. El PNSP parece reconocer la salud pública como una especie de eje integrador. Mírese bien el papel “progresivo” de las tres primeras líneas de política. Y esto explica la implícita desaparición del PAB: Es más, muchos esperaríamos no volver a escuchar jamás ni “peipé” ni “PAB”.
Un pero (un grave pero): Parafraseando a un reconocido académico: Hablar de salud pública individual y salud pública colectiva es un “barbarismo”. Ni más ni menos, pero barbarismo avalado, sancionado y reglamentario, al fin y al cabo.
Se insiste con el Peipé (PyP): Año tras año asistimos al sainete del plan de mejoramiento para las EPS, y año tras año se demuestra que eso no lleva prácticamente a nada. De hecho el más reciente informe del Ministerio concluye en relación con el régimen contributivo que, aunque “no se presentan resultados muy deficientes generalizados por actividades (…), los indicadores centinela muestran unas alarmas preocupantes en las aseguradoras que teóricamente realizan mayores actividades de salud pública individual”. Ese permanente contrasentido tal vez sugiera la existencia de un fallo estructural del mercado de aseguramiento para las acciones de salud pública. ¿No sería el momento justo para eliminar ese problema de raíz en vez de ornamentarlo más?
Municipio como modulador: En el PNSP es explícita la intención de devolver la rectoría de la salud pública al Estado en cada uno de sus niveles (según lo sugerido en el documento de la OPS/OMS, en 2000, “Funciones Esenciales de Salud Pública”), y entre líneas parece advertirse el mismo propósito. Cualquier funcionario de la salud municipal habrá advertido la descontextualización, dispersión y desperdicio de recursos para la salud pública por falta de una autoridad sanitaria local. Ni qué decir en el ámbito regional y nacional. Lo que no cuadra ahí es que las matrices deben ser diligenciadas para calcular el número de actividades de P y P en cada departamento, si son del régimen contributivo, y en cada municipio, si son del régimen subsidiado. Por experiencia va la pregunta: ¿Cómo articular acciones desde el municipio sin información completa?
Salud ocupacional reenfocada: La Ley 9ª de 1979, “por la cual se dictan medidas sanitarias”, trata en su Título III acerca de la salud ocupacional. Pero en la práctica existe un código alterno referenciado especialmente en el Libro III de la Ley 100/93 “Sistema General de Riesgos Profesionales”, que fomenta el aseguramiento y la gestión de las Administradora de Riesgos Profesionales -ARP- y el decreto 1295 de 1994 que lo regula, además del proyecto de Ley en curso 256 de 2007-Cámara, que reforma y ajusta a éste último. Según el documento “Legislación sanitaria colombiana: vigencia y limitaciones” de la Facultad Nacional de Salud Pública de la Universidad de Antioquia (2005), en general, todas las normas desconocen las funciones de salud ocupacional en centros y lugares de trabajo diferentes a empresas, mientras que el 61% de la población laboral colombiana pertenece al sector informal y no tiene acceso a servicios de salud ocupacional. Eso trata de ser subsanado articulando a la Nación -que por fin se apersona de la población que no tiene empleo formal- y las ARP, a cargo de los empleados. Así sea.
 
Más información...

La salud pública en el Sistema General de Seguridad Social en Salud
La Ley 100/93, originalmente, sólo enuncia dos veces la salud pública (artículos 152 y 174); de hecho, aclara que la salud pública es asunto de la Ley 9ª de 1979 (Código Sanitario Nacional) y de la Ley 60/93...

La “nueva salud pública”
En este marco, la Ley 715 de 2001, en su título III “sector salud”, capítulos I y II (artículos 42 a 45), delimita las competencias de la Nación y los entes territoriales para el sector, procurando enmendar lo que fue...
Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010 - “Coordinando sectores y articulando acciones
para mejorar la salud de los colombianos”

Lo primero, antes de abordar esta especie de sinopsis, es aclarar que el Plan Nacional de Salud Pública -PNSP- es un documento denso, altamente conceptualizado, muy prescriptivo y por tanto, difícil para su...
Articulación de enfoques y líneas de política
Vale la pena aquí exponer diferencias fundamentales entre dos paradigmas de la salud pública que han tendido a confundirse en una sigla muy simplificadora, el célebre P. y P., que suele usarse para tratar de...
Responsabilidades de los actores del sector salud / Situación de salud y prioridades nacionales en salud
En este capítulo del Plan se detallan las competencias de los actores, distribuidos así: i) Nación-MPS, ii) Departamentos, distritos y municipios categorías Especial, 1ª 2ª y 3ª, iii) Municipios categorías...
Se vino la reglamentación del Plan Nacional de Salud Pública - ¡Todos a participar!
El Ministerio de la Protección Social puso en marcha la “Estrategia de movilización social para la implementación del Plan Nacional de Salud Pública -PNSP-”, definida en el documento básico de trabajo...
Y, ¿cuál es la diferencia del Plan Nacional de Salud Pública?
Una de las preguntas más frecuentes frente al nuevo Plan Nacional de Salud Pública -PNSP- es: ¿Cuál es la diferencia en relación con el modelo inicialmente implementado por el SGSSS y vigente actualmente?...
El Plan es bueno... pero no tanto
Con frases como “vamos a poner a poner la salud pública en el corazón del Sistema”, el Ministerio de la Protección Social inició la ambientación e impulso del Plan Nacional de Salud Pública...
“El Plan cambia completamente el panorama de la salud”
LEl doctor Conrado Gómez, experto en salud pública, resaltó las fortalezas del Plan, sin olvidar sus limitaciones: “A mí me gusta mucho. El concepto del Plan es muy amplio. Es apenas un principio, pero...
“Muy bueno pero muy ambicioso”
LÁlvaro Olaya Peláez, coordinador de postgrados en la Facultad Nacional de Salud Pública de la Universidad de Antioquia y ex consultor de la Organización Panamericana de la Salud, le ve virtudes y...
“No se cumplen los principios”
Adiela Marín Blandón, directora del Departamento de Salud Pública de la Universidad de Caldas, reclamó mayor participación de los entes académicos: “El Plan requiere mayor análisis de la comunidad...
Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010 - Un anhelo, muchas expectativas y de nuevo frustración
LLos análisis históricos que dan cuenta de la evolución de la estructura sanitaria en Colombia y América Latina, hablan de una gran influencia de los planificadores y la planificación en salud que empieza en...
 
 



Arriba

[ Editorial | Debate | Opinión | Monitoreo | Generales | Columna Jurídica | Cultural | Breves ]

COPYRIGHT © 2001 Periódico El PULSO
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular
. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved