MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 12    No. 146  NOVIEMBRE DEL AÑO 2010    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Atención de mujeres agredidas
corre por cuenta de las EPS

Redacción El Pulso - elpulso@elhospital.org.co

El sistema de salud deberá responder económicamente por el alojamiento, dinero y tratamiento psicológico hasta por 6 meses, de mujeres maltratadas por sus parejas. Fallo de la Corte Constitucional ordenó que las mujeres violentadas, física o psicológicamente, deben tener un “período de transición” en un lugar lejos de su agresor, que no puede considerarse “sinónimo de hotelería turística y gastronomía, sino por el contrario, como ayudas terapéuticas propias del tratamiento recomendado por personal experto”.
Al declarar viable la Ley 1257/08, la Corte busca sancionar las diversas formas de violencia contra las mujeres y estableció que este servicio es parte integral del derecho a la salud, por lo que posterior a la acción de maltrato, las afiliadas del régimen contributivo o del subsidiado deben recibir la vía financiera para no regresar a vivir con su pareja.
Los 6 meses para estadía en hotel pueden ser “prorrogables siempre y cuando la situación lo amerite”, y si la víctima decide “no permanecer en los servicios hoteleros disponibles, se deberá asignar un subsidio monetario mensual para la habitación y alimentación de la beneficiaria, sus hijos e hijas”. El aporte económico a la víctima depende de su afiliación: si es del régimen contributivo recibirá ayuda dependiendo de los aportes al sistema de salud, si es del subsidiado recibirá de uno a dos salarios mínimos.

 
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