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Automáticamente con el aumento del salario mínimo,
desde el 1º de enero de este año empezaron a regir
los nuevos valores en las cuotas moderadoras y copagos, dado
que éstos se expresan en términos de Salario
Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV).
Las personas que devenguen menos de dos salarios mínimos,
pagarán por cuota moderadora el 11.7% de un Salario
Mínimo Diario Legal Vigente (SMLDV), es decir, $1.591;
quienes ganen entre 2 y 5 salarios mínimos, cancelarán
el 46.1% de un SMDLV, esto es $6.269; y las personas con
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ingresos
superiores a 5 salarios mínimos, pagarán el
121.5% de un SMDLV, lo que equivale a $16.524. Para facilitar
el cobro, estos valores fueron ajustados a la centena inmediatamente
superior, lo que significa que los valores reales serán
$1.600, $6.300 y $16.600 respectivamente.
En materia de copagos, quienes ganen menos de 2 salarios mínimos
mensuales, pagarán el 11,5 del valor del correspondiente
servicio, sin que el cobro por un mismo evento o patología
exceda de $117.096. Quienes tengan ingresos entre 2 y 5 salarios
mínimos mensuales, cancelarán el 17,3% del valor
del correspondiente servicio, sin que el cobro por un mismo
evento o patología supere los $469.200. Y las personas
con ingresos superiores a los 5 salarios mínimos mensuales,
deberán pagar el 23% del valor del servicio, sin que
el cobro por un mismo evento exceda de $938.400.
En cuanto a la atención por distintos eventos, el máximo
que se debe pagar por copagos en el año será
$234.600 para quienes devenguen menos de 2 salarios mínimos
mensuales, de $938.400 para los que tengan ingresos de entre
2 y 5 salarios, y $1'876.800 para los que ganen más
de 5 salarios mínimos mensuales.
Vale recordar que las cuotas moderadoras las pagan tanto cotizantes
como beneficiarios, y los copagos los pagan únicamente
los beneficiarios, con base en el Ingreso Base de Cotización
(IBC) del cotizante, de acuerdo con los rangos establecidos
por la ley, y corresponden a un porcentaje del valor del servicio
a utilizar..
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