MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 54   MARZO DEL AÑO 2003    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

No hay exceso de tutelas en
salud: Defensoría del Pueblo

Según informó a El Pulso el secretario general de la Defensoría del Pueblo, Darío Mejía Villegas, solo en este mes de marzo se conocería el primer estudio técnico sobre tutelas en salud, y que a falta de ser realizado por alguna dependencia del gobierno nacional, fue adelantado por la Defensoría del Pueblo.
El proyecto del gobierno de Acto Legislativo 010 por tanto, se basó en generalidades, pero nunca en cifras reales que demostraran los presumibles efectos perversos de la tutela y la inapropiadamente llamada "tutelitis" en salud, porque se habla de los altos costos que representan para el Estado, pero sin sustento en ningún estudio que demuestre la realidad de esos supuestos, porque se presentan cifras sueltas.
En cambio, en el estudio que sí realizó la Defensoría, se demuestran varias cosas:
- No son tantas las tutelas en salud como se ha hecho creer desde los medios de información. Por ejemplo: solo hubo un caso en un año de un tratamiento en el exterior, pero ese dejó eco en la opinión pública, como si se tratara de muchos casos.
- En ninguna parte se habla de las vidas salvadas gracias a una tutela interpuesta a tiempo, como el caso de un niño al que fue necesario hacerle transfusiones de sangre y radioterapia pese a la oposición de los padres y del prestador de servicios.
- También se encontró que la Defensoría del Pueblo, canal de quejas ciudadanas que generalmente culminan en tutela, en departamentos tan grandes como Santander por ejemplo, apenas presentó 10 tutelas en salud en un año.
- En el caso especifico de la salud, debe recordarse que hay de por medio reaseguros y otra serie de soportes y garantías que si se utilizan bien y técnicamente, no hacen recaer sobre el Estado la totalidad de las cargas financieras de las tutelas
- Más que abuso hay descuido en el manejo de las tutelas y sobre todo en su ejecución, porque siempre el asegurador saca provecho en casos como la carencia de semanas: si una persona que tiene cotizadas 60 semanas solicita un tratamiento, le dicen que no tiene todas las semanas y que presente tutela; ésta se presenta y se ordena que con cargo a recursos del Fosyga, se cancele todo el tratamiento. Se ignora que la aseguradora ya ha recibido 60 semanas y que de alguna manera se ha ganado esas cotizaciones, sin ninguna contraprestación, porque el Fosyga paga todo el costo.
El concepto de la Defensoría entonces, es que sí existen situaciones que requieren reglamentación, partiendo de los errores. Pero advierte, que se adivinaba en el proyecto de Acto Legislativo 010 la pretensión de acabar con la tutela social.
Aprobar este proyecto no sería fácil
Ante la eventualidad de que vuelva a presentarse ese proyecto de Acto Legislativo en iguales o similares condiciones, la Defensoría y otras organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, tendrían argumentos muy fuertes para discutirlo.
La Defensoría considera que la tutela se debe reglamentar mejor, pero preservándose como uno de los grandes avances en los derechos económicos, sociales y culturales en Colombia. Agrega que debe acabarse con esa especie de fetichismo negativo, de eliminar todo lo que tenga que ver con participación ciudadana, independientemente de que provenga de la Constitución del 91 o la del 86; la tutela es uno de esos pilares de participación y llega a ser pilar de un Estado Democrático y Social de Derecho.
Indica Mejía Villegas, que otro asunto grave es el no tener en cuenta la opinión del usuario, su beneficio y logros, por lo que deberían ponderarse en doble columna los argumentos en pro y en contra. ¿Pero qué pasa ahora? "No se dice el valor de vidas recuperadas. Esto debe recalcarse y ahí si enfrentarse con los costos económicos, pero yo pienso que el balance siempre tiene que estar del lado de la vida", señaló.
Sí hay mecanismos para evitar sanamente la tutela
Una alternativa que propone la Defensoría del Pueblo es que de hacerse una reforma a la tutela social de la salud, deberían aprovecharse al máximo otros mecanismos de mediación, por ejemplo, la intervención de la misma Defensoría, que por su naturaleza y mandato constitucional, es una institución en la resolución de conflictos. En Cundinamarca por ejemplo el año pasado, se solicitaron unas 80 tutelas en salud, de las cuales solamente culminaron en demanda unas 10; en las 70 restantes no hubo necesidad de acudir a la justicia, porque se utilizaron mecanismos de mediación. La Defensoría en representación del ciudadano, acudió a las diferentes instancias oficiales de salud o ante los mismos aseguradores o prestadores, y con argumentos normativos, logró que se resolvieran los conflictos y se hiciera efectiva la prestación, sin llegar a instancias judiciales; entonces, valdría la pena estudiar mecanismos inclusive similares al arbitraje, donde se resuelvan conflictos de una manera sencilla.
Inclusive, la Defensoría estudió la posibilidad de un proyecto de este tipo, en donde ante un problema específico, en un call center se realizaría una comunicación directa en tiempo real y entre todas las instancias comprometidas, de forma que simultáneamente pudieran comunicarse, argumentar y tomar una decisión, que al ser vertida en un acta firmada por todos los partícipes, quedara como un elemento vinculante, y se evitara tener que acudir a la justicia. Se pueden explorar ese y otros mecanismos, pero sobre todo, definir algunos protocolos que obliguen al prestador o al asegurador, a realizar una actividad determinada cuando ocurran circunstancias que en el pasado hayan sido materia de decisión similar, concluyó Darío Mejía Villegas.

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