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No hay exceso de tutelas en
salud: Defensoría del Pueblo |
Según informó a El
Pulso el secretario general de la Defensoría del
Pueblo, Darío Mejía Villegas, solo en este
mes de marzo se conocería el primer estudio técnico
sobre tutelas en salud, y que a falta de ser realizado por
alguna dependencia del gobierno nacional, fue adelantado
por la Defensoría del Pueblo.
El proyecto del gobierno de Acto Legislativo 010 por tanto,
se basó en generalidades, pero nunca en cifras reales
que demostraran los presumibles efectos perversos de la
tutela y la inapropiadamente llamada "tutelitis"
en salud, porque se habla de los altos costos que representan
para el Estado, pero sin sustento en ningún estudio
que demuestre la realidad de esos supuestos, porque se presentan
cifras sueltas.
En cambio, en el estudio que sí realizó la
Defensoría, se demuestran varias cosas:
- No son tantas las tutelas en salud como se ha hecho creer
desde los medios de información. Por ejemplo: solo
hubo un caso en un año de un tratamiento en el exterior,
pero ese dejó eco en la opinión pública,
como si se tratara de muchos casos.
- En ninguna parte se habla de las vidas salvadas gracias
a una tutela interpuesta a tiempo, como el caso de un niño
al que fue necesario hacerle transfusiones de sangre y radioterapia
pese a la oposición de los padres y del prestador
de servicios.
- También se encontró que la Defensoría
del Pueblo, canal de quejas ciudadanas que generalmente
culminan en tutela, en departamentos tan grandes como Santander
por ejemplo, apenas presentó 10 tutelas en salud
en un año.
- En el caso especifico de la salud, debe recordarse que
hay de por medio reaseguros y otra serie de soportes y garantías
que si se utilizan bien y técnicamente, no hacen
recaer sobre el Estado la totalidad de las cargas financieras
de las tutelas
- Más que abuso hay descuido en el manejo de las
tutelas y sobre todo en su ejecución, porque siempre
el asegurador saca provecho en casos como la carencia de
semanas: si una persona que tiene cotizadas 60 semanas solicita
un tratamiento, le dicen que no tiene todas las semanas
y que presente tutela; ésta se presenta y se ordena
que con cargo a recursos del Fosyga, se cancele todo el
tratamiento. Se ignora que la aseguradora ya ha recibido
60 semanas y que de alguna manera se ha ganado esas cotizaciones,
sin ninguna contraprestación, porque el Fosyga paga
todo el costo.
El concepto de la Defensoría entonces, es que sí
existen situaciones que requieren reglamentación,
partiendo de los errores. Pero advierte, que se adivinaba
en el proyecto de Acto Legislativo 010 la pretensión
de acabar con la tutela social.
Aprobar este proyecto no
sería fácil
Ante la eventualidad de que vuelva a presentarse ese proyecto
de Acto Legislativo en iguales o similares condiciones,
la Defensoría y otras organizaciones gubernamentales
y no gubernamentales, tendrían argumentos muy fuertes
para discutirlo.
La Defensoría considera que la tutela se debe reglamentar
mejor, pero preservándose como uno de los grandes
avances en los derechos económicos, sociales y culturales
en Colombia. Agrega que debe acabarse con esa especie de
fetichismo negativo, de eliminar todo lo que tenga que ver
con participación ciudadana, independientemente de
que provenga de la Constitución del 91 o la del 86;
la tutela es uno de esos pilares de participación
y llega a ser pilar de un Estado Democrático y Social
de Derecho.
Indica Mejía Villegas, que otro asunto grave es el
no tener en cuenta la opinión del usuario, su beneficio
y logros, por lo que deberían ponderarse en doble
columna los argumentos en pro y en contra. ¿Pero
qué pasa ahora? "No se dice el valor de vidas
recuperadas. Esto debe recalcarse y ahí si enfrentarse
con los costos económicos, pero yo pienso que el
balance siempre tiene que estar del lado de la vida",
señaló.
Sí hay mecanismos
para evitar sanamente la tutela
Una alternativa que propone la Defensoría del Pueblo
es que de hacerse una reforma a la tutela social de la salud,
deberían aprovecharse al máximo otros mecanismos
de mediación, por ejemplo, la intervención
de la misma Defensoría, que por su naturaleza y mandato
constitucional, es una institución en la resolución
de conflictos. En Cundinamarca por ejemplo el año
pasado, se solicitaron unas 80 tutelas en salud, de las
cuales solamente culminaron en demanda unas 10; en las 70
restantes no hubo necesidad de acudir a la justicia, porque
se utilizaron mecanismos de mediación. La Defensoría
en representación del ciudadano, acudió a
las diferentes instancias oficiales de salud o ante los
mismos aseguradores o prestadores, y con argumentos normativos,
logró que se resolvieran los conflictos y se hiciera
efectiva la prestación, sin llegar a instancias judiciales;
entonces, valdría la pena estudiar mecanismos inclusive
similares al arbitraje, donde se resuelvan conflictos de
una manera sencilla.
Inclusive, la Defensoría estudió la posibilidad
de un proyecto de este tipo, en donde ante un problema específico,
en un call center se realizaría una comunicación
directa en tiempo real y entre todas las instancias comprometidas,
de forma que simultáneamente pudieran comunicarse,
argumentar y tomar una decisión, que al ser vertida
en un acta firmada por todos los partícipes, quedara
como un elemento vinculante, y se evitara tener que acudir
a la justicia. Se pueden explorar ese y otros mecanismos,
pero sobre todo, definir algunos protocolos que obliguen
al prestador o al asegurador, a realizar una actividad determinada
cuando ocurran circunstancias que en el pasado hayan sido
materia de decisión similar, concluyó Darío
Mejía Villegas.
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El Congreso de la República
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La
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Crecen y crecen
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No hay exceso
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