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Es urgente actualizar
el POS
Olga
Lucia Muñoz López - Periodista -
elpulso@elhospital.org.co
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Es
el momento de revisar el Plan Obligatorio de Salud (POS) urgentemente,
porque el gran problema es que después de 15 años,
hoy tenemos un POS anacrónico que no responde a las necesidades
de la gente y que la obliga a interponer una tutela porque el
sistema de salud no toma decisiones adecuadas sobre la prestación
de los servicios. Esta es la gran conclusión que
plantea el doctor Conrado Gómez Vélez, asesor
en el trámite de la Ley 1122, sobre las implicaciones
de la Sentencia C-463.
Indicó que ahora se descentralizarán las decisiones
del CNSSS o la CRES sobre el POS, a una infinidad de Comités
Técnico-Científicos (CTC) dispersos por el país,
manejados por personas con diferentes criterios y niveles de
conocimiento del sistema, algo arriesgado porque el Comité
autoriza muchos servicios y medicamentos no bien sustentados.
El Ministerio debe capacitar los CTC y asegurarse que funcionen
bien.
Agregó que vía CTC se unificaron los contenidos
del plan obligatorio contributivo y subsidiado, algo bueno y
deseable pero no financiado, que generará grandes dificultades:
En la 1122 los CTC eran solo para enfermedades de alto
costo, pero ahora son para cualquier cosa. Se atomizó
y se dispersó de tal manera la situación, que
está llamada a ser mal manejada políticamente.
La intención en la 1122 era que un CTC con manejo técnico
orientado por la aseguradora, prestadores y usuarios, tomara
decisiones con un criterio más técnico para evitar
que la gente pusiera la tutela: Pero manejarlo así
será muy difícil, porque al POS no se le hizo
revisión integral, sólo ajustes. Muchas cosas
no deberían ir a Comité, porque ya se debería
haber modernizado el POS, entonces los CTC tendrán tareas
muy repetitivas al aprobar un montón de cosas. Lo ideal
sería que médicos, EPS y todos coincidieran en
actuar técnicamente antes de instaurar una tutela, pero
la gente no está capacitada y hay intereses comerciales
por todas partes.
Explicó que la Corte interpretó cabalmente
la filosofía del Congreso en la Ley 1122, cuando reconoció
que la tutela era un derecho muy importante que no se le puede
quitar a la gente ni al que se le pueden poner obstáculos;
pero al mismo tiempo, no se justifica que los juzgados sean
centrales de autorizaciones y que los jueces tomen decisiones
médicas. Si el sistema de salud no toma decisiones de
prestación de servicios adecuadamente, eso llega a última
instancia y los juzgados toman esas decisiones. El CTC se desarrolla
en la Ley 1122 con la idea de que una decisión técnica
dé la salida a los problemas, a las necesidades de la
gente, y que la gente no se vea obligada a acudir a la tutela,
que vaya a la tutela solo casos excepcionales. La Corte está
de acuerdo con eso y lo declara exequible, y lo amplió
a todos los servicios y al régimen subsidiado.
Por último, el doctor Gómez enfatizó: Las
decisiones del Consejo y la CRES son permanentes, mientras las
del Comité son para las excepciones. Pero cuando no se
revisa de fondo el POS, todo se vuelve excepción y todo
se vuelve una urgencia. Lo más importante es hacer una
revisión a fondo del POS y del sistema de regulación
de servicios y acceso; la solución no es presionar el
médico a someterse a una lista de hace 15 años,
el problema está en que el gobierno tiene que revisar
de manera integral el POS y la UPC, porque si se modifica el
POS se afecta la UPC; la tecnología y los servicios de
salud evolucionaron mucho en estos 15 años, y cada vez
las disfuncionalidades y problemas son mayores. Hay que capacitar
los CTC, pero capacitarlos sin revisar el POS y la UPC no sirve.
El régimen subsidiado está en una difícil
situación y en el contributivo las aseguradoras dicen
que no les alcanza la UPC. Otra controversia: en el subsidiado
con un margen de administración muy pequeño del
7%, no se hace aseguramiento a fondo sino sólo administración
o intermediación de la plata, y se deja a los hospitales
que asuman el proceso de aseguramiento, y eso no tiene por qué
ser. En el régimen subsidiado no solo hay que revisar
el POS y la UPC sino el régimen mismo o su funcionamiento,
tratar de llevarlo a un sistema de aseguramiento y que no sea
sólo un sistema de administración. |
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