MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 15    No. 190  JULIO DEL AÑO 2014    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

 

Incidentes de desacato
deben resolverse en máximo 10 días

Redacción El Pulso - elpulso@elhospital.org.co

Los incidentes de desacato que se presenten por el incumplimiento de fallos de tutela deberán resolverse en un plazo máximo de 10 días determinó la Corte Constitucional, al acoger una demanda del Defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora, quien advirtió que en el país los incidentes de desacato no eran fallados porque no tenían término.
El alto tribunal respaldó la tesis de la Defensoría y en una votación mayoritaria de la Sala Plena, determinó que en adelante los jueces tendrán 10 días para resolver los incidentes de desacato, es decir, el mismo tiempo que actualmente tienen para fallar en primera instancia las acciones de tutela. Hasta el momento, el artículo 52 del decreto 2591 de 1991 no establecía plazo alguno para acoger o negar las peticiones de los ciudadanos ante el desacato, y por ende para sancionar a quienes incumplían los fallos.
La Defensoría del Pueblo considera de gran alcance la decisión de la Corte, toda vez que en el último año se instauraron 454.500 tutelas en el país y hoy existen más de 10.000 incidentes de desacato sin resolver, los cuales abarcan solicitudes relacionadas con salud, seguridad social y derechos de petición, entre otros temas de gran sensibilidad social. El pronunciamiento de la Corte implica que ahora los ciudadanos tendrán certeza sobre cuándo será resuelta su inconformidad por el incumplimiento de las acciones de tutela, acabando con la incertidumbre y la vulneración indefinida de sus derechos.
 
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