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Como en todo proyecto
de ley relacionado con la salud y presentado en los últimos
años, en el proyecto de ley 024/2014 Senado (de la Unidad
Nacional y el Centro Democrático) que buscar reorientar
el rumbo de las finanzas de la salud, no podía faltar
la orden de realizar una aclaración de cuentas y saneamiento
contable entre IPS y EPS, entre Fosyga y entes territoriales,
todo bajo la supervisión de la Supersalud, entidad que
en caso de incumplimiento actuaría como árbitro;
lo único que podría salvar al artículo
noveno de ser un absoluto canto a la bandera, sería que
se cumpliera el parágrafo que señala que las decisiones
de Supersalud serán de obligatoria observancia
para las partes involucradas. |
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Para las cajas de compensación
comprometidas con el papel de EPS, el proyecto plantea para
el saneamiento de deudas y capitalización que destinen
parte de la contribución parafiscal para este rubro (aunque
no se estipula el porcentaje), con el fin de cumplir los requisitos
patrimoniales y margen de solvencia exigidos; esto sin que se
puedan afectar los recursos para el resto de actividades misionales
de las cajas.
En recobros y reclamaciones al Fosyga, se ordena agilizar los
casos glosados antes de la expedición de la ley; las
entidades recobrantes deberán autorizar el giro directo
del valor total que se apruebe, a favor de las IPS. Además
se amplía el plazo para hacer cualquier recobro o reclamación
con cargo a recursos del Fosyga y se establece un término
de dos años a partir de la fecha de generación
de la obligación de pago u ocurrencia del evento.
Y el artículo 15 propone que cuando Supersalud adelante
actuaciones administrativas, medidas especiales o revocatorias
de habilitación o autorización para funcionar
de las EPS, podrá ordenar la prohibición de venta,
enajenación o cualquier tipo de afectación de
sus activos. |
Para liquidaciones
de EPS e IPS se daría prelación al cubrimiento
de los recursos adeudados al Fosyga, y posteriormente en estricto
orden a: deudas laborales, deudas reconocidas a prestadoras
de servicios de salud, deudas de impuestos, deudas con garantía
prendaría o hipotecaria, y deudas quirografarias. Y en
relación con las intervenciones, se determina que Supersalud
pueda incluir en la lista de interventores a instituciones sin
ánimo de lucro y facultades de medicina acreditadas,
IPS también acreditadas y cajas de compensación
con trayectoria de buen desempeño en la prestación
de servicios de salud, entidades que tendrán prelación
al seleccionar interventores.
Redes, formar especialistas en IPS
y exención tributaria
El proyecto 024 incluye 3 artículos sin aparente
relación directa con la financiación del sistema,
pero con impacto en diferentes esferas. El artículo 19
ordena aplicar buenas prácticas administrativas y financieras
en IPS y EPS, para lo cual el Ministerio de Salud desarrollaría
parámetros de evaluación; en su implementación
se incluye la integración gradual en redes de servicios
y la adopción de sistemas de contratación más
eficientes y transparentes, preferiblemente a través
de esas redes, lo cual sería un estímulo para
conformar las casi olvidadas Redes Integradas de Servicios de
Salud (RISS). |
Se busca sanear las finanzas
del sistema
de salud y mejorar los mecanismos de flujo de recursos,
reconociendo la gravedad de la deuda de las EPS
con los prestadores; para ello 'raspa la olla'
de diversas fuentes de financiación, determina
algunas nuevas, amplía el giro directo de recursos
e intenta fortalecer a Supersalud.
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El artículo 20 revive la posibilidad de que IPS acreditadas
formen especialistas a través de convenios directos
con universidades públicas y privadas, diferentes a
los cupos de convocatoria de la respectiva universidad, aunque
se deja la responsabilidad académica a la universidad.
Asimismo permite que facultades de medicina acreditadas tengan
libertad para definir y ofrecer cupos de especialistas, y
el gobierno podrá crear un instrumento de compensación
que permita financiar o co-financiar costos de especialización
con el compromiso del beneficiario de retribuir a la sociedad
con la prestación de sus servicios en las zonas de
asentamientos de mayor pobreza, aunque no lo hace obligatorio.
Y el artículo 21 propone un estímulo a la prestación
de servicios que no afecte recursos del sistema: autoriza
a IPS contribuyentes del impuesto de renta y complementario,
excluir de sus ingresos gravables las sumas de servicios prestados
a ciudadanos nacionales o extranjeros que no tengan como fuente
de financiación recursos del SGSSS.
Prioriza finanzas sobre salud y amnistía
para EPS
A pesar de ser muy reciente la radicación del
proyecto, ya genera dudas importantes. La primera y de más
fondo, es que el objeto de inyectar más recursos al
sistema, si bien reconoce la crisis de los prestadores a los
que pretende solucionar un tema de caja, continua en la línea
de mantener la salud como un asunto comercial. El país
invierte más de $49 billones al año en salud
(según cifras de Gilberto Barón): la gran pregunta
antes de pensar si ese dinero es insuficiente, sería
mirar cómo y dónde se utiliza y qué tan
eficiente es su aplicación en salud, o si lo que requiere
el país es repensar el sistema en busca de un modelo
más costo-eficiente, no solo financieramente sino y
ante todo en resultados en salud. De lo contrario el proyecto
tendría solo un efecto paliativo a la actual crisis
y en pocos meses estaremos enfrentados a nuevas reformas.
El otro aspecto que genera mucha inquietud, es hasta qué
punto estamos ante un intento de amnistía para las
EPS que incumplen todas sus obligaciones, principalmente las
contractuales, propiciando una crisis económica al
sistema; si bien los potenciales recursos que se girarían
a prestadores públicos y privados pueden aliviar su
situación, la pregunta es: ¿Qué pasa
con las EPS a las cuales se les solucionaría el problema
de su deuda con los prestadores? Es preocupante pensar que
estamos ante una amnistía soterrada, ya que el proyecto
de ley no señala que las EPS respondan ante el Estado
ni ante Fosyga por unas deudas que parecen condonadas. Y luego
del salvamento, ¿qué? ¿Continuarán
operando para que en pocos años cuando la situación
sea similar, una nueva ley las vuelva a salvar? Son asuntos
de fondo irresueltos, aunque es evidente que los recursos
aliviarían temporalmente la situación angustiosa
de los hospitales.
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