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Ley 1438: otro
eslabón en
un sistema de salud en obra
Olga
Lucia Muñoz López - Periodista elpulso@elhospital.org.co
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Para el doctor Juan
Carlos Giraldo Valencia, director de la Asociación Colombiana
de Hospitales y Clínicas (ACHC), desde el punto
de vista histórico, la Ley 1438 es una escaramuza más
de una serie de acontecimientos que se presentan desde hace
mucho tiempo y que llevan a una conclusión: nuestro sistema
de salud ha estado en obra normativa por lo menos en los últimos
8 años.
El directivo gremial recordó como la Ley 1122/07 demandó
un debate grandísimo que empezó el 2 de diciembre
de 2003, a raíz de un debate en el Senado de la República
motivado por la alta cartera hospitalaria, enfermedad crónica
del sistema de salud colombiano: Allí se conformó
la Comisión Accidental y luego se presentaron cerca de
30 proyectos de ley, que al final desembocaron en la Ley 1122
después de muchísimos años de debate. La
Ley 1122 fue sólo un intento de reforma del sistema.
Luego la Corte Constitucional desesperada con el incumplimiento
crónico de las disposiciones en el sistema, expide la
Sentencia T-760/08, sumatoria de 22 actos de tutela en los que
extractó tipologías de tutela, para decirle
al sistema que estaban hartos de fallar reiteradamente sobre
los mismos temas, las mismas casuísticas y los mismos
infractores. Y da órdenes con responsables y cronogramas
estrictos, con miras a que se garantice el reconocimiento del
derecho a la salud a la población, en los términos
consagrados en el sistema, señala el doctor Giraldo.
Continuó: Luego el Ejecutivo, observando el crecimiento
desmedido de los recobros y de la casuística No-POS,
y la pérdida de capacidad de la reserva financiera de
la Subcuenta de Compensación del Fosyga, declara la emergencia
social -luego fallida-, con resultados muy malos para el gobierno,
pero que dejó como rédito importante, el que el
sistema de salud fuera nuevamente parte central del debate social
de este país.
Es decir, explica el directivo de la ACHC, para enfrentar la
problemática intervino el poder legislativo a través
de la Ley 1122, luego el poder judicial a través de la
Sentencia T-760 y finalmente el Ejecutivo con la emergencia
social, sin lograr los resultados esperados: Los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial han estado preocupados por
la disfunción del sistema de salud, entonces no podemos
decir que la Ley 1438 sea un acontecimiento feliz: es el último
eslabón de una cadena de acontecimientos que nos muestran
que volvemos al Congreso de la República con una concepción
muy colombiana y muy mágica, pensando que la mayoría
de los problemas se resuelven con leyes nuevas. Si no replanteamos
ese predicamento, nos vamos a llevar nuevamente una gran frustración.
Aquí hay una responsabilidad grande, los tres poderes
han intervenido, pero el que tiene la competencia básica
para intervenir en el sistema es el Ejecutivo, el gobierno que
a lo largo de muchos años vio llegar muchas de las grandes
problemáticas del sistema, tiene la casuística
sobre la mano, y debió intervenir a través de
la regulación o de la vigilancia y control, pero no hizo
las cosas a tiempo y por tanto esta tendencia continuó
inalterada a lo largo del tiempo. Si sabemos la casuística
y las causalidades, también sabemos que hay responsabilidades.
Esto es importante a la hora de implementar esta legislación
nueva. |
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