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Fortalecimiento y
reestructuración de Supersalud
Olga
Lucia Muñoz López - Periodista elpulso@elhospital.org.co
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El superintendente
nacional de salud, Conrado Gómez, considera que la Ley
1438 sí introdujo una reforma estructural de fondo en
Inspección, Vigilancia y Control (IVC):
1. Por cuanto le dará presencia nacional a la Supersalud
través de la desconcentración y la delegación
de funciones y de la facultad sancionatoria a nivel departamental
o distrital.
2. Porque incrementó los recursos para la Superintendencia:
el 0,4% de recursos de municipios y distritos de interventoría
del régimen subsidiado irán a Supersalud para
ejercer IVC en entes territoriales. Recursos del subsidiado
de municipios y distritos destinados a Supersalud aumentarán
del 0,2% al 0,4% y se descontarán del Sistema General
de Participaciones (SGP) de subsidios a la demanda o de la Subcuenta
de Solidaridad del Fosyga. Y las multas impuestas por Supersalud
se apropiarán en el Presupuesto General de la Nacional
como recursos de la Súper.
3. Porque le dio competencia para vigilar a la Comisión
de Regulación en Salud CRES, prestaciones económicas,
planes de salud de riesgos profesionales, planes de prevención
del Soat. Los actores del sistema le presentarán estados
financieros del grupo económico, incluyendo todas las
entidades subordinadas que reciban recursos del SGSSS.
4. Porque le da herramientas muy fuertes a Supersalud para desarrollar
su función jurisdiccional: le amplía competencia
en casos de prestaciones excluidas del Plan de Beneficios no
pertinentes para atender condiciones particulares del individuo,
conflictos derivados de devoluciones o glosas a facturas entre
entidades del SGSSS, y reconocimiento y pago de prestaciones
económicas por EPS o empleador.
5. Porque en la función de conciliación amplió
la competencia de Supersalud para actuar en conflictos entre
Fosyga, EPS, IPS, aseguradoras del Soat y entes territoriales.
El superintendente señala que se necesitará mínimo
un año para hacer los cambios que estipula la Ley 1438
en la estructura de Supersalud, en su planta de personal, en
la reglamentación, en presupuesto (este año funcionará
con el presupuesto aprobado el año pasado con la estructura
anterior y en 2012 incorporará los nuevos recursos asignados).
Asimismo, a petición de la Supersalud, el Congreso de
la República aprobó en la Ley 1438 el traslado
del control a pago de aportes a la seguridad social de los empleadores
y otras personas obligadas a cotizar, a la Unidad Administrativa
de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de
la Protección Social (UGPP). De esta forma, se reduce
el número de vigilados de Supersalud de 2'162.000 a 162.000,
porque 2'000.000 de vigilados eran empresas aportantes a seguridad
social y que ahora serán vigilados por la UGPP (que cruzará
información con la Dian y otras entidades, para mejorar
el control). |
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