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La reforma expropia
recursos
a los municipios: Fedesalud
Hernando
Guzmán PaniaguaPeriodista elpulso@elhospital.org.co
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Además
de quitarle a los municipios la totalidad de los recursos de
salud, el proyecto de Ley Ordinaria 01/10 les expropia un 1.5%
del 11,6% de sus participaciones de propósito general,
únicas sobre las que pueden decidir cómo asignar
frente a mil necesidades de sus comunidades, aseveró
el presidente de la Fundación para la Investigación
y el Desarrollo de la Salud y la Seguridad Social (Fedesalud),
Félix Martínez.
Indicó que el proyecto modifica el esquema de financiación
del régimen contributivo y del subsidiado e introduce
un mecanismo para distribuir los recursos entre ambos regímenes
según las necesidades de financiación. Además,
en la medida en que se simplifique la estructura financiera
del sistema, reducirían las distorsiones del mercado
laboral por los impuestos a la nómina. En efecto, las
contribuciones solidarias a salud y pensiones junto con las
cargas parafiscales se perciben como impuestos puros por los
individuos y las empresas, en la medida en que no se traducen
en beneficios directo para ellos. Así, el cambio en el
uso de estos recursos tendría mayor impacto teniendo
en cuenta que, según cálculos econométricos,
una baja del 1% en impuestos puros incrementaría la formalidad
de 0.9% al aumentar el empleo asalariado relativo a la cuenta
propia (informal) y por esta vía incrementar los cotizantes
del sistema. Es difícil creer que, sin reducir lo mínimo
la cotización, solo cuando patronos y trabajadores sepan
que el punto y medio destinado al régimen subsidiado
quedará para financiar el contributivo y evitar el desangre
del Fosyga, correrán a formalizar los empleos. La solidaridad
vertical entre los dos regímenes es definida en el proyecto
de ley como un impuesto puro que debe desaparecer, pues 'distorsiona
el mercado laboral'. Suponemos que el siguiente paso, en esta
perspectiva, será suprimir la solidaridad entre quienes
tienen más ingresos y quienes tienen menos en el contributivo,
reduciendo los aportes y dejando sólo un Plan Básico,
y lo que pase de allí lo financiará cada quien
con sus recursos, como se propuso en la emergencia social.
Anotó Martínez: La Ley 1393 da a la re-centralización
el absurdo nombre de 'giro sin situación de fondos',
curiosa figura del lenguaje que contradice el mismo principio
de un giro: la situación de fondos. Son simples asignaciones
presupuestales sin entregar los recursos, simple y llano centralismo,
que contradice el principio de la Constitución de 1991.
En los años del centralismo, previos a las reformas constitucionales
que consagraron la descentralización (1986 y 1991), el
gobierno no sólo definía presupuestos específicos
para los territorios, sino que los giraba efectivamente, lo
que ahora no hará. Si el gobierno central escoge las
EPS en cada región, administra los recursos y no permite
que el municipio decida sobre ningún asunto, ¿para
qué hacen firmar contratos a los alcaldes? ¿Acaso
para que después respondan por los pésimos servicios
de la mayoría de estas entidades, que se dedican apenas
a transferir el riesgo a las IPS, sin realizar ninguna gestión,
ni garantizar calidad alguna? ¿O para que respondan por
los muy conocidos robos y desfalcos de algunas de ellas, con
participación de políticos e incluso de grupos
armados?
Y concluye: Por último, el proyecto parece proponer
que los municipios se van a encargar de la Atención Primaria
con el 60% de los recursos propios de salud pública,
como dice la ley, mientras las EPS del subsidiado seguirán
recibiendo los recursos para el aseguramiento en el primer nivel
de atención (que incluye la mayoría de las atenciones
de la estrategia de Atención primaria), pero sin necesidad
de prestar dichos servicios. (Ver completo análisis económico
de este proyecto por el mismo autor, en la página 16). |
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