MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 12    No. 147  DICIEMBRE DEL AÑO 2010    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Corresponsabilidad: espada de
Damocles disfrazada de sofisma

Juan Carlos Arboleda Z. - Periodista elpulso@elhospital.org.co

Tanto el proyecto de ley estatutaria como el de ley ordinaria, pretenden introducir al sistema de salud el concepto de la corresponsabilidad, entendida como el deber de cada persona en su auto-cuidado. Hasta ahí, la idea es aparentemente loable e irrebatible: ¿quién puede disentir de que es importante ser cuidadoso con la salud? El problema subyace en las implicaciones de que una recomendación sobre hábitos saludables se vuelva ley, porque abre la gran compuerta para todas las negaciones de servicio que puedan imaginarse, además de generar una nueva opción de negocio: en otras palabras, la corresponsabilidad puede ser el paraíso de las aseguradoras.
Carlos Mario Ramírez afirma que el gobierno es consciente que nadie reconocerá que fue por problemas en el cuidado personal que se enfermó, y por eso el objetivo de incluir el tema en la ley sería: “Generar incentivos hacia el auto-cuidado, y que cuando haya evidencias muy claras, quien tenga capacidad pague, sin llegar a que cuando se haga la evaluación de un infartado se le diga: esto es resultado de malas prácticas de cuidado”.
Pero como en Colombia son diferentes las intenciones de las leyes a su aplicación, la verdadera intención de introducir el auto-cuidado desde el ordenamiento jurídico, y no dejarlo como un acto de responsabilidad individual basado en buena educación en hábitos de vida saludables, se evidencia en palabras del congresista Juan Valdés: “La promoción y prevención hay que asumirla en dos direcciones: una con incentivos para que existan políticas públicas más coherentes y que cada EPS no actúe sólo en lo que considere pertinente; y en el auto-cuidado y auto-regulación: que existan penalidades para aquellas personas que por consumir cigarrillo, alcohol u otras prácticas de vida no saludable van deteriorando su calidad física y contraen enfermedades afectando a la sociedad”, razonamiento con tinte de eugenesia hitleriana y donde en esencia se busca crear incentivos negativos, que no parten de enseñar prácticas adecuadas sino de castigar.
La analista Claudia Marcela Vélez, afirma que esta propuesta responde al 'Plan B' de la emergencia social, que consistía en convencer a los colombianos que los culpables del deterioro de la salud son las mismas personas, desconociendo que el ambiente tiene relación con la salud o que las políticas de Estado también son determinantes de la misma: “En ese orden de ideas, ¿cabría un parágrafo para que cuando la responsabilidad sea del Estado (problemas digestivos por mala calidad del agua, por ejemplo), éste sea penalizado? El mensaje es: si uno se enferma es porque no se cuidó, y entonces le toca pagar. Esto merece un análisis muy profundo que no se ha dado; la emergencia social dejaba en el ambiente que los culpables de la crisis eran los pacientes crónicos, los terminales, los de enfermedades catastróficas, y por eso pretendía utilizar cesantías y patrimonio personal para cubrir esos costos, evadiendo en el discurso las fallas del sistema para proveer servicios y evitar que las personas se enfermen. Las aseguradoras, en su necesidad de reducir costos, tomarán este tema para negar servicios, dilatar atenciones y poner todas las cortapisas posibles para la prestación. Este argumento es completamente lesivo y retardatario, no tiene en consideración ningún avance de la salud pública -no en décadas sino en siglos- y apunta a un deterioro mayor del sistema de salud”.
El ex congresista Germán Reyes señala que el tema del auto-cuidado tiene una utilización adicional, ya que al decirle a las personas que se pueden enfermar a sabiendas de que algo les hacía daño, una dieta mal realizada por ejemplo, y se le endilga el pago por la corresponsabilidad, lo más probable es que se creen pólizas adicionales de salud, para cubrir esas eventualidades: “Ya no solo bastaría la cotización para tener el derecho, sino que se necesitaría comprar otra póliza; es la base para que las EPS no solo nieguen servicios sino que vendan nuevas pólizas, las EPS negarán atenciones aduciendo que el paciente tenía información y no permitirán que se cargue ese costo a la UPC; así podrán ofrecer pólizas adicionales que incluso pueden vender por patologías, una para los riesgos de la obesidad, otra para hipertensos, etc., abriendo un abanico de posibilidades al negocio de la salud”. El panorama descrito por el doctor Reyes no está muy alejado de la realidad: el artículo 31 del proyecto señala los parámetros para presunción de capacidad de pago (tener un bien inmueble es uno), el capitulo IV reforma la estructura de los planes voluntarios de salud: “Los Planes Voluntarios de Salud podrán incluir coberturas asistenciales o económicas relacionadas con los servicios de salud, serán contratados voluntariamente y financiados en su totalidad por el afiliado…”. Y dentro de las opciones ofrece: “Planes de atención complementaria del Plan Obligatorio de Salud emitidos por las EPS”, dejando lista la fórmula del pastel: Paso 1: Usted no fue responsable con su auto-cuidado, y por eso se enfermó; Paso 2: Usted tiene capacidad de pago porque posee un bien inmueble; Paso 3: le ofrecemos este plan complementario por la pequeña suma de…
 
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