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Corresponsabilidad:
espada de
Damocles disfrazada de sofisma
Juan
Carlos Arboleda Z. - Periodista elpulso@elhospital.org.co
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Tanto
el proyecto de ley estatutaria como el de ley ordinaria, pretenden
introducir al sistema de salud el concepto de la corresponsabilidad,
entendida como el deber de cada persona en su auto-cuidado.
Hasta ahí, la idea es aparentemente loable e irrebatible:
¿quién puede disentir de que es importante ser
cuidadoso con la salud? El problema subyace en las implicaciones
de que una recomendación sobre hábitos saludables
se vuelva ley, porque abre la gran compuerta para todas las
negaciones de servicio que puedan imaginarse, además
de generar una nueva opción de negocio: en otras palabras,
la corresponsabilidad puede ser el paraíso de las aseguradoras.
Carlos Mario Ramírez afirma que el gobierno es consciente
que nadie reconocerá que fue por problemas en el cuidado
personal que se enfermó, y por eso el objetivo de incluir
el tema en la ley sería: Generar incentivos hacia
el auto-cuidado, y que cuando haya evidencias muy claras, quien
tenga capacidad pague, sin llegar a que cuando se haga la evaluación
de un infartado se le diga: esto es resultado de malas prácticas
de cuidado.
Pero como en Colombia son diferentes las intenciones de las
leyes a su aplicación, la verdadera intención
de introducir el auto-cuidado desde el ordenamiento jurídico,
y no dejarlo como un acto de responsabilidad individual basado
en buena educación en hábitos de vida saludables,
se evidencia en palabras del congresista Juan Valdés:
La promoción y prevención hay que asumirla
en dos direcciones: una con incentivos para que existan políticas
públicas más coherentes y que cada EPS no actúe
sólo en lo que considere pertinente; y en el auto-cuidado
y auto-regulación: que existan penalidades para aquellas
personas que por consumir cigarrillo, alcohol u otras prácticas
de vida no saludable van deteriorando su calidad física
y contraen enfermedades afectando a la sociedad, razonamiento
con tinte de eugenesia hitleriana y donde en esencia se busca
crear incentivos negativos, que no parten de enseñar
prácticas adecuadas sino de castigar.
La analista Claudia Marcela Vélez, afirma que esta propuesta
responde al 'Plan B' de la emergencia social, que consistía
en convencer a los colombianos que los culpables del deterioro
de la salud son las mismas personas, desconociendo que el ambiente
tiene relación con la salud o que las políticas
de Estado también son determinantes de la misma: En
ese orden de ideas, ¿cabría un parágrafo
para que cuando la responsabilidad sea del Estado (problemas
digestivos por mala calidad del agua, por ejemplo), éste
sea penalizado? El mensaje es: si uno se enferma es porque no
se cuidó, y entonces le toca pagar. Esto merece un análisis
muy profundo que no se ha dado; la emergencia social dejaba
en el ambiente que los culpables de la crisis eran los pacientes
crónicos, los terminales, los de enfermedades catastróficas,
y por eso pretendía utilizar cesantías y patrimonio
personal para cubrir esos costos, evadiendo en el discurso las
fallas del sistema para proveer servicios y evitar que las personas
se enfermen. Las aseguradoras, en su necesidad de reducir costos,
tomarán este tema para negar servicios, dilatar atenciones
y poner todas las cortapisas posibles para la prestación.
Este argumento es completamente lesivo y retardatario, no tiene
en consideración ningún avance de la salud pública
-no en décadas sino en siglos- y apunta a un deterioro
mayor del sistema de salud.
El ex congresista Germán Reyes señala que el tema
del auto-cuidado tiene una utilización adicional, ya
que al decirle a las personas que se pueden enfermar a sabiendas
de que algo les hacía daño, una dieta mal realizada
por ejemplo, y se le endilga el pago por la corresponsabilidad,
lo más probable es que se creen pólizas adicionales
de salud, para cubrir esas eventualidades: Ya no solo
bastaría la cotización para tener el derecho,
sino que se necesitaría comprar otra póliza; es
la base para que las EPS no solo nieguen servicios sino que
vendan nuevas pólizas, las EPS negarán atenciones
aduciendo que el paciente tenía información y
no permitirán que se cargue ese costo a la UPC; así
podrán ofrecer pólizas adicionales que incluso
pueden vender por patologías, una para los riesgos de
la obesidad, otra para hipertensos, etc., abriendo un abanico
de posibilidades al negocio de la salud. El panorama descrito
por el doctor Reyes no está muy alejado de la realidad:
el artículo 31 del proyecto señala los parámetros
para presunción de capacidad de pago (tener un bien inmueble
es uno), el capitulo IV reforma la estructura de los planes
voluntarios de salud: Los Planes Voluntarios de Salud
podrán incluir coberturas asistenciales o económicas
relacionadas con los servicios de salud, serán contratados
voluntariamente y financiados en su totalidad por el afiliado
.
Y dentro de las opciones ofrece: Planes de atención
complementaria del Plan Obligatorio de Salud emitidos por las
EPS, dejando lista la fórmula del pastel: Paso
1: Usted no fue responsable con su auto-cuidado, y por eso se
enfermó; Paso 2: Usted tiene capacidad de pago porque
posee un bien inmueble; Paso 3: le ofrecemos este plan complementario
por la pequeña suma de
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